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La última sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre hacer fijos a los interinos en España: avala que sean trabajadores indefinidos pero con condiciones

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Claves
  • El TJUE ha dictado una sentencia que dice que se puede contratar a un interino como un indefinido en la Administración Pública bajo determinadas condiciones
  • El Gobierno aprobó en 2021 una ley de interinos para hacer frente a la temporalidad, mientras que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo (TS) español atienden recursos de este tipo de empleados que solicitan convertirse en fijos, pero tienen visiones distintas
  • El TS no considera que los interinos puedan convertirse en indefinidos fijos, mientras que el TJUE cree que las medidas de la ley española para compensar a personas que sufren un abuso de temporalidad no son suficientes y deben convertirse en trabajadores fijos
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La ley de interinos de 2021, actualmente en vigor, estableció un máximo de tres años de interinidad para que un trabajador público pudiera hacerse funcionario tras superar unas oposiciones. De lo contrario, recibirá una indemnización. La última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), publicada en junio, es sobre un caso concreto que afecta a tres trabajadoras, en la que dice que se les puede contratar como trabajadores indefinidos, pero sin que esto signifique que sean trabajadores funcionarios, entre otras consideraciones.

Tras la sentencia europea, el Gobierno ha dicho que la ley de 2021 ya aborda “el problema de la temporalidad” de los funcionarios interinos. El Tribunal Supremo (TS) de España y el TJUE están pronunciándose sobre casos de trabajadores que terminan judicializados en torno a cómo interpretar esta norma. El TS dice que no se puede contratar a los interinos como fijos de forma automática, pero el TJUE ha dicho en sus sentencias que las medidas del Gobierno de España son insuficientes.

¿En qué situación están los trabajadores interinos en España?

Para entender la situación actual hay que tener en cuenta varias cuestiones:

  • El Gobierno de España aprobó en 2021 una ley de interinos con medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, que es la normativa que está en vigor y afecta a los trabajadores españoles

  • El Tribunal Supremo en España y el TJUE se están pronunciando sobre casos concretos de trabajadores interinos durante años, que aspiran a conseguir una plaza fija o una mayor compensación económica, y que han recurrido a estas instancias para lograrlo.

  • El Supremo indicó que el proceso que ha de seguir un trabajador interino para terminar como personal fijo ha de regirse por el principio de “igualdad, capacidad y mérito” y no se les puede convertir a estos trabajadores en fijos de forma automática.

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado este 13 de junio sobre un caso concreto que afecta a tres trabajadoras de la Dirección General de la Función Pública de la Generalitat de Cataluña, que han encadenado años de contratos laborales. Dicho tribunal considera que sí se les puede contratar como trabajadores indefinidos, pero esto no significa que adquieran las mismas condiciones que un trabajador funcionario

  • Con relación a esta última sentencia, el Gobierno de España, concretamente el ministro Escrivá, ha dicho que la ley que aprobaron en 2021 ya aborda “el problema de la temporalidad” de los funcionarios interinos

¿Qué dice la sentencia del TJUE sobre las condiciones con las que los interinos pueden fijar su plaza según la ley española?

La ley establece que las sentencias y autos del TJUE, con las que se crea jurisprudencia, son obligatorias desde el día de su pronunciamiento y notificación, por lo que terminan convirtiéndose en un criterio para interpretar la ley que aprobó el Gobierno en 2021.

La sentencia detalla que los interinos pueden pasar a ser trabajadores indefinidos siempre que las reglas por las que se les cese o despida sean las mismas que las de un funcionario de carrera, pero sin la necesidad de “adquirir la condición”

El fallo critica, sin oponerse a ello, que la legislación española aprobada en 2021 establezca que el trabajador interino tenga que esperar a la apertura de una convocatoria o proceso selectivo para ser contratado. Según el tribunal europeo, es una medida que “no resulta adecuada para sancionar debidamente los abusos”

También establece que la compensación económica que reciben los trabajadores cuando pierden su puesto de trabajo tampoco resulta “adecuada para sancionar debidamente” la situación, ya que establece una remuneración máxima de 20 días por año trabajado y 12 meses de compensación.

El TJUE también indica que “la conversión de estos contratos” de personas interinas se podría hacer dándoles un contrato a tiempo indefinido, pero que no implique contratarlos con las mismas condiciones que un funcionario. La sentencia dice que lo indicado se puede aplicar siempre y cuando “no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley”. Puedes consultar la sentencia al completo aquí.

¿Qué ha dicho el Gobierno de España sobre la última sentencia del TJUE sobre la fijeza de los interinos?

El ministro de Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha asegurado, en declaraciones recogidas por los medios, que:“La sentencia atañe a los tribunales y cómo tienen que resolver esos conflictos. Lo más importante es todo lo que hemos hecho y seguimos haciendo para, lo mismo que ha ocurrido en el ámbito del sector privado, donde hemos hecho una regresión extraordinaria de temporalidad y ahora estamos por debajo de niveles europeos, se consolide en el sector público de forma análoga”. 

El Gobierno ya tiene una ley y en esa ley ya nos anticipamos a abordar de una forma decisiva el problema de la temporalidad. Limitando los casos, limitando los tiempos, evitando los abusos y eso ya está en marcha. Lo importante es que estructuralmente no ocurra lo de estos años y, por tanto, nosotros estamos tomando medidas para que hacia adelante tengamos un marco estable de trabajadores y funcionarios públicos”.  

¿Entonces, qué es lo que está en vigor? ¿Cómo afectan estas decisiones a los trabajadores interinos?

Lo que está en vigor es la ley de interinos de 2021 y los tribunales se están pronunciando al respecto:

El Gobierno de España aprobó en 2021 una ley de interinos con medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. La norma establece que se podrá ser funcionario interino por un máximo de tres años, que los funcionarios podrían estabilizar su plaza a través de un proceso de oposiciones y quienes no hayan podido estabilizar su plaza recibirían una indemnización. El texto da como plazo máximo el 31 de diciembre de 2024 para que se hagan efectivas estas conversiones que, según palabras del ministro Escrivá, ya se han practicado al 75%. 

El TJUE publicó en febrero, tras ser preguntados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, una sentencia que estableció que España debía de convertir a su personal interino en personal fijo. El Tribunal Supremo rechazó la visión de la justicia europea y preguntó al TJUE cómo aplicar esta normativa, así como los límites legales que hay para hacer a los fijos a los interinos. 

Según El Confidencial, la sentencia que ha emitido el TJUE no es el movimiento definitivo a la hora de interpretar la ley de 2021 por los tribunales, ya que queda en manos del TS cómo interpretar el fallo europeo que indica que las medidas adoptadas por el Gobierno no son suficientes. El TJUE indica que el criterio del Tribunal Supremo sería contrario a la normativa europea y el TS ha de tenerlo en cuenta.

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