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MALDITA EXPLICA

¿Pueden personas no convivientes ir a una casa rural en las comunidades autónomas en las que están prohibidas las reuniones en casa?

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Desde el 17 de marzo las reuniones en domicilios entre personas no convivientes estarán prohibidas en las 7 comunidades autónomas españolas en las que es festivo el 19 de marzo: Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Galicia, Navarra y País Vasco. Nos habéis preguntado mucho en nuestro servicio de WhatsApp +34 644 22 93 19 si las casas rurales y los apartamentos turísticos entran en esta prohibición. Y sí, está prohibido ir a casas rurales y a viviendas de uso turístico para personas no convivientes.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 12 de marzo de 2021 establece en su punto 1.3 que en las comunidades autónomas en las que el 19 de marzo es festivo las reuniones en espacios privados “se limitarán a convivientes” entre el 17 y el 21 de marzo. Además, esta restricción se hará extensiva a toda España entre el 26 de marzo y el 9 de abril.

Maldita.es se ha puesto en contacto con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid una de las afectadas por esta normativa. Nos han explicado que “la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado, queda limitada a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia”, y que las casas rurales y las viviendas de uso turístico “entrarían dentro de esta categoría”.

Lo mismo nos han dicho desde la Policía Municipal de Madrid, que dice que “están completamente prohibidas las reuniones de no convivientes tanto en casas rurales como en otro tipo de viviendas. Que su uso esté pensado para el turismo no hace que sean una excepción, tampoco pueden ir personas que no vivan juntas”.

Por lo tanto, desde el 17 al 21 de marzo están prohibidas las reuniones en casa rurales entre no convivientes en Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Galicia, Navarra y País Vasco. Además, esta prohibición se extenderá a toda España desde el 26 de marzo hasta el 9 de abril. En la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Valenciana y en la isla de Ibiza esta prohibición también está vigente fuera de estas fechas ya que está recogida en sus respectivas normativas autonómicas.


Primera fecha de publicación de este artículo: 12/03/2021

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