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Qué sabemos sobre si "la UE vota en contra de mantener la detección del abuso sexual infantil en internet": ha expirado un reglamento provisional (Chat Control) que permitía a las plataformas acceder a los mensajes privados

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El Parlamento Europeo ha votado en contra de prorrogar por segunda vez el reglamento conocido como Chat Control 1.0 (un reglamento provisional que permitía a las plataformas revisar voluntariamente los mensajes privados de los usuarios en busca de material de abuso sexual infantil), ya que no estaba de acuerdo con los términos propuestos por la Comisión.

El Parlamento apoyaba prolongar estas medidas provisionales (que suponen la derogación temporal de la Directiva sobre Privacidad Electrónica, que protege la confidencialidad de las comunicaciones). Pero hasta agosto de 2027 (no hasta abril de 2028, como pretendía la Comisión) y “limitando el alcance de las medidas para garantizar su proporcionalidad” con la protección de la privacidad, como argumentó en su postura el 11 de marzo. La falta de acuerdo con el Consejo Europeo el 16 de marzo supuso que Chat Control 1.0 expirase en la fecha prevista en la anterior prórroga: el 3 de abril de 2026. Pero eso, a diferencia de lo que señala el contenido viral, “no significa que todo reporte, toda retirada o toda detección quede sin cobertura jurídica”, explica Ernest Abelló, perito judicial en protección de datos y maldito que nos ha prestado sus superpoderes.

Mientras tanto, la Unión Europea continúa negociando un marco jurídico permanente (y no temporal, como Chat Control 1.0) para “prevenir y combatir el abuso sexual infantil en línea”: Chat Control 2.0, una propuesta de reglamento que presentó la Comisión Europea en mayo de 2022. Pero aún no ha sido aprobada, ya que, según afirma el Parlamento en 2026, “se mantienen las negociaciones con el Consejo”.
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5/4/26
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«La UE ha votado en contra de mantener la detección del abuso sexual infantil en internet»

El 3 de abril de 2026 expiró en la Unión Europea la base legal que permitía a las plataformas detectar y reportar material de abuso sexual infantil online. Hasta ahora, las plataformas podían detectar este contenido, denunciarlo y eliminarlo. Europa ha decidido no renovar esa medida. La protección de la infancia no puede depender de bloqueos políticos. Es momento de actuar. Menciona a representantes políticos y exigamos que esto sea una prioridad, esto nos afecta a todos como sociedad. 👇👇 https://www.instagram.com/p/DW6-T3RDEIf/?igsh=eGpya2pzNmgzMHMy
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Sin Chat Control 1.0, siguen existiendo maneras de detectar y perseguir contenidos de abuso sexual infantil, pero no leyes que respalden que las plataformas entren en nuestros mensajes privados de forma voluntaria, según los tres expertos consultados por Maldita.es. “No es lo mismo detectar material de abuso sexual infantil en internet que escanear mensajes privados”, distingue Abelló, que asegura que “las plataformas pueden seguir actuando frente a contenidos ilícitos por otras vías: notificaciones de los usuarios, contenidos públicos o alojados, mecanismos del Reglamento de Servicios Digital (DSA), órdenes de autoridades, colaboración con fuerzas y cuerpos de seguridad, reporte de sospechas cuando proceda”. Por tanto, “no ha desaparecido toda base legal para que las plataformas detecten, retiren o reporten material de abuso sexual infantil en internet”, aclara.

En esta línea, Daniel Fernández-Viagas, experto en privacidad y ciberseguridad y maldito que también nos ha prestado sus superpoderes, añade: “La Comisión Europea indica que las plataformas pueden adoptar medidas proactivas y que existen mecanismos de retirada, denuncia y cooperación”. En ese sentido, destaca la DSA, que “sirve para gestionar contenidos ilegales en plataformas”, pero “no para convertir a las plataformas en vigilantes generales de toda la mensajería privada”, ya que “no equivale a una habilitación para inspeccionar masivamente chats cifrados o privados”.

Por su parte, Ella Jakubowska, jefa de Política de EDRi (European Digital Rights), afirma a Maldita.es que “ya no hay ninguna ley de la UE que permita, ni siquiera anime, a escanear masivamente mensajes privados”. Y opina que Chat Control 1.0 “no creó ningún fundamento jurídico”: “Sólo proporcionó una apariencia de seguridad jurídica, pero sin ninguna protección jurídica real. Se trata más bien de una señal de que la Comisión y los Estados miembros no emprenderían acciones coercitivas contra las empresas que escanearan voluntariamente los mensajes de sus usuarios”.

En este artículo han colaborado con sus superpoderes los malditos Ernest Abelló, perito judicial en protección de datos, y Daniel Fernández-Viagas, experto en privacidad y ciberseguridad.

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