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Hacienda recibirá cada mes información de los pagos por Bizum a empresarios y profesionales (y no de particulares): se elimina el umbral de los 3.000 euros

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A partir del 1 de enero de 2026, los bancos y las entidades de pago deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre los pagos recibidos mediante sistemas de cobro vinculados a un número de teléfono móvil (como Bizum), realizados a empresarios y profesionales establecidos en España. Así lo establece el Real Decreto 253/2025, que cambia la periodicidad de la información de anual a mensual y elimina el anterior umbral de 3.000 euros. Estas medidas del Ministerio de Hacienda se dirigen a actividades económicas, no a pagos entre particulares, como ha “enfatizado” la Agencia Tributaria en un comunicado.
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12/9/25
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«A partir de enero de 2026, se elimina el límite de 3.000 euros de bizum y todas las transacciones se reportarán automáticamente a Hacienda»

https://www.instagram.com/reel/DR-cg2sgamH/?igsh=Zng4cXJ5ZmUwdmw1 https://x.com/NonNobis10/status/1998475398334578747 https://x.com/teresezzz/status/1928027778516976039 Hacienda mirará con lupa los Bizum: así cambia la normativa a partir de 2026. 📅La nueva medida entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y eliminará el límite de 3.000 euros. Se obligará a las entidades de pago y las de dinero electrónico a informar a la Agencia Tributaria de todos los cobros con tarjeta realizados por autónomos y empresas, independientemente del importe. A partir de enero de 2026, todas las transacciones asociadas a una actividad económica se reportarán de forma sistemática, sin depender del importe.

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