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MALDITO BULO

Qué sabemos sobre que los alumnos musulmanes puedan faltar a clase en Cataluña durante el Ramadán

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Claves
  • Circulan contenidos que afirman que la Generalitat de Cataluña permite a los alumnos faltar a clase durante el mes de Ramadán
  • El Departamento de Educación de la Generalitat se remite a un acuerdo de 1992 entre la Comisión Islámica y el Estado español que regula que los alumnos musulmanes puedan  faltar a las últimas horas del viernes durante el Ramadán
  • Este acuerdo también recoge que los alumnos musulmanes puedan faltar a clase el día del Eid al-Fitr, fiesta de fin del ayuno

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La Generalitat de Cataluña permite que los alumnos musulmanes se salten las clases por Ramadán” (sic.). Con mensajes como este se está difundiendo que los alumnos musulmanes están exentos de asistir a clase durante el mes de Ramadán. Desde el Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña dicen a Maldita.es que están aplicando el acuerdo de 1992 entre el Estado de España y la Comisión Islámica de España que permite que los alumnos musulmanes falten a clase los viernes durante las horas de rezo y el día del Eid al-Fitr, fiesta de fin del ayuno. 

La Generalitat se remite a un acuerdo estatal de 1992 que recoge que los alumnos musulmanes puedan faltar a las últimas clases de los viernes durante el Ramadán

El Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña dice a Maldita.es que “se han dado directrices a las direcciones de los centros educativos de que deben cumplir con la legislación vigente relativa a las festividades de las comunidades musulmanas”. 

La legislación a la que hacen referencia desde la Generalitat es un Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, vigente desde 1992, que recoge en su artículo 12 que el alumnado musulmán estará exento de asistir a clase y de realizar exámenes los viernes entre las 13.30h y las 16.30h durante el mes de Ramadán, momento de rezo colectivo. También podrán faltar los días de las festividades más importantes para las comunidades islámicas, entre las que se encuentra el Eid al-Fitr, fiesta del fin de Ramadán. La Comisión Islámica de España  añade que, durante el resto del mes, el alumnado deberá cumplir el calendario lectivo “sin exención alguna”. 

Además, la Generalitat añade que para todos los demás aspectos relativos al Ramadán que no aparezcan recogidos en este documento, “se respeta el derecho de las familias y el alumnado, siempre velando por el cuidado y bienestar de los niños”. 

Por lo tanto, las únicas ausencias a clase permitidas en Cataluña y en el resto de España durante el mes de Ramadán se corresponden con las últimas horas de la mañana de los viernes y el día del Eid al-Fitr, fiesta del fin del ayuno.

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