MENÚ
MALDITA EXPLICA

¿Puede el Gobierno destituir al presidente de una federación deportiva?

Publicado
Actualizado
Claves
 
  • El Consejo Superior de Deportes, dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, puede inhabilitar a una persona por cometer infracciones *
  • Las federaciones deportivas puede cesar a su presidente con los votos de dos tercios de la Asamblea General de la entidad
  • El Consejo Superior de Deportes inhabilitó cautelarmente al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol Ángel María Villar en 2017 por su detención en la Operación Soule
 
Comparte

Tras la polémica suscitada en la celebración del Mundial Femenino de Fútbol, en la que Luis Rubiales, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), dio un beso a la jugadora Jenni Hermoso, existe la duda de si el Gobierno puede destituir al presidente de una federación deportivaEl Consejo Superior de Deportes (CSD), dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, puede instar la apertura de un expediente sancionador que podría desembocar en la inhabilitación para ejercer cargos en instituciones deportivas si se han cometido infracciones recogidas en la ley del deporte. Además, también podría suspender de manera cautelar a esa persona mientras se resuelve el expediente. *

El procedimiento para sancionar a un presidente federativo según la ley del deporte

Las federaciones deportivas son entidades privadas de naturaleza asociativa y su funcionamiento está regulado por la ley del deporte, que las reconoce como entidades de utilidad pública. Deben estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del CSD, órgano ante quien rinde cuentas, y su autorización para estar inscritas en el registro puede ser revocada.

Si una persona o una entidad comete una infracción, existe un procedimiento administrativo sancionador regulado en la ley del deporte. Este procedimiento se realiza a través de dos entidades dependientes del Ministerio de Cultura y Deporte: el CSD y el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). El procedimiento se inicia por denuncia o por actuación de oficio del CSD.

Este órgano decide si da traslado de la denuncia al TAD, que se encarga de la investigación y sanción de las infracciones. Si el TAD abre un expediente sancionador, de manera cautelar la Comisión Directiva del CSD puede suspender a una persona para ocupar cargos en entidades deportivas, como el presidente de una federación deportiva.

En caso de que el TAD determine, tras abrir el expediente, que la persona ha cometido una infracción, las consecuencias varían dependiendo del nivel. Si la infracción es muy grave, el tribunal puede sancionar a la persona con una multa de entre 3.000 a 30.000 euros y la inhabilitación de 2 a 15 años para ocupar cargos en la entidad deportiva, entre otras sanciones. Si es grave, puede sancionar con una multa entre 600 y 3.000 euros y la inhabilitación entre un mes y 2 años para ocupar cargos, entre otros. Si es leve, multa de hasta 600 euros e inhabilitación (en este último caso la ley no especifica el tiempo). *

A 22 de agosto, el director del Centro Nacional de Formación de Entrenadores de Fútbol (Cenafe), Miguel Galán, ha presentado una denuncia ante el CSD contra Luis Rubiales por ser un “acto sexista intolerable” e incumplir la ley del deporte y el protocolo de actuación frente a la violencia sexual de la RFEF. La formación política Sumar también ha presentado una denuncia ante el CSD contra Luis Rubiales por realizar una “actuación que pueda ser considerada discriminación, abuso o acoso sexual”. *

El antecedente de Ángel María Villar en 2017

Aunque la suspensión de un presidente federativo es una medida extraordinaria, hay antecedentes. Y en concreto con la RFEF: el anterior presidente, Ángel María Villar, fue suspendido de su cargo en julio de 2017 tras ser detenido e imputado en la Operación Soule.

Villar fue detenido e imputado por el supuesto de delitos de corrupción entre particulares, falsedad, administración desleal, apropiación indebida y posible alzamiento de bienes. Entró en prisión provisional el 21 de julio de 2017. Ese mismo día, la presidencia del CSD requirió al TAD para que incoara expediente disciplinario por una infracción muy grave contemplada por la ley del deporte en vigor en aquel momento. El 24 de julio de 2017 el TAD decidió abrir expediente sancionador contra Ángel María Villar y un día después la Comisión Directiva del CSD lo suspendió cautelarmente por un año.

Moción de censura contra el presidente de la RFEF

La RFEF sólo puede cesar al presidente mediante una votación de censura. Para ello, debe presentarla un tercio de los miembros de la Asamblea General de la federación y ser aprobado por la mayoría cualificada de dos tercios de la Asamblea General (artículo 24 de los estatutos de la RFEF). La Asamblea General está compuesta por los presidentes de las federaciones autonómicas y de la RFEF, y por representantes electos de los clubes, futbolistas, árbitros y entrenadores.

*Modificado el 23 de agosto para corregir una primera versión en la que decíamos que sólo se inhabilitaba por falta muy grave, y para incluir la noticia de la denuncia de Sumar contra Luis Rubiales


Primera fecha de publicación de este artículo: 22/08/2023

Hazte maldito, Hazte maldita
Te necesitamos para combatir los bulos y la mentira: sólo juntos podemos pararla. En Maldita.es queremos darte herramientas para protegerte contra la desinformación, pero sólo con tu apoyo será posible.

Eres muy importante en esta batalla para que no nos la cuelen. Seguro que tienes conocimientos útiles para nuestra batalla contra los bulos. ¿Tienes conocimientos de idiomas? ¿Lo tuyo es la historia? ¿Sabes mucho sobre leyes? ¡Préstanos tu Superpoder y acabemos juntos con los bulos!

También puedes apoyarnos económicamente. Maldita.es una entidad sin ánimo de lucro y que sea sostenible e independiente, libre de publicidad y con profesionales bien remunerados dedicados a luchar, contigo, contra la desinformación depende de tu ayuda. Cada aportación cuenta, cualquier cantidad es importante.