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Qué son y cómo se registran los delitos de odio: aumentan las denuncias, aunque según una encuesta de Interior la mayoría no llegan a presentarse

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Hay un tipo específico de delitos que son los cometidos contra una persona cuando el agresor percibe que esta puede pertenecer a un determinado grupo social, como las personas con discapacidad o el colectivo LGTBI. Son los delitos de odio y tienen especial relevancia dentro de la sociedad porque dirigen su rechazo no solo a la víctima sino a todo ese grupo. Te explicamos cómo registran las autoridades españolas este tipo de delitos y cómo han evolucionado desde que hay datos disponibles.

¿Qué es un delito de odio?

Los delitos de odio son aquellos en los que una persona o una propiedad es atacada por su “real o percibida conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo” cuyos miembros comparten una condición, como “su raza, real o percibida, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, la edad, la discapacidad, la orientación sexual u otro factor similar”. Es la definición aportada por la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) y la que tienen en cuenta las autoridades españolas.

Aparte de delitos, pueden producirse infracciones administrativas por causa de odio, la mayoría de las cuales son propuestas de sanción recogidas en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte y la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

Para que una acción se considere delito o infracción por odio “debe confirmarse una motivación discriminatoria” hacia un grupo social, explican desde el Ministerio del Interior a Maldita.es. Por otro lado, la conexión de la víctima con este grupo puede ser “real o percibida”. Por ejemplo, existe delito si una persona amenaza o agrede a otra porque considera que es extranjera aunque no lo sea.

Las acciones de odio conllevan sanciones o penas más estrictas porque buscan “no solo dañar a la víctima, sino también transmitir un mensaje de rechazo y amenaza a los individuos que forman parte del mismo grupo o colectivo que la víctima”, explica el Ministerio del Interior en el Informe sobre la evolución de los delitos de odio de 2020.

El 89% de las personas que se consideran víctimas de un delito de odio no lo denuncian, según una encuesta de Interior

Según una encuesta realizada por el Ministerio del Interior entre el 18 de diciembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021, de las 437 personas que declararon haber sido víctimas de un delito de odio en los últimos cinco años el 89% no denunciaron los hechos. 

Creer que la autoridad policial no tomaría en serio la denuncia es una de las respuestas más comunes entre estas víctimas (un 37,95%), además de la desconfianza en estas instituciones (24,62%) o por pensar que no habrían entendido la situación (22,56%). También está presente el miedo a represalias por parte del autor de los hechos (20%) y el desconocimiento de que la agresión podía suponer un delito (20%) (se trata de una pregunta multirrespuesta, por lo que los porcentajes suman más de 100). 

¿Cómo leer los datos oficiales sobre delitos e infracciones de odio?

En España, los posibles delitos e infracciones administrativas por odio son registrados por la Policía Nacional, la Guardia Civil y las policías autonómicas y locales en el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC), donde se pueden consultar las cifras desde 2014 hasta 2020. Además, la Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior publica desde 2013 un informe anual analizando estos datos.

En el SEC se utilizan distintos conceptos para abordar las acciones de odio: los hechos conocidos por causa de delito de odio recogen las denuncias y los casos de odio detectados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Los hechos esclarecidos son aquellos donde se ha detenido al autor in fraganti, se ha identificado al autor o a alguno de ellos o existe una confesión verificada o pruebas sólidas. Desde el Ministerio del Interior aclaran a Maldita.es que cuando se confirma que un posible delito de odio no fue tal, sino que tenía otra motivación o era una denuncia falsa, se excluye de ambas categorías durante la consolidación de los datos. “Cualquier hecho que se demostrara que no tiene dichas motivaciones no se computaría como tal”, recalcan.

Las denuncias relacionadas con la ideología aumentaron en 2017, el año del 1-O

Según el Sistema Estadístico de Criminalidad, las autoridades españolas registraron 1.401 hechos conocidos en 2020. Como se ve, la gran mayoría de estos hechos conocidos tienen relevancia penal (delitos) mientras que las infracciones administrativas suponen una pequeña parte.

Gran parte del aumento en los hechos conocidos que se produce desde 2017 se explica por el incremento de denuncias relacionadas con la ideología que se interpusieron en Cataluña en ese año. Recordemos que en este año se produjeron actos clave para el proceso independentista catalán como la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017. Los hechos conocidos relacionados con la ideología aumentaron un 188% de 2016 a 2017 y un 87% de 2017 a 2018, según los datos del SEC.

