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El acuerdo de medidas para frenar los repuntes de COVID-19: las CCAA no tienen un plazo límite para aplicarlo

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No existe un plazo límite para que las comunidades autónomas adopten el acuerdo del 14 de agosto por el que se han comprometido para frenar el repunte de casos de COVID-19. El Ministerio de Sanidad ha comunicado a Maldita.es que “cada comunidad lo aplicará en función de su legislación vigente” sin que exista un plazo límite para ello. 

Salvador Illa, el ministro de Sanidad, también dijo en rueda de prensa [min. 47:20] el pasado viernes que “no hay un plazo establecido” para la transposición del acuerdo y que “[las comunidades] lo van hacer en la mayor brevedad”. 

A 17 de agosto, comunidades como Andalucía o Murcia ya han transpuesto este acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que establece una serie de restricciones mínimas. Es decir, que las comunidades pueden establecer medidas sanitarias aún más restrictivas que las acordadas.

Acuerdo de Declaración de Actuaciones Coordinadas del 14 de agosto by Maldita.es on Scribd

No existe sanción en caso de que alguna comunidad no transponga el acuerdo

El Ministerio de Sanidad nos ha indicado que no están contempladas sanciones en caso de que alguna comunidad no transponga todas las medidas del acuerdo. Desde el ministerio también nos han trasladado que no tendría sentido que alguna no lo hiciera, “ya que lo acordaron por unanimidad” tanto el ministerio como las comunidades. 

La figura legal de este acuerdo es la Declaración de Actuaciones Coordinadas descrito en el artículo 65 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Esta figura la dicta el Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial “con audiencia de las comunidades directamente afectadas” y obliga a las comunidades a actuar coordinadamente en materia sanitaria. Desde 1996 se han adoptado más de 1.800 acuerdos en el pleno del Consejo Interterritorial, según aparece en la web del Ministerio de Sanidad.

La diferencia con el estado de alarma, es que, excepcionalmente, durante el tiempo que duró, el Ministerio de Sanidad ostentaba el mando único y las comunidades estaban obligadas a adoptar sus directrices, tal y como ya os contamos en Maldita.es.

El ocio nocturno es el ámbito donde los brotes tienen más casos asociados, según Sanidad

Entre otras medidas se ha establecido la prohibición de fumar en la vía pública siempre que no haya una distancia de seguridad mínima de 2 metros y se ha determinado el cierre de los establecimientos de ocio nocturno, como las discotecas o los bares de copas con el fin de frenar los contagios. Según indica el Ministerio de Sanidad en el acuerdo, los locales de ocio nocturno constituyen actualmente el origen de los brotes con mayor número de casos asociados, con una media de “31 casos identificados por brote”.

Aparte de las medidas relacionadas con el ocio, el acuerdo también recoge medidas como las restricciones de las visitas a los centros sociosanitarios, como son las residencias, y los cribados con pruebas PCR al personal sanitario y a poblaciones de riesgo, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos…

El acuerdo también compromete a las comunidades a garantizar los medios y capacidades descritos en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19 (actualizado a 13 de julio).

Primera fecha de publicación de este artículo: 17/08/2020

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