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MALDITA EXPLICA

Qué es la acusación popular durante un proceso judicial y quiénes la pueden ejercer

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Claves
  • La figura de la acusación popular permite a cualquier ciudadano o agrupación participar en la acusación en una causa judicial sin ser víctima directa del delito: debe mostrar un interés en la defensa de los derechos fundamentales y en el proceso
  • El primer paso es presentar una querella y si finalmente no hay delito y el juez considera que ha habido "mala fe" en la querella, la acusación popular debe pagar las costas
  • Con algunas excepciones, la acusación popular, una vez aceptada por el tribunal, tiene los mismos poderes que la Fiscalía o la acusación particular en el proceso judicial
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La acusación popular en España permite a cualquier ciudadano o entidad participar en juicios sin ser víctimas directas. Reconocida por la Constitución y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los expertos consultados por Maldita.es indican que es una figura jurídica “única” en Europa.

Para presentarse como acusación popular, primero hay que presentar una querella y, tras su aceptación, se adquieren poderes similares a la Fiscalía o la acusación particular. Existen restricciones y requisitos legales, como el pago de una fianza y la necesidad de demostrar interés en la causa y en defender derechos fundamentales.

La Constitución y la legislación española reconocen el derecho a que una persona física y jurídica participe en un juicio como acusación popular

La acusación popular permite a cualquiera participar en la acusación de un juicio, incluso si no se ha visto afectado como víctima por los delitos que se están juzgando o es una parte interesada. Se incluye a personas físicas y jurídicas:

  • Cualquier ciudadano de forma individual.

  • Una organización de personas de naturaleza pública y privada, como lo son un partido político, un sindicato, una asociación, una empresa, una sociedad o una fundación, entre otros. 

Es un derecho reconocido en la Constitución Española [art, 125] y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal [art. 101 y art. 270]. 

Fuente: captura de pantalla del artículo 125 de la Constitución Española.
Fuente: captura de pantalla de los artículos 101 y 207 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 

Josep Maria Tamarit, catedrático en Derecho Penal por la UOC, dice a Maldita.es que esta capacidad de personación se trata de una “particularidad del proceso penal en España”, ya que no existe una figura jurídica similar “en ningún Estado europeo”.

Quien o quienes decidan personarse en un proceso judicial mediante acusación popular han de hacerlo interponiendo una querella

El que lo decida ha de presentar en primer lugar una querella [art. 270] para ejercer la acusación popular. La querella que se presente tiene que incluir varios datos para que el tribunal sepa contra quién o a qué va dirigida la causa [art. 277].

En un mismo proceso judicial puede haber varias acusaciones populares. Lorenzo-Mateo Bujosa, catedrático de derecho procesal por la Universidad de Salamanca dice a Maldita.es que aunque se permita por ley [art. 113], para que “no se complique desproporcionadamente”, es conveniente que unifiquen en una “misma dirección y representación” siempre que se persigan unos mismos intereses y puntos de vista, tal y como indica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Sentencia 30/1981). 

Bujosa también indica que si una vez ya aceptada la querella, el juez no ve indicios de delitos, no se sigue adelante con el proceso judicial y se archiva la causa de forma definitiva (sobreseimiento libre) o a la espera de que puedan encontrarse nuevas pruebas (sobreseimiento provisional). En ese escenario, no se abriría un juicio oral.

Una vez el tribunal acepta la acusación popular, este tiene prácticamente los mismos poderes que la Fiscalía

Una vez el tribunal acepta la querella para ejercer la acusación popular, se pasa a ser parte de la acusación durante el proceso y se tienen, con algunas limitaciones, los mismos poderes que la Fiscalía o Ministerio Fiscal y la acusación particular. Desde ese momento se puede: 

  • Acceder a la información del sumario. José María de Pablo Hermida, experto en derecho penal, dice a Maldita.es que, de entre todos los que pueden ejercer este derecho, en el caso de los "partidos políticos que se personan como acusación popular", podría haber interés en acceder al sumario.

  • Pedir o aportar pruebas

  • Llamar a declarar a los testigos que se consideren oportunos. 

  • Calificar o argumentar los hechos, es decir, entrar a valorar con base a la ley si algo es un delito o no y por qué

  • Si no se está conforme con la sentencia del juez en un primer momento, la acusación particular puede elevar la causa a otros tribunales de mayor rango para continuar con el proceso judicial. 

  • Solicitar una determinada pena. Josep María Tamarit, catedrático de Derecho Penal en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), explica a Maldita.es que en ocasiones “es posible” que el tribunal imponga una pena más elevada de la que pide el Ministerio según lo que solicite la acusación popular.

Pero su capacidad de acción en un proceso judicial ha de estar fundamentada. La jurisprudencia del Tribunal Supremo lo indica a través de dos sentencias, popularmente conocidas como la doctrina Botín y la doctrina Atutxa

Javier Gustavo Fernández Teruelo, catedrático en Derecho Penal por la Universidad de Oviedo, dice a Maldita.es que la primera estableció que para que actúe la acusación se ha de demostrar el interés por perseguir un delito o defender los derechos fundamentales. Con la segunda, se establece que la acusación popular puede actuar, tras el visto bueno de un tribunal, independientemente de la acción de la Fiscalía.

La ley fija una fianza para hacer frente a las costas del proceso judicial llegado el caso

Si el tribunal considera que la acción que ha llevado la acusación popular ha sido infundada, con “mala fe” o “temeridad” [art. 240] es decir, sin las pruebas suficientes o es errónea, se le puede terminar condenando a costas. Jose Manuel Paredes Castañón, catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Oviedo, dice a Maldita.es que esto significa pagar todos los costes a todas las partes que se han visto afectadas por el proceso judicial [art. 241]. 

Lorenzo-Mateo Bujosa, catedrático de derecho procesal en la Universidad de Salamanca, dice a Maldita.es que “no es habitual” que esto ocurra. Bujosa detalla que esta mala praxis puede “apreciarse a lo largo de todo el proceso” pero las costas se han de pagar al final del proceso judicial, cuando el auto, resolución o la sentencia pongan “término a la causa o a cualquiera de los incidentes” [art. 239]. 

Si el juez ve que no hay ningún delito en la fase de instrucción, el proceso judicial terminaría con la causa archivada o sobreseída sin la necesidad de celebrarse un juicio. Iñaki Esparza Leibar, catedrático de derecho procesal en la Universidad del País Vasco, dice a Maldita.es que en ese caso el juez a través de ese auto o resolución indica cómo y quién paga las costas. “Será en función de la realidad que hay entre manos”, dice Esparza. 

Si el juez observa “mala fe” o “temeridad” [art. 240] en esta querella indicará en un “capítulo especial” dentro del auto o resolución que archiva o sobresee la causa si las costas las ha de asumir la acusación popular, explica Esparza. Lorenzo-Mateo Bujosa que en este supuesto, “salvo evidente mala fe, no hay condena en costas” a la acusación popular.

Por ello, quien decida actuar como acusación popular en un proceso judicial, por ley [art. 280], tiene que pagar una fianza ante el tribunal para demostrar que tