Lo que sabemos:
Tras los incendios de este verano, el Gobierno estatal declaró zonas gravemente afectadas por la catástrofe el 26 de agosto: esto activa el mecanismo de fuerza mayor y los agricultores de esos lugares recibirán las ayudas íntegras de la Política Agraria Común (PAC) sin tener que solicitarlas, según el Ministerio de Agricultura.
El mecanismo de fuerza mayor podría aplicarse sin necesidad de una declaración de zona catastrófica. En ese caso, para recibir las ayudas, los agricultores tendrían que solicitar la excepción de fuerza mayor a su comunidad autónoma, que tendría que evaluar caso a caso.
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La fuerza mayor permite que los agricultores afectados por los incendios cobren toda la PAC: en este caso el mecanismo se ha activado con la declaración de zonas catastróficas del 26 de agosto
La fuerza mayor es un mecanismo de la legislación agraria europea [art. 3 del reglamento (UE) 2021/2116] para garantizar la aplicación de la PAC cuando ocurran catástrofes como incendios, sequías prolongadas o inundaciones, que impiden que se cumplan las condiciones necesarias para recibir las ayudas completas.
La Comisión Europea aclaró en 2024 que los Gobiernos de los Estados miembros pueden activar la excepción de fuerza mayor cuando hacen una declaración de zona gravemente afectada por una catástrofe. Es lo que ha ocurrido en España con la declaración, este 26 de agosto, de zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil por incendios e inundaciones entre el 23 de junio y el 25 de agosto, según ha indicado el Ministerio de Agricultura a Maldita.es.
Las ayudas de la PAC se solicitan anualmente en la primera mitad del año en base a una actividad determinada (por ejemplo, cultivo de viñedo) en una superficie agraria durante el año en curso (2025, en este caso). Después, las comunidades autónomas comprueban si las solicitudes cumplen las condiciones mediante análisis de imágenes satelitales y otros controles y las empiezan a pagar a finales de año. En los incendios de 2025, muchos cultivos y pastos de ganadería se han visto afectados, por lo que estas zonas quemadas ya no pueden realizar la misma actividad declarada en las solicitudes de la PAC, cuyo plazo de solicitud se cerró en mayo. Pero con la activación del mecanismo de fuerza mayor, los agricultores podrán seguir cobrando las ayudas completas.
El Ministerio de Agricultura también indica a Maldita.es que este mecanismo de fuerza mayor ya se ejecutó con las plantaciones de la isla de La Palma afectadas por la erupción del volcán y en las explotaciones agrarias dañadas en la DANA de 2024.
El ministro de Agricultura, Luis Planas, aseguró en el Senado el 29 de agosto que un 9% de las hectáreas calcinadas por los incendios de este verano han sido parcelas agrícolas e indicó que estos incendios son considerados causa de fuerza mayor, según una nota de prensa.
Si no hubiera una declaración a nivel nacional, la excepción de fuerza mayor debería solicitarse individualmente a las comunidades autónomas
Cuando no existe una declaración de una zona catastrófica y de manera ordinaria, los agricultores y ganaderos deben solicitar individualmente la situación de fuerza mayor a las comunidades autónomas, que evalúan caso a caso.
Antes de la publicación de las zonas afectadas del 26 de agosto por parte del Gobierno, algunas comunidades, como Asturias, planteaban la posibilidad de que las solicitudes para exigir la excepción de fuerza mayor a causa de los incendios fueran individuales. Posteriormente, el consejero de Medio Rural y Política Agraria de Asturias, Marcelino Marcos, ha afirmado que la declaración del Gobierno estatal “supone la aplicación de oficio de la causa de fuerza mayor para estas ayudas europeas, garantizando el cobro íntegro de las mismas”. Esto mismo ha sido anunciado en otras comunidades como Extremadura.
