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MALDITA EXPLICA

Detención de Pablo Hasél: la policía puede entrar en una universidad sin necesidad de autorización del rector

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El rapero Pablo Hasél, condenado a 9 meses de cárcel por injurias contra la Corona y las instituciones del Estado y enaltecimiento del terrorismo, se atrincheró el pasado lunes en el rectorado de la Universidad de Lleida para evitar su entrada en prisión, la cual debió efectuarse el pasado viernes 12 de febrero. 

Ante esta desobediencia, la Audiencia Nacional dictaminó una orden de busca y captura del rapero que concluyó con la detención de este el pasado martes 16 de febrero en el edificio del rectorado de la Universidad de Lleida por parte de los Mossos d´ Esquadra. 

Nos habéis preguntado si la policía necesita el permiso del rector para entrar en la universidad y efectuar la detención, en este caso, de Pablo Hasél. Los expertos, así como la legislación, indican que no es necesaria ya que este no tiene potestad para impedirlo.

La policía no necesita autorización para entrar en una dependencia pública cuando haya motivos de seguridad

Preguntado por Maldita.es, Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, explica que “conforme al ordenamiento español, la policía no necesita autorización para entrar en ninguna dependencia pública cuando deba hacerlo por razones de seguridad”.

Así lo recoge el artículo 15 de la Ley de protección de la seguridad ciudadana. De acuerdo con el punto 3 de este artículo, “para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas, no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo”. Entre estos edificios, indica Urías, “se incluye a las universidades”.

Artículo 15 de la Ley de protección de la seguridad ciudadana.

De igual forma, Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid, con quien también ha contactado Maldita.es, indica que en este caso, el rectorado de la Universidad de Lleida “es un edificio abierto al público como otro cualquiera para la policía que tiene que ejecutar la orden”. E incide en que “no se trata de si ha habido hechos delictivos en la Universidad, sino de que un sujeto pretende acogerse a sagrado en la Universidad de Lleida”.

Carlos Ruiz Miguel, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela también declara en una consulta de este medio que no hay nada "en el ordenamiento jurídico que exija que el rector tenga que autorizar la entrada de la policía para detener a un delincuente".

"Lo único que es jurídicamente obligatorio para la policía es no intervenir si no se dan las causas legalmente previstas para ello: comisión de un delito, alteración grave del orden público, detención de un prófugo, etc", indica a Maldita.es el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, José Manuel Pérez Castañón.

¿Qué dice la Constitución sobre el derecho de autonomía universitaria?

El artículo 27.10 de la Constitución “reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca”. Urías puntualiza que esta autonomía “se refiere a la gestión interna de la universidad como servicio público, pero no excluye la aplicación en su seno de las normas estatales de orden público y similares”.

Esto lo constata una sentencia del Tribunal Supremo del año 2003 tras una manifestación estudiantil celebrada en la Universidad Autónoma de Barcelona en 1999 por protestas ante la presencia del por aquel entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, que requirió  una  intervención policial.

La sentencia concluye que en este caso no se vulneró “el derecho a la autonomía universitaria” ya que lo que reconoce el artículo 27.10 de la Constitución es “el respeto a la libertad académica, es decir, a la libertad de enseñanza, estudio e investigación” frente a “injerencias externas”.

¿A qué se debe la creencia de que la policía no puede entrar en la universidad sin el permiso del rector?

El origen de la creencia popular acerca del "permiso del rector" tiene su origen, según Urías, en el medievo, cuando las universidades, como las iglesias, tenían un fuero propio y en ellas se aplicaban normas diferentes a las del resto del país”. 

Así lo indica también Ruiz, quien explica que el mito "de que se requiere una autorización del rector se corresponde a una idea que existió en la Edad Media y de la que quedan ciertos testimonios arquitectónicos, que es la del 'fuero universitario'". Esto, declara, "no tiene cabida en la idea de 'autonomía universitaria' por la sencilla razón de que en esta autonomía hoy no se comprende una policía y una jurisdicción propias".

A raíz de esta idea, indica Urías, “es cierto que durante el franquismo se reconocieron a veces privilegios de este tipo a la universidad pero no fue algo permanente ni absoluto”. Aparte de estos antecedentes, declara el profesor de Derecho Constitucional, “hay una costumbre de consultar con el rectorado de la universidad cualquier intervención policial, pero se hace, para evitar problemas de coordinación o seguridad”. 

Desde la Universidad de Lleida explican a Maldita.es que el rector de esta institución, Jaume Puy, recibió una llamada por parte de los Mossos d´Esquadra “para informarle de que tenían en su poder la orden de detención y que pasarían a llevarla a cabo”. Asimismo, reitera “que es un mito que el rector tenga potestad para dar permiso” a estos. 

Por último, Urías concluye en que estas intervenciones deben limitarse “a los casos en los que sea estrictamente necesario para prevenir un delito o dar cumplimiento a las resoluciones judiciales”.

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