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MALDITA EXPLICA

Las propuestas de la reforma en el acceso a la carrera judicial y fiscal del Gobierno: preguntas y respuestas

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  • El 13 de mayo de 2025 el Gobierno anunció el inicio del trámite parlamentario de una reforma judicial que busca introducir cambios en el método de acceso a la carrera judicial y fiscal, entre otros
  • Ahora los grupos parlamentarios en el Congreso pueden modificar, tumbar o ratificar este proyecto de ley 
  • En el texto se tratan otros puntos sobre la financiación de las asociaciones de jueces y fiscales o asuntos relacionados con la modalidad de concurso-oposición para fiscales y jueces sustitutos
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El Gobierno de España remitió al Congreso el 13 de mayo de 2025 un proyecto de ley orgánica para reformar el acceso a la carrera judicial y fiscal. La reforma tiene que continuar su trámite parlamentario, pudiendo modificarse el texto, aprobarse definitivamente, o no.

En Maldita.es explicamos las diferentes reformas que plantea y nuevas medidas que introduciría:

¿Está aprobada la reforma de la carrera judicial?

A 12 de junio de 2025, no, el proyecto de ley aún tiene que pasar por el Congreso y puede modificarse, ratificarse o no salir adelante.

Esta propuesta de reforma se presentó por primera vez el 21 de enero de 2025. Tras su aprobación en segunda vuelta en el Consejo de Ministros, el 13 de mayo remitió al Congreso de los Diputados un texto que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial y parte del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Desde entonces, continúa su tramitación parlamentaria. Sin embargo, hasta que no se apruebe definitivamente en el Congreso de los Diputados, en el Senado y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no estará plenamente en vigor. Al tratarse de una ley orgánica, en su votación final será necesario aprobarla con mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados.

¿Qué propone la reforma sobre el acceso a la carrera judicial y fiscal a través de oposición o turno libre?

El texto del proyecto de ley de reforma de la carrera judicial y fiscal, que como decimos, está en el Congreso, propone varios cambios en el “cuarto turno” de acceso y el turno libre u oposición

Hay dos formas de acceder a la carrera judicial: a través del turno libre, que es un proceso de oposición tradicional, o a través del “cuarto turno” o “cuarta vacante”. 

Para la carrera judicial, sobre el turno libre de oposición:

  • En el turno libre actualmente el aspirante tiene que superar un primer ejercicio basado en una prueba tipo test de 100 preguntas, un segundo que es una prueba oral que consiste en cantar cinco temas diferentes y un tercero que consiste en lo mismo que el anterior. Todos los ejercicios son eliminatorios

  • De entrar en vigor, según el proyecto de ley de la reforma, se tendría que superar: un primer ejercicio escrito tipo test del que no se indican el número de preguntas, una segunda prueba oral donde el aspirante tendrá que resolver diferentes situaciones prácticas y “no podrá consistir en una mera exposición memorística” y la última prueba oral sería sustituída por una tercera prueba escrita para resolver “varios casos prácticos” donde se medirá la “capacidad de redacción escrita y argumentación”, “lógica” o “razonamiento”, entre otros. Todos los ejercicios serían eliminatorios

¿Qué opinan las asociaciones judiciales y fiscales? En un comunicado conjunto emitido por todas las asociaciones judiciales el 14 de mayo, excepto Juezas y Jueces para la Democracia, dicen que “la eliminación de un examen oral”, “supone una vuelta atrás de 30 años y un incremento de la subjetividad en la evaluación de los jueces y fiscales”. Juezas y Jueces para la Democracia no indica nada al respecto en el comunicado al que ha podido acceder Maldita.es.

¿Qué propone la reforma sobre el acceso a la carrera judicial y fiscal a través del cuarto turno?

El cuarto turno, a diferencia del turno libre, es un proceso de selección que abre camino a juristas que cuentan con “más de diez años de ejercicio profesional”, como uno de los requisitos y méritos a valorar.

