Nos estáis preguntando acerca de un audio que está circulando en el que una persona que dice ser trabajadora de Correos asegura que Pedro Sánchez ha cambiado la ley electoral. Según la persona este cambio prohíbe el acceso a los partidos al censo de electores para enviar propaganda por correo de forma nominativa. Se trata de un bulo.
El audio dice que "Vox no ha podido poner la propaganda electoral como los demás partidos y ha venido simplemente dirigido al número de la vivienda y no a la persona o personas que viven en ella". También afirma que solo los partidos “viejos” tenían acceso al censo y han podido enviar propaganda dirigida a las personas mientras que las nuevas formaciones no han podido por este “cambio” de la ley.
Este es el audio viral del que os hablamos:
El INE asegura que ha entregado copias del censo a todos los partidos que lo han pedido
Desde Maldita.es hemos contactado con la Oficina del Censo Electoral del INE, que es el organismo encargado de facilitar las copias del censo electoral a los partidos que se presenten a las elecciones. La Oficina del Censo nos ha respondido que que han “facilitado copia del censo a todas las formaciones políticas que lo han solicitado expresamente”. También han añadido que “no ha habido ningún cambio en la normativa electoral en este aspecto desde que entró en vigor la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General)”.
El artículo 41 de la LOREG, que es el que regula el acceso a los datos censales de los electores, determina en el punto 5 que los representantes de las candidaturas pueden obtener una copia del censo en soporte apto para tratamiento informático. Este artículo dice que “los representantes generales” de los partidos pueden obtener una copia del censo donde su partido presente candidaturas.
Los partidos pueden enviar propaganda a tu domicilio aunque te hayas dado de baja en el censo de propaganda electoral
Además, como ya os hemos contado en Maldita.es, en estas elecciones la práctica del “buzoneo” dirigido a residentes en un determinado domicilio y no a personas concretas, la están realizando partidos como Vox, Unidas Podemos, En Comú Podem o el Partido Regionalista Cántabro (PRC). El “buzoneo” es legal según el criterio de la Junta Electoral Central y se ha realizado en elecciones previas. Los motivos que alegan los partidos para usar este sistema varían desde el argumento del ahorro de papel al económico al enviar una sola carta por domicilio.
Sin embargo, aquellas personas que se hayan dado de baja en el censo de propaganda electoral pueden seguir recibiendo cartas dirigidas a los residentes de un domicilio (“buzoneo” anónimo) porque según la Junta Electoral Central, este sistema no usa “ningún tipo de identificación del destinatario” ni “los datos personales de los electores” y, por lo tanto, no infringe la normativa electoral de envío de propaganda (artículo 39 de la LOREG).