Circula en redes sociales que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haanulado las restricciones sanitarias que limitaban la movilidad en la Comunidad de Madrid "gracias a Vox" que estaban destinadas a frenar la alta incidencia de casos de coronavirus en algunos de sus municipios.
Es un bulo. El TSJM no ha anulado estas medidas "gracias a Vox" sino que ha sido el propio tribunal el que ha anulado esta orden a través del procedimiento ordinario ha anulado esta orden, que requería una ratificación por parte del propio Tribunal.
El 8 de octubre el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó la ratificación de las medidas sanitarias que afectaban a la movilidad pero no ha sido gracias al recurso que presentó Vox ante este tribunal, sino que es el propio TSJM el que rechaza la ratificación de la orden solicitada por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid
La razón por la que han rechazado las medidas que afectaban a la movilidad es que la base legal de esta orden, la Ley de Cohesión del Sistema Nacional de Salud, no “contiene una habilitación legal” para limitar derechos fundamentales.
En el auto nº 128/2020 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el TSJM rechaza la ratificación de la orden sanitaria que había sido solicitada por la Comunidad de Madrid, tal y como muestra el documento publicado por el propio TSJM.
La petición de medidas cautelarísimas que presentó Vox ante el Tribunal Superior de Madrid el pasado 3 de octubre, sin embargo, fue rechazada. El 5 de octubre esta solicitud entró en el tribunal, y el 6 de octubre se emitió una resolución en la que se rechazaba este recurso al considerar que no había razones de especial urgencia.
Vox presentó este recurso de “vía de hecho”, lo que significa que argumentaba que la orden sanitaria no tenía una cobertura legal. En su recurso, Vox dice que la comunidad dicta la orden sin solicitar previamente la ratificación judicial necesaria. El TSJM resuelve que no se trata de una vía de hecho, ya que la orden se dicta en ejecución de la orden ministerial que aplica el acuerdo del Consejo Interterritorial y que, por lo tanto, “existe claramente cobertura jurídica”.
En este auto el TSJM también se pronuncia sobre la validez del acuerdo del Consejo Interterritorial que Vox había incluido en su recurso, pero dice que es totalmente independiente de que la orden tenga cobertura jurídica o no, y que además no es de su competencia, sino de la Audiencia Nacional.
Vox ha presentado otro recurso ante el TSJM por la limitación de derechos fundamentales
Desde el TSJM han indicado a Maldita.es que Vox presentó dos recursos ante este tribunal: uno por la vía de hecho y otro por la limitación de derechos fundamentales. Según el TSJM, este tribunal se pronunciará previsiblemente el 9 de octubre sobre este segundo recurso, una vez que la orden sanitaria ya ha sido rechazada en su ratificación. Por lo que no es posible que en base a este recurso se haya producido el rechazo a la ratificación, ya que el tribunal aún no se ha pronunciado sobre este recurso de Vox.
Desde Maldita.es nos hemos puesto en contacto con Vox para saber si desde el partido consideran que la orden se ha anulado gracias a ellos, pero en el momento de publicación de este artículo no hemos obtenido respuesta.
Por tanto es un bulo que “gracias a Vox” se haya tumbado la orden sanitaria de la Comunidad de Madrid porque sus peticiones no fueron admitidas por el TSJM.
Consulta el auto del TSJM que rechaza el recurso de Vox
Auto del TSJM por el que se rechazan las medidas cautelarísimas que solicitaba Vox by Maldita.es on Scribd
Primera fecha de publicación de este artículo: 09/10/2020