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La orden del Gobierno andaluz sobre conciertos sanitarios que incluye la atención primaria: preguntas y respuestas

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Claves
  • El Gobierno Andaluz ha publicado una orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJ) por la que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) puede pagar a las empresas sanitarias privadas por realizar consultas de Atención Primaria y por operar en hospitales públicos
  • La Junta cambió la orden después para indicar que lo hará “sólo” en aquellas situaciones en las que la “accesibilidad sea insuficiente” o en “situaciones de emergencias sanitarias". La consulta de atención primaria le costará a la Junta 65 euros, mientras que la primera cita con un especialista 150 euros
  • La Consejería de Sanidad andaluza ha negado en un comunicado que esta orden suponga una privatización de los servicios sanitarios

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La Junta de Andalucía ha publicado una orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) por la que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) podrá pagar a las empresas sanitarias privadas que tengan un concierto con la Consejería de Sanidad por realizar consultas en Atención Primaria y, también, por efectuar operaciones en hospitales públicos. Según una “corrección de errores” publicada en el BOJA el 9 de marzo, el Gobierno acota esta colaboración con la privada en picos de demanda o “emergencias”.

El texto de la primera orden del Gobierno andaluz, que lidera el popular Juan Manuel Moreno Bonilla, y el de la rectificación de una semana después pretenden “actualizar y homogeneizar” los precios que el SAS paga a la sanidad privada por las operaciones, pruebas de diagnóstico y pacientes derivados de centros públicos de Andalucía.

¿Qué dice la orden?

Según el propio texto, se trata de una orden "por la que se actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios”. Esta norma habilita jurídicamente que los médicos de clínicas privadas atiendan a pacientes dentro de hospitales públicos y puedan realizar pruebas y operaciones concertadas por la propia Junta de Andalucía. Además, la atención primaria se incluye, por primera vez, entre los servicios derivados a la sanidad privada para los que se han establecido diferentes tarifas.

El texto recoge un listado de precios para procedimientos quirúrgicos, pruebas diagnósticas, estancias por días en hospitales, en UCI, centros de salud mental, radioterapia y, también, de consultas de atención primaria.

La Junta ha publicado una “corrección de errores” en el BOJA en la que se especifica que esta “colaboración” con la privada se dará sólo “en aquellas situaciones en que la cobertura prestacional relacionada con las garantías establecidas en materia de accesibilidad sea insuficiente en periodos coyunturales de mayor demanda o en situaciones de emergencias sanitarias”. Dice la Junta, además, que “salvaguardará en todo caso la naturaleza pública de la cobertura, tanto en atención primaria como en hospitalaria”. **

Actualización de la orden publicada en el BOJA el 9 de marzo. 

¿Qué diferencias hay entre la orden anterior y la del Gobierno de Moreno Bonilla?

El texto impulsado por el Gobierno de Juan Manuel Moreno Bonilla modifica las tarifas aprobadas por el PSOE en 1998 en la orden anterior, derogada en 2021. La diferencia entre ambas reside en que la norma que ha aprobado el PP abre la puerta por primera vez a que los conciertos se lleven a cabo en la atención primaria. Desde la Consejería de Salud han señalado a El País que la inclusión de la primaria no es una novedad, ya que la orden anterior recogía el término “atención general” y no el de “atención primaria”. No obstante, en el texto de 1998 no encontramos ese servicio, solo el de “primera consulta y consultas sucesivas”.

Orden aprobada por la Consejería de Salud andaluza en 1998. 

El Gobierno andaluz ya contaba con un régimen de precios para tarifar estas operaciones, pero se aplicaba para las actuaciones médicas derivadas y realizadas dentro de hospitales y clínicas privadas. Con esta norma, los médicos de la privada podrán trabajar en instalaciones públicas, tal y como se recoge en la disposición adicional segunda (p. 7).

¿Qué tarifas establece el texto?

La norma busca establecer una “tarifa máxima homogénea” para los diferentes servicios que la administración contrate con las empresas. Esto, dicen desde la Junta, implicará “una mayor eficiencia en el Sistema Sanitario Público de Andalucía”.

El artículo 3 del texto recoge los servicios sanitarios objeto de contratación. Según aparece en el anexo de tarifas, Salud prevé pagar la consulta médica de Atención Primaria a 65 euros. La “primera consulta” a un especialista se pagará a 150 euros y las consultas sucesivas, a 90 euros, mientras que las consultas de alta resolución se pagarán a 210 euros.

Precio de las consultas según la norma publicada en el BOJ. 

Estas tarifas máximas, dice la norma, se corresponden con las consultas que se realicen en las instalaciones de las empresas adjudicatarias. Si, por el contrario, se realizan en hospitales públicos “la tarifa máxima se verá reducida al 35%”.

Entre otras tarifas también se recogen los importes para las estancias médicas (215 euros si el paciente está ingresado de 1 a 7 días), 750 euros por día de estancia en la UCI o 130 euros por estancias en el departamento de salud mental para crónicos.

Precio de las estancias según la norma publicada en el BOJ. 

*Este artículo se actualizó el día 2 de marzo de 2023 tras la publicación de la norma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 

** Este artículo se actualizó el día 9 de marzo de 2023 tras la actualización de la orden publicada en el BOJA ese mismo día.


Primera fecha de publicación de este artículo: 15/02/2023

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