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Tapas de café, compras a granel y obligaciones para empresas: lo que está cambiando con las nuevas normas sobre residuos

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Claves
  • La nueva legislación obliga a cobrar los vasos y tapas de plástico de un solo uso para bebidas y los recipientes para comidas
  • También obliga a los productores a reducir su impacto ambiental e incluye impuestos a la incineración y a los envases de plástico no reutilizables
  • Los comercios están obligados a vender frutas y verduras a granel y aceptar que guardes la comida en tus propios recipientes

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En España, los tapones de algunas botellas empiezan a fabricarse unidos al envase y todos los fabricantes deberán hacer lo mismo a partir del 3 de julio de 2024. Como hemos explicado, la causa es la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que transpone varias directivas europeas sobre residuos.

Ahora aclaramos de qué otras formas afectan a consumidores y productores los cambios introducidos por esta y otras normas sobre residuos. Y recuerda: es importante reducir y reutilizar los residuos, además de reciclarlos, para disminuir el impacto ambiental de nuestro consumo.

Se cobrará al consumidor por plásticos de solo uso, como vasos de bebidas y envases de comida

El artículo 55 de la ley obliga a cobrar desde el 1 de enero de 2023 los productos de plástico de un solo uso que se entreguen al consumidor, como los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones. También los recipientes para alimentos, como cajas, con o sin tapa, destinados al consumo en el sitio o para llevar y los envases de comida rápida o consumo inmediato “excepto los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos”. Es decir, se cobrará un vaso de plástico de un café para llevar, pero no un recipiente de plástico con comida. En cambio, si se trata de una caja plástica que contenga el envase con comida, sí se cobrará, por ejemplo. El precio de esos artículos debe diferenciarse en el ticket de venta.

La ley define un producto de plástico de un solo uso como uno “fabricado total o parcialmente con plástico” y que no ha sido concebido “para ser rellenado o reutilizado con el mismo fin para el que fue concebido” por el productor. La norma fija objetivos para reducir la comercialización de estos plásticos: en 2026, un 50% menos en peso y en 2030, un 70% menos en peso con respecto a 2022.

Además, el artículo 56 prohíbe otros productos plásticos de un solo uso: platos y cubiertos como tenedores y cucharas, agitadores de bebidas (como los que usamos para remover el café), recipientes para bebidas y alimentos de poliestireno expandido (lo que se conoce coloquialmente como corchopán o poliespán), bastoncillos de algodón y pajitas, salvo los que se consideren productos sanitarios, además de los palitos para sujetar y unir globos, salvo los de usos y aplicaciones industriales y profesionales.

Medidas dirigidas a los productores

La legislación incluye otras medidas que obligan a compromisos a la industria que comercializa los residuos. Incluye el diseño de productos y componentes para que a lo largo de todo su ciclo de vida se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos. Para ello, la ley dice que “se podrá restringir la introducción en el mercado” de determinados productos “cuando se demuestre que los residuos generados (...) tienen un impacto negativo muy significativo en la salud humana o el medio ambiente”, se lee en el artículo 37.

Las empresas también están obligadas a aceptar la devolución de productos reutilizables y la entrega de los residuos generados tras el uso del producto y deberán asumir la gestión de estos residuos. Otras obligaciones del productor fijadas en la ley son utilizar materiales procedentes de residuos en la fabricación de productos y aumentar el tiempo de garantía de los productos. También incluye el responsabilizarse total o parcialmente de la organización de la gestión de los residuos entre otras.

La ley introduce un impuesto a la fabricación, importación o adquisición dentro de la Unión Europea de “envases no reutilizables que contengan plástico” y otro sobre el depósito de residuos en vertederos y su incineración. También prevé un régimen sancionador para las personas y empresas que infrinjan la ley. Además, como ya contamos, obliga a bares y restaurantes a ofrecer siempre a sus clientes o usuarios agua de grifo gratis.

Comprar frutas y verduras a granel y llevar tus propios recipientes

No sólo la ley de residuos va a cambiar cómo compramos. El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, que busca “prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente” y fija objetivos de reducción del peso de los residuos de envases producidos. También señala que todos los envases puestos en el mercado en 2030 serán reciclables y, siempre que sea posible, reutilizables.

En nuestro día a día como consumidores, el real decreto obliga a las tiendas al por menor a ofrecer a granel las frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras, con algunas excepciones. Están exentas aquellas que se vendan en grandes paquetes (de 1,5 kilogramos o más), que sean de variedades protegidas, que tengan certificación de calidad o de agricultura ecológica o que puedan estropearse si se venden a granel. Estas últimas las concretarán conjuntamente los ministerios de Agricultura y de Transición Ecológica como tarde en junio de 2023. Los comercios tendrán seis meses desde que se publique esta lista para adaptarse.

Los comercios también están obligados por este real decreto a “fomentar la venta a granel de alimentos”. De hecho, las superficies con más de 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su zona de ventas a productos sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.

Además, tienes derecho a ir con tu propio táper, bolsa o botella allí donde se venden a granel alimentos y bebidas. Eso sí, deben estar limpios y ser adecuados para el producto en cuestión, ya que el establecimiento tiene el derecho a rechazarlo en caso contrario. En este reportaje, Ballena Blanca relata distintas experiencias tras llevar tápers a supermercados y comercios de Madrid, Barcelona y Zaragoza. Además, los establecimientos de más de 300 metros cuadrados destinados a la venta al público están obligados a ofrecer envases reutilizables para el consumidor final, gratis o cobrando al cliente.

Y si la ley de envases obliga a dar agua de grifo a los clientes o usuarios de bares y restaurantes, este real decreto amplía, a partir del 1 de julio de 2023, el derecho del consumidor a recibir agua potable sin envasar ni en vasos de un solo uso en eventos festivos, culturales o deportivos como festivales de música.


Primera fecha de publicación de este artículo: 22/02/2023

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