  • La valoración de méritos también cambiaría con la reforma. A día de hoy, valora tener el título o doctorado en Derecho, años de experiencia en la carrera judicial o abogacía, ser catedrático o profesor de derecho en la universidad, haber dictado resoluciones, escrito publicaciones jurídicas, realizado ponencias o participado en congresos, tener cursos de especialización superiores a las 300 horas y haber aprobado algún ejercicio del turno libre. 

  • De salir adelante tal cual está planteada, con la reforma, también se valorará, además de todos los criterios anteriores, haber ejercido en la carrera judicial como suplente o sustituto, tener experiencia en cargos como notario o registrador (teniendo el título de Derecho) y la “calidad jurídica” de las publicaciones jurídicas que se hayan publicado.

  • Además, quienes ingresaran en la carrera judicial por este proceso y lo aprobasen, se les reconocería automáticamente “cinco años de servicios prestados en la carrera judicial”

Según indicó Félix Bolaños, estos procesos de empleo público se realizarían de forma anual y simultánea, reservando una de cada cuatro vacantes para turno libre. Según el Gobierno, “el número de jueces y magistrados que provienen del cuarto turno está por debajo del 8%”.

También se recoge en el texto la introducción de un cuarto turno para entrar a la carrera fiscal. En la actualidad únicamente se puede acceder por oposición libre, pero en el texto a debatir se incluye el “concurso-oposición entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de experiencia profesional”

  • Según la reforma, a las pruebas escritas actuales, también se añadiría una prueba de “razonamiento” para “resolver casos prácticos”. 

  • Y en el nuevo “cuarto turno” de la carrera fiscal también se plantea añadir prueba escrita eliminatoria previa a la valoración de méritos.

¿Qué opinan las asociaciones judiciales y fiscales? Todas, excepto Juezas y Jueces para la Democracia, mostraron su rechazo a la reforma del cuarto turno. En el escrito comentan que “no respeta los principios de igualdad” de acceso y “posibilita un acceso discrecional arbitrario” al sistema judicial. Respecto al reconocimiento automático de “cinco años de servicios prestados”, las asociaciones indican en el escrito que lo que se hace es reconocer una “antigüedad ficticia”.

¿Qué indica la reforma sobre el proceso de estabilización extraordinaria de jueces y fiscales sustitutos?

El texto, aún pendiente de aprobar, incluye un proceso de estabilización extraordinaria de jueces y fiscales sustitutos. Este se haría por el método concurso-oposición, en línea con la ley de internos que aprobó el Gobierno en 2021, para hacer frente a la temporalidad del sector público, algo de lo que la Comisión Europea advirtió a España en julio y octubre de 2024.¿En qué consistiría este proceso? 

  • El texto detalla que el número de plazas las fijaría el Ministerio de Justicia en función de las “disponibilidades presupuestarias”, “necesidades estructurales” y “vacantes previsibles”. 

  • En este podrían participar quienes “acrediten tener al menos cinco años de ejercicio profesional”, que computará de forma diferente según el puesto al que se aspire. 

  • Las pruebas consistirán en la resolución de “un dictamen práctico relativo a un caso concreto relacionado con el derecho sustantivo y procesal en cualquier rama del Derecho”. 

¿Qué opinan las asociaciones judiciales? Todas las asociaciones judiciales, excepto Jueces y Juezas para la Democracia, critican que no establezca un número de plazas determinado y esté abierto a cualquier profesional, afirmando  que “no asegura la acreditación rigurosa de los conocimientos jurídicos necesarios” ni las “debidas garantías de transparencia”, tachándolo de “agravio comparativo respecto a los opositores” y de “erosionar los pilares constitucionales de mérito y capacidad”.

¿Qué propone la reforma sobre la financiación que reciben las asociaciones judiciales y fiscales?

De salir adelante la reforma, se prohibiría la financiación privada de las asociaciones judiciales y fiscales. El texto remitido al Congreso de los Diputados dice que “en ningún caso” podrán “aceptar o recibir aportaciones, contraprestaciones o donaciones privadas para su constitución, funcionamiento interno o para las actividades que desarrollen”. 