No obstante, aunque en 2019 los hechos delictivos conocidos en Cataluña comienzan a volver al volumen habitual, ese mismo año aumentaron en 13 de las 17 comunidades autónomas y en Melilla.

En 2020 hay un claro descenso en los hechos registrados por las autoridades como delitos o infracciones de odio. Este descenso puede estar relacionado con las restricciones a la movilidad y el confinamiento establecidos para frenar la pandemia de COVID-19, según apunta el Ministerio en su último informe. Aun así, hubo ámbitos delictivos que aumentaron mucho durante la pandemia: los dirigidos contra personas con discapacidad crecieron un 69,2% y las discriminaciones por razón de enfermedad un 62,5%, seguidos por los relacionados con el antigitanismo (57,2%) y el sexo o el género (43,5%). 

Racismo y xenofobia, ideología e identidad de género y orientación sexual: los tres ámbitos delictivos más recurrentes

Como ya se aprecia en las cifras de 2019 y 2020, los tres ámbitos delictivos más comunes son los de racismo o xenofobia, ideología y orientación sexual e identidad de género, que suman el 81,6% de los delitos conocidos en 2020. 

El pasado 28 de julio, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska avanzó en rueda de prensa que en el primer semestre de este año, la “Policía Nacional y la Guardia Civil han registrado 610 episodios de delitos de odio”, un 9,3% más que en el mismo periodo de 2019, puesto que “lo adecuado” es comparar con el año anterior a la pandemia. Son datos provisionales y no incluyen las cifras recogidas por las Policías autonómicas de Cataluña y País Vasco. Según indicó Grande-Marlaska, este “incremento continuo” puede ser explicado por la mejora en la recogida de los datos y también “por un incremento de las denuncias presentadas por las víctimas de estos delitos”. 

Según informó en la misma rueda de prensa Javier López Gutiérrez, un responsable de estadística de la Secretaría de Estado de Seguridad, también en los primeros seis meses de 2021 la mayoría de las denuncias estuvieron relacionadas con agresiones por racismo/xenofobia, seguidas de la ideología y de la orientación sexual e identidad de género. Además, desde el Ministerio indican a Maldita.es que la cifra hasta el 31 de julio de 2021 es de 738 incidentes.

Un 84,1% de los investigados y detenidos por delitos de odio son hombres

Para analizar quiénes son las víctimas y los autores de los delitos de odio, de nuevo hay que tener en cuenta la terminología. Para aportar un perfil de las víctimas, el Sistema Estadístico de Criminalidad habla de victimizaciones. Las victimizaciones son el número de hechos denunciados por una persona cuando se considera víctima de un delito de odio y no equivale al número de denuncias ni al número de víctimas. Por ejemplo: si una persona denuncia que ella y su pareja han sido vejados en tres ocasiones por razón de su color de piel, estamos hablando de una denuncia, dos víctimas y tres victimizaciones. 

En cuanto a los autores, un investigado es la persona física o jurídica a quien “se le atribuye la participación” en un delito, pero no se ha restringido su libertad; mientras que a los detenidos se les ha privado de libertad y puesto a disposición judicial porque se les atribuye “la comisión de una infracción penal”.

Un 84,1% de los de las personas investigadas o detenidas como presuntos autores de delitos de odio son hombres, una proporción que se mantiene similar en casi todos los ámbitos delictivos, y también un 80% de los autores tienen nacionalidad española.

Los hechos conocidos por delitos de odio hacia personas LGTBI han aumentado un 65% de 2015 a 2020

Los dirigidos hacia el colectivo LGTBI son uno de los ámbitos delictivos más conocidos. Desde 2015, las autoridades españolas tienen conocimiento de un número creciente de agresiones. El número de hechos conocidos en 2020 era un 65% mayor que los conocidos en 2015.

El drástico descenso de hechos conocidos entre 2014 y 2015 se debe a una cuestión metodológica con las cifras de Andalucía. Según aclara el Ministerio, “en 2014 se registró como delito de odio por orientación sexual/identidad de género cualquier delito que sufría un miembro del colectivo LGTBI por el mero hecho de pertenecer al mismo, no porque hubiera una motivación de odio explícita. A partir de 2015, la mejora de la formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en ese ámbito permitió ajustar más la estadística”.


Primera fecha de publicación de este artículo: 15/09/2021

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