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MALDITO DATO

¿Repetición electoral? Y ahora qué

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Claves
  •  El resultado de las elecciones generales del 23J arroja una situación de bloqueo que podría desembocar en una repetición electoral
  • A partir de la primera sesión de investidura empieza a correr un plazo máximo de dos meses para elegir presidente
  • Ya hubo repetición electoral en 2016 y 2019
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Las elecciones generales del 23 de julio han dejado un escenario político incierto. La gobernabilidad no está clara. El Partido Popular ha sido el partido más votado y ha logrado 136 escaños. El PSOE ha quedado en segundo lugar con 122 escaños. Con 33 escaños, Vox ha sido tercero. Y Sumar ha quedado cuarto con 31 escaños.

Con esos resultados, ninguno de los dos bloques (PP y Vox a la derecha; PSOE y Sumar a la izquierda) suma los 176 escaños necesarios para asegurarse gobernar, por lo que dependen de apoyos y abstenciones de terceros partidos que no está claro que puedan conseguir. Eso puede provocar un bloqueo político y unas nuevas elecciones a comienzos de 2024. Sería la tercera repetición en menos de una década, tras la de junio de 2016 y la de noviembre de 2019.

¿Cuáles son los plazos para la constitución de las Cortes Generales?

Como indica la Constitución Española, el Congreso de los Diputados debe constituirse dentro de los 25 días siguientes a las elecciones. En el caso de estas elecciones, las Cortes Generales (el Congreso de los Diputados y el Senado) se constituirán el próximo 17 de agosto.

A partir de ahí, el rey se reunirá con los líderes de cada uno de los partidos con representación parlamentaria para valorar quién tiene más oportunidades de formar gobierno. Después comunicará a la presidencia del Congreso quién es la persona designada. Tras las elecciones del 23-J, lo esperable es que la persona designada sea Alberto Núñez Feijóo, líder del partido más votado. Tras la propuesta del rey, la presidencia del Congreso debe convocar un pleno de investidura.

¿Cuántos votos se necesitan para lograr la presidencia del Gobierno?

Según la Constitución Española (artículo 99.3) y el reglamento del Congreso de los Diputados (artículo 171.5), en la primera votación el candidato necesita una mayoría absoluta de diputados que voten a favor de su investidura para ser elegido. En caso contrario, tiene lugar una segunda votación 48 horas después de la primera en la que basta con conseguir mayoría simple (más votos a favor que en contra). Tanto en la primera como en una posible segunda votación, los diputados votan de viva voz.

En la sesión de investidura, el candidato expone sin límite de tiempo su proyecto de Gobierno. Después, un representante de cada grupo parlamentario tiene derecho a una intervención de 30 minutos (art. 171.3 del reglamento del Congreso de los Diputados). El presidenciable puede responder a cada una, también sin límite de tiempo, y los demás partidos contrarreplicar con 10 minutos por grupo parlamentario (artículo 171.4 del reglamento del Congreso de los Diputados).

¿Cuál es el plazo máximo para investir presidente?

Ni la Constitución ni el reglamento del Congreso de los Diputados establecen el tiempo que debe pasar entre las elecciones y/o la constitución de las Cortes Generales y el debate de investidura. Tampoco cuánto tiempo tiene que durar el período de rondas de contacto entre el rey y los representantes de los partidos. Sin embargo, una vez que se establece la fecha de la primera sesión de investidura la ley sí indica plazos para el segundo debate, que debe ser en 48 horas.

Además, el artículo 172.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados dice que desde el día de la primera votación hay un plazo máximo de dos meses para que un candidato obtenga la confianza del Congreso. En este período puede presentarse a la investidura cualquier candidato que cuente con la confianza del rey (artículo 172.1 del reglamento).

Si en esos dos meses ningún candidato es investido presidente, deben repetirse las elecciones. La disposición adicional séptima de la ley electoral indica que tienen que pasar 47 días entre el anuncio y la convocatoria.

¿Cuándo habría elecciones?

Pongamos un ejemplo teniendo en cuenta un escenario en el que las cosas avancen rápido. Si las Cortes Generales se constituyen el 17 de agosto y la sesión de investidura se convoca para el 4 de septiembre (primer lunes del mes), lo normal es que la votación se realice al día siguiente. A partir de ahí empezaría a contar el plazo de dos meses para lograr una investidura.

Ese plazo acabaría el 5 de noviembre. Al día siguiente, la presidencia del Congreso sometería a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones, que tendrían que celebrarse 47 días después, el 23 de diciembre.

¿Qué nos dice la historia reciente? Tanto en la repetición de 2016 como en la de 2019, pasaron unos seis meses. Seis meses y una semana en el primer caso y seis meses y medio en el segundo. Si se repitiera ahora, las elecciones serían a finales de enero de 2024.

El Rey propone el candidato a presidente del Gobierno

Es competencia del rey proponer, con el refrendo de la presidencia del Congreso, el candidato a presidente del Gobierno, previa consulta con los representantes designados por los partidos con representación parlamentaria, según el artículo 62.d y el 99.1 de la Constitución Española (CE).

En febrero de 2016, el rey, Felipe VI, propuso a Pedro Sánchez como candidato a presidente del Gobierno tras las elecciones generales de 2015, en las que el PSOE obtuvo 90 diputados (33 menos que el Partido Popular). Esta propuesta fue posible ya que Mariano Rajoy, entonces presidente del PP, rechazó el ofrecimiento del rey para formar gobierno. “​​No estoy en condiciones de presentarme a la investidura porque no solo no tengo todavía una mayoría de votos a favor sino que tengo una mayoría absoluta acreditada de votos en contra", dijo Rajoy en rueda de prensa.

El líder socialista, que presentó un pacto con Ciudadanos para la investidura pero que no sumaba los 176 escaños necesarios, no consiguió la mayoría absoluta en primera vuelta, y tampoco la mayoría simple (más síes que noes) de la segunda. En una nueva ronda de consultas con los candidatos, Felipe VI anunció que “no existe un candidato que cuente con los apoyos necesarios para que el Congreso de los Diputados, en su caso, le otorgue su confianza”, y disolvió las Cortes. Por primera vez en la historia de la democracia española, se repitieron las elecciones el 26 de junio de 2016.

En 2019, se repitió una situación similar, el rey propuso a Pedro Sánchez a la investidura, pero sin tener los apoyos necesarios para obtener la mayoría absoluta, Felipe VI tuvo que repetir la ronda de consultas, que salió sin candidato a la investidura y disolvió las Cortes. Las elecciones se repitieron en noviembre de 2019.


Primera fecha de publicación de este artículo: 24/07/2023

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