¿Y cómo se podrían financiar las asociaciones entonces? Se plantea un modelo de financiación pública a través de subvenciones públicas o becas; procedentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Estado, CCAA, ayuntamientos, o Unión Europea (UE), entre otras. En la financiación privada se continuaría permitiendo las cuotas de los asociados, los productos procedentes de su propio patrimonio o la contracción de préstamos. 

¿Qué opinan las asociaciones judiciales? Las asociaciones judiciales dicen que este cambio supondría “un ataque directo a su capacidad operativa”. Juezas y Jueces para la Democracia no incluyen ninguna consideración al respecto en el comunicado enviado a Maldita.es.

¿Qué otros cambios plantea la reforma de acceso a la carrera judicial y fiscal?

  • La Comisión de Ética de Judicial introduciría cuatro nuevos miembros elegidos en las Cortes. Con la reforma, este órgano se compondría de nueve miembros. Cinco serían “integrantes de la carrera judicial” que se elegirían por un proceso de elecciones. Y cuatro serían expertos en “Ética, Filosofía del Derecho o Filosofía Moral” que votarían las Cortes. En la actualidad se compone de siete miembros: seis de la carrera judicial que se encargan de nombrar a otro “no judicial” especializado en “Ética o Filosofía del Derecho”.

  • El Centro de Estudios Jurídicos tendría una función pública de preparación de oposiciones. Es un organismo del Ministerio de Justicia que da formación continua a personal de la Administración de Justicia, fiscales, abogados del Estado y policía judicial. En el texto se indica que podría realizar actividades y preparar a quienes opositen a la carrera judicial, fiscal, de abogacía del Estado o a puestos de letrados de la Administración de Justicia. También dice que impartirá cursos anualmente de igualdad, género, infancia, adolescencia y no discriminación. 

  • Se introduciría el voto telemático en las Salas de Gobierno de los tribunales, donde únicamente se podrá elegir a un único candidato por elector. Las Salas de Gobierno son los órganos de Gobierno colegiados que actúan dentro del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas. En la reforma, se dice que se introducirá “el voto electrónico”, impidiendo que cada “elector vote más de una vez” para evitar el voto delegado. 

¿Qué opinan las asociaciones judiciales? Todas las asociaciones judiciales, excepto Jueces y Juezas para la Democracia, se muestran en contra de todas las medidas anteriormente mencionadas. La nueva composición de la Comisión Judicial de Ética la califican de “configuración politizada”, la transformación del Centro de Estudios Jurídicos como un “evidente riesgo de control ideológico”, y el nuevo sistema de voto en las salas como “retroceso democrático”. 

  • La reforma también propone un nuevo sistema de becas. Irían destinadas para aquellas personas que quieran cursar la carrera judicial, fiscal, Abogacía del Estado o a ser letrado de la Administración de Justicia. Estarían dotadas con el salario mínimo interprofesional (SMI) que esté en vigor en ese momento y se podrán percibir por un periodo máximo de cuatro años. Es el único punto en el que todas las asociaciones judiciales de España se muestran de acuerdo. 

¿Qué se sabe de la reforma de la Fiscalía?

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, habló tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros del 13 de mayo de 2025 de otro anteproyecto para hacer cambios en las funciones y en los periodos de mandato de la Fiscalía. Pero a 12 de junio no se ha hecho público el texto, por lo que lo único que se sabe es lo que contó Bolaños.

Según dijo, este anteproyecto se aprobó en la primera vuelta en esa reunión del Consejo de Ministros y el Gobierno prevé que pueda llegar al Congreso “este verano” de 2025. También indicó que el plan es que modifique otras partes del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula el proceso que se sigue en España para juzgar a alguien y ver si ha cometido un delito o no [min. 17:23]. 

Maldita.es preguntó a través de una conversación telefónica al Ministerio de Justicia cuándo se hará público el contenido de esta reforma fiscal y se remitieron a las declaraciones del ministro, explicando lo mismo que anunció en la rueda de prensa del 13 de mayo.  

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita Victoria Rodríguez, experta en derecho.

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