El 14 de febrero se celebrarán las elecciones al Parlamento de Cataluña. Al igual que las vascas y gallegas celebradas el año pasado, tienen lugar durante la pandemia de la COVID-19. Si eres positivo en COVID-19, o si tienes que hacer cuarentena por ser un contacto estrecho, existen distintas formas en las que puedes ejercer tu derecho al voto.
Pedir el voto por correo antes del 5 de febrero
La primera opción para votar en caso de que tengas que hacer cuarentena es ejercer tu derecho al voto por correo. Para hacerlo, tienes hasta el 5 de febrero a las 14:00 horas, y si estás en cuarentena puedes hacerlo online. Para esta última opción necesitarás tener un certificado digital o un lector de DNI electrónico y, además, tener instalada la aplicación Autofirm@.
¿Y si, debido a que estás en cuarentena, no puedes ir a la oficina de Correos para pedir el voto por correo y no tienes certificado digital ni DNI electrónico? La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) dice que, en caso de enfermedad, el voto por correo lo puede realizar una persona acreditada por un poder notarial. [artículo 72.c]. Es decir, un notario debe apoderar a otra persona para votar por correo en representación de la afectada por la enfermedad. El notario tendrá que desplazarse físicamente al lugar donde se encuentre esta persona enferma para obtener su firma.
Una vez solicites el voto por correo llegarán a tu casa las distintas papeletas entre el 25 de enero y el 8 de febrero. El plazo para entregarlo es hasta el 12 de febrero a las 14:00 horas. Podrás o bien ir a la oficina de Correos, o que una persona con un poder notarial vaya por ti, o darle el voto al cartero el mismo día que te lleguen las papeletas.
Votar presencialmente entre las 7 y las 8 de la tarde
Al contrario que en las elecciones vascas y gallegas de 2020, en las catalanas las personas en cuarentena podrán votar presencialmente, pero habrá que llevar un certificado de desplazamiento. La web de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2021 explica que las personas en cuarentena (positivos, contactos estrechos y casos sospechosos) tienen reservada para votar la franja horaria de 19:00 horas a 20:00 horas, y desde la Generalitat se les pide que vayan al colegio con el voto preparado de casa [pág. 7]. Del mismo modo, los colectivos de riesgo deben ir a votar en la franja entre las 09:00 y las 12:00 horas. Estas franjas son recomendables, pero no obligatorias.
Las personas contagiadas, contactos estrechos y sospechosos deberán llevar un certificado de desplazamiento por la crisis sanitaria de la COVID-19 o documento equivalente vigente con la finalidad única de romper el confinamiento para ejercer su derecho a voto.
Además, durante esa misma franja horaria los miembros de las mesas electorales utilizarán equipos de protección individual (EPI) que incluirán ropa protectora, guantes, mascarilla FFP2 y gafas protectoras, como indica el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales [pág. 28].