En vista de que la presencia de los loot boxes en algunos videojuegos puede generar malestar psicológico y problemas de adicción, como hemos contado a fondo en Maldita.es, son varios los países que han decidido regularlos. Desde el Ministerio de Consumo en España se trabaja precisamente en una norma que controle lo que llaman “mecanismos aleatorios de recompensa”: “objetos, funcionalidades o procesos” integrados en videojuegos que proporcionan “recompensas o premios virtuales”.
“La mecánica de su funcionamiento comparte, desde un punto de vista conceptual, una identidad clara con la participación en determinados juegos de azar, muy particularmente con la modalidad de juego ‘máquinas de azar’”, señalan en el borrador del anteproyecto de ley por el que se regulan los mecanismos aleatorios de recompensa asociados a productos de software interactivo de ocio (o sea, videojuegos).
Las directrices presentadas hasta ahora forman parte de un borrador para un anteproyecto de ley que ha pasado por varias consultas públicas, la última en junio de 2022. No se espera que la normativa entre en vigor hasta enero de 2024, por lo que de cara al texto final podrían modificarse algunas de las disposiciones recogidas actualmente.
Entre ellas, nos encontramos las siguientes: las loot boxes estarán prohibidas para los menores de edad y las empresas tendrán que asegurarse de ello. ¿Cómo? El ministerio lo deja a elección de las compañías, pero propone el uso de documentación identificativa, como un DNI, e incluso usar reconocimiento facial.
También se tendrá que ofrecer información sobre la probabilidad de que salga un elemento u otro (ya que es la esencia de estos mecanismos) y se tendrá que dar la opción a los usuarios de ‘ponerse un tope’. Es decir, que elijamos cuánto dinero o cuánto tiempo estamos dispuestos a invertir en el uso de loot boxes y que una vez consumido no podamos comprar más.
¿Y por qué regular sólo las loot boxes y no todo tipo de microtransacciones que impliquen un desembolso de dinero? Porque estas cajas de recompensas tienen un componente de aleatoriedad que incitan a los jugadores a comprar más y más, a la espera de que en un golpe de suerte les toque un elemento que nos haga sobresalir en el juego, tal y como explica a Maldita.es el abogado especializado en tecnología y videojuegos Darío López Rincón, miembro de Secuoya Group. Otros mecanismos no. Además, el diseño de estas cajitas tiene eso en cuenta: la regulación que propone Consumo también señala que no se podrá “inducir a error sobre la posibilidad de ser premiados o sugerir que la repetición del juego puede aumentar las posibilidades de obtener un objeto virtual mejor” ni tampoco inducir a una práctica “compulsiva”. En este sentido, tampoco pueden incluir mensajes que apunten a minorías.
También la publicidad y las comunicaciones que se hacen sobre estas cajas de recompensa se mirará con lupa. “Hace mucho hincapié el ministerio en regular las comunicaciones comerciales sobre loot boxes en los mismos términos que ya hizo sobre las relativas a casas de apuestas, pero no es una materia tan efectiva porque en casi ningún caso se anuncian como tal, y mucho menos fuera del propio juego. No necesitan casi ningún tipo de publicidad porque el jugador ya sabe que existen y va a buscarlas”, opina López Rincón.
Una pregunta importante: ¿cómo enterarse de quién está detrás de la pantalla?
Pese a que López Rincón considera que la obligación de acreditar la edad es un acierto debido a su gran impacto, también ve riesgos en algunas de las propuestas que lanza el Ministerio de Consumo en su borrador. Por ejemplo, el uso del reconocimiento facial para controlar quién es la persona tras la pantalla. “Desde el punto de vista de protección de datos tiene una problemática difícil de salvar, tanto por el dato biométrico si no vas por consentimiento explícito, como con la evaluación de impacto al tener que defender que es proporcional, necesario y que no hay vía menos invasiva. Y eso sin contar el componente de los menores sometidos al sistema para no permitirles el acceso”, expone el abogado.
El uso de datos biométricos relacionados con el mundo de los videojuegos lo vimos recientemente con el caso de China, que aprobó una normativa por la cual las empresas desarrolladoras debían garantizar la identidad de los jugadores y el número de horas que empleaban durante el fin de semana. Para ello, se planteó el reconocimiento facial, una práctica que en Europa está mucho más acotada a nivel legal.
Este es el eterno drama de las plataformas digitales y las redes sociales a la hora de encontrar una manera de acreditar la identidad o la edad de sus usuarios, como hemos contado a fondo en Maldita.es. Parece que en este caso, la historia se repite. ¿Sería el DNI suficiente para acreditar este dato? Y en ese caso, ¿en qué formato? ¿Subiendo una foto o sólo con el número? “A esto se suma que el hecho de hacer un sistema para evitar que los menores puedan acceder, implica que se acaba tratando datos de esos menores que no pueden acceder, es decir, que hay que tener más cuidado con el interés superior del menor”, recuerda López Rincón.
“Eliminando el tema de la biometría y refinando el sistema de comprobación documental se podría llegar a un sistema de verificación viable”, señala el especialista.