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¿Está prohibido limpiar los montes? En España la Ley de Montes obliga a los propietarios a hacerlo y cada CCAA regula las tareas, algunas a través de solicitudes

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Claves:
  • Se difunden contenidos afirmando que está prohibido limpiar los montes en España y que eso agrava los incendios
  • En España, la Ley de Montes obliga a los propietarios a prevenir incendios mediante podas y otras técnicas de limpieza, que deberán reforzarse en los planes de prevención de cada comunidad
  • Para realizar tareas de limpieza, los propietarios de los terrenos necesitan autorización en algunos casos y depende de las comunidades autónomas

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8/14/25
Lo que circula

«En España está prohibido limpiar los montes, lo que empeora las consecuencias de incendios e inundaciones»

Está prohibido limpiar los montes. Te multan. Luego llega una inundación o un incendio y el destrozo se convierte en devastación. Se llama Agenda 2030. https://x.com/alonso_dm/status/1955364085341835748

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Lo que sabemos: 

  • La normativa que regula esta materia en España es la Ley de Montes, que establece que las comunidades autónomas tendrán que incluir en sus planes de prevención para incendios forestales unos requisitos mínimos en materia de “trabajos de carácter preventivo” entre los que se incluyen “tratamientos selvícolas” (como podas y otras técnicas de limpieza) que deberán realizar los los propietarios de las parcelas.

  • Es decir, la normativa contempla como una obligación legal de los dueños de los terrenos hacer tareas de gestión y mantenimiento, como la limpieza, y las comunidades autónomas deben reforzar estas medidas en sus planes de prevención contra incendios forestales. Encontramos ejemplos de estos planes en Galicia y Castilla y León

  • En algunas comunidades autónomas se regulan estas actividades a través de solicitudes de permisos y autorizaciones, cuyo cumplimiento en cada caso no podemos verificar independientemente desde Maldita.es.

  • Algunos contenidos culpan a la Agenda 2030, pero es un acuerdo internacional que los países han aprobado voluntariamente y que no supone obligaciones legales. Aunque marca objetivos en materia de desarrollo sostenible, no regula aspectos concretos como las técnicas de prevención de incendios en zonas de monte. Según el plan de implementación de la Agenda en España la mayoría de criterios necesarios para cumplir con los objetivos ya estarían recogidas en la Ley de Montes. 

La limpieza de los montes en España la regula la Ley de Montes y la legislación autonómica

La Ley de Montes no prohíbe limpiar los montes, de hecho, establece la obligación legal de hacerlo para los propietarios de los terrenos forestales como parte de la estrategia de prevención de incendios. En el apartado 4 del artículo 48 de la Ley de Montes se recogen las obligaciones mínimas que deben incluirse en los planes de prevención de incendios de todas las comunidades, entre ellos están “los trabajos de carácter preventivo (...), en particular los tratamientos selvícolas que procedan”. 

Artículo 48 de la Ley de Montes de 2003

Según explica José Manuel Zapata, maldito e ingeniero forestal especialista en legislación de defensa contra incendios forestales, “el término ‘limpiar los montes’ es totalmente incorrecto. Los montes no están sucios si tienen estrato herbáceo, subarbustivo, arbustivo y/o arbóreo”. Añade que el término adecuado sería “aplicar la silvicultura” y que “un monte correctamente gestionado puede ser más resiliente frente al nuevo escenario climático y puede ser menos susceptible a sufrir incendios de especial virulencia”.

Los tratamientos selvícolas incluyen la eliminación de matorrales y vegetación herbácea, la poda y otras técnicas de limpieza de la vegetación que forman parte de la defensa contra los incendios. Aunque esta obligación debe estar incluida en la normativa de todas las comunidades, es responsabilidad de los organismos autonómicos reforzar estas medidas en sus planes de prevención contra incendios forestales. 

La Agenda 2030 de las Naciones Unidas, a la que hacen referencia algunos contenidos, tampoco prohibe limpiar los montes. No es una legislación, sino un acuerdo internacional aprobado por la ONU en 2015 al que los países se han suscrito voluntariamente y que no supone obligaciones legales. Aunque marca objetivos en materia de desarrollo sostenible, no regula aspectos concretos como la limpieza de montes. 

Entre los 17 objetivos de la Agenda, se encuentra el de “gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad”. Este objetivo tendría la mayor parte de actividades necesarias para su cumplimiento recogidas en la Ley de Montes, según el plan de implementación de la Agenda 2030 en España.

Planes autonómicos de prevención contra incendios: los ejemplos de Galicia y Castilla y León

En Castilla y León es la orden 510/2013 la que regula el uso del fuego y establece medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en la comunidad. En su artículo 9, establece la obligación para organismos locales y particulares de “tomar las medidas de seguridad oportunas respecto a la limpieza” de cunetas y caminos. Así como de “evitar la acumulación de residuos, matorral leñoso y vegetación seca”.

Extracto de la orden 510/2013 del BOCYL en la que se regula el uso del fuego y establece medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales

En Galicia, el artículo 3 del plan de prevención y defensa contra los incendios forestales vigente desde 2007, señala entre las obligaciones para propietarios de los terrenos forestales la de “mantenerlos en condiciones que contribuyan a prevenir o evitar los incendios forestales, respetando especialmente las relativas a la gestión de la biomasa vegetal”. Por gestión de biomasa vegetal se entiende el control y “eliminación total o parcial” de determinada vegetación.

De hecho, en mayo de 2024 el Ayuntamiento de Ourense recordaba en un comunicado la obligación de limpiar la vegetación de las fincas y las multas de hasta 100.000 euros si no lo hacían.

Comunicado del Ayuntamiento de Ourense sobre limpieza de fincas en mayo de 2024

¿Se necesita autorización para podar y desbrozar los montes? No siempre, depende de la comunidad autónoma

En redes sociales también circulan quejas sobre los trámites, la burocracia y los plazos. En el caso de las tareas de limpieza de montes, las autorizaciones sólo son necesarias en algunos casos y depende de las comunidades autónomas. Maldita.es no puede verificar de manera independiente en cada caso qué plazos de respuesta tiene cada autoridad competente, pero te contamos la situación en dos de las comunidades más afectadas por los incendios.

En Castilla y León el decreto 5/2025 detalla los supuestos en los que se necesita realizar una “declaración responsable”, como la extracción de materiales de matorrales que midan más de 1,5 metros, o los supuestos en los que no es necesaria, como el aprovechamiento de ramas muertas o caídas. Otro ejemplo: únicamente habría que realizar la declaración para podar las ramas de especies diferentes al Quercus (roble, encina o alcornoque) o Fraxinus (fresnos), para estas especies no hace falta.  El proceso de solicitud se recoge en el decreto: se pueden presentar digitalmente o en persona en cualquier momento y el plazo máximo de respuesta es de un mes

En la normativa de Galicia no se menciona la necesidad de solicitar autorizaciones para llevar a cabo tareas de gestión de biomasa, solo la obligatoriedad de esas tareas y las multas en caso de no llevarse a cabo. “La normativa sectorial forestal en Galicia permite la gestión forestal por parte de los propietarios siempre que se respeten los hábitats de importancia comunitaria, en especial los prioritarios, dentro de las zonas de especial conservación de la Red Natura”, añade Zapata. Sí que existe, por otro lado, un convenio de colaboración con la Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos para que limpien las fincas a los propietarios a cambio de 350 euros por hectárea y para la que se necesita presentar una solicitud. 

En este artículo han colaborado con sus superpoderes  el maldito José Manuel Zapata, ingeniero forestal especialista en legislación de defensa contra incendios forestales. 

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