En contraposición, desde la organización agraria Unión de Uniones explican a Maldita.es que una declaración de zonas catastróficas “no implica automáticamente que [la excepción de fuerza mayor] se aplique de oficio a todos los afectados sin trámites individualizados”, aunque reconoce que esta vía “facilita” el reconocimiento del incendio como causa de fuerza mayor. También advierten de que la declaración de zona catastrófica tampoco garantiza que se vayan a cobrar automáticamente las ayudas de la PAC solo por haber presentado la solicitud, si no se hace este trámite individualizado. Otras comunidades contactadas por Maldita.es como Castilla y León no han aclarado si las ayudas se recibirán en todos los casos de oficio o requerirán solicitudes individuales.
La cobertura de la fuerza mayor no es incompatible con otro tipo de ayudas e indemnizaciones para agricultores como las aprobadas en Castilla y León o Asturias recopiladas en este artículo de Demócrata del 26 de agosto.
Tampoco son incompatibles con las compensaciones de los seguros agrarios por riesgo de incendios. El Ministerio de Agricultura indica a Maldita.es que la cobertura por incendio está incluida en las líneas aseguradoras forestal, agrícola y ganadera. Añaden que “la contratación de seguros agrarios está subvencionada parcialmente por el Gobierno”.
Las superficies quemadas deben declararse como suelo improductivo y no generan ayudas hasta su restauración, salvo que se reconozca una situación de fuerza mayor
Publicaciones difundidas antes del 26 de agosto afirman que las tierras quemadas no se pueden declarar como admisibles en la PAC durante la campaña en curso y las dos siguientes. A este respecto, tanto la Consejería de Medio Rural de Asturias como Unión de Uniones explican a Maldita.es que, en condiciones normales, las superficies incendiadas pierden su carácter de elegibles para la PAC y deben declararse como suelo improductivo hasta que recuperen la cubierta vegetal y se mantengan en uso agrario durante al menos un año completo. Esta situación se exceptúa únicamente cuando se reconoce oficialmente una causa de fuerza mayor o una circunstancia excepcional [art. 9.6 del RD 1048/2022].
La organización Unión de Uniones explica que “bajo la normativa ordinaria de la PAC, las superficies agrícolas que han sido arrasadas por incendios dejan de considerarse hectáreas admisibles para las ayudas directas”. Añaden que el artículo 9 del RD 1048/2022 establece que son hectáreas subvencionables las superficies agrarias de la explotación en las que se realice una actividad agraria y que en la práctica, esto significa que “una parcela quemada se trata como suelo improductivo o desnudo y el agricultor debe descontarla de su solicitud de ayuda, marcándose en el SIGPAC con uso improductivo”. No hacerlo da lugar a una incidencia (159) que, de no resolverse, impide percibir ayudas PAC justificadas sobre dichas superficies.
La organización explica también que “un terreno incendiado no genera pago de la PAC en la campaña en curso ni en las siguientes hasta que se restaure su capacidad productiva” y que en otras palabras, la tierra debe recuperar la cubierta vegetal y uso agrario durante al menos un año completo, pero pueden ser más, antes de volver a ser elegible. Durante el periodo intermedio (mientras el suelo está quemado y sin vegetación), no cumpliría la condición de “mantenerse en buenas condiciones todo el año natural” que exige la normativa, quedando excluido de las ayudas. La Consejería de Medio Rural de Asturias añade que para considerar que un terreno se ha restaurado también hay que tener en cuenta el coeficiente de subvencionalidad de pastos [art. 3.13 del RD 1048/2022].
Esta explicación coincide con lo argumentado por el Fondo de Garantía Agraria (FEGA–organismo del Ministerio de Agricultura encargado de coordinar los pagos de la PAC junto a las comunidades) según un artículo de Europa Press en 2017.
En este caso, como hemos explicado, se ha declarado la excepción de fuerza mayor, por lo que no se aplican estos requisitos para terrenos quemados al menos durante la campaña de 2025.