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Ejercer la mendicidad con mascotas: qué dice la nueva ley de protección, derechos y bienestar de los animales y cuáles son las posibles multas

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Este artículo fue redactado a fecha de 21/10/2022, cuando la ley estaba aún en proceso de tramitación. Sin embargo, de su tramitación a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) esta medida no ha sufrido modificaciones.

El proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales se debate en el Congreso de los Diputados tras su aprobación por el Consejo de Ministros el pasado 1 de agosto. Desde entonces, han surgido muchas dudas respecto a la norma. En concreto, sobre si el Gobierno puede multar a las personas que ejerzan la mendicidad en las calles acompañados de sus mascotas.

¿Puede el Gobierno multar a las personas sin hogar por pedir con sus perros?

En redes sociales, se ha comentado mucho sobre este artículo del proyecto de ley. Hay quien asegura que la ley animalista del Gobierno multará con hasta 10.000 euros a las personas sin hogar que pidan limosna con perros. “El anteproyecto de la ley animalista aprobada por el Consejo de Ministros el pasado lunes establece que ejercer la mendicidad con perros debe ser castigado con sanciones que van desde los 500 a los 10.000 euros”, dice.

Captura recibida en Maldita.es

La regulación sobre este aspecto aparece en artículo 25 del proyecto de ley que está en trámite, que habla sobre “las prohibiciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres en cautividad” y dice lo siguiente: “Quedan totalmente prohibidas las siguientes conductas o actuaciones referidas a los animales de compañía o silvestres en cautividad, como utilizarlos de forma ambulante como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos”.

Extracto del proyecto de ley. 

Se trata de una norma ya recogida en algunas legislaciones autonómicas en comunidades como Madrid, (artículo 7l), Andalucía (artículo 4s), Galicia (artículo 9ñ) o Murcia (artículo 5t), y que también se recoge en ordenanzas municipales como la de la ciudad de Barcelona.

Las infracciones, según el proyecto de ley (página 41 y 42), se dividirán en tres tipos: leves, graves y muy graves. En el caso de las leves, las multas podrán ser entre 500 y 10.000 euros. Las graves oscilarán entre 10.001 y 50.000; y, las muy graves entre 50.001 y 200.000 euros.

El Director de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, explicó a VerificaRTVE que “ni se ha multado a mendigos por pedir junto a un perro ni es el objetivo de la ley”. Torres resaltó que lo que plantea la Ley es “erradicar los casos en los que se utilizan animales, a veces drogados y con un evidente maltrato” para ejercer la mendicidad. Aseguró, además, que “no se va a multar a una persona sin hogar que conviva en la calle con un animal”, ni tampoco por pedir “con un animal al lado”.


Primera fecha de publicación de este artículo: 21/10/2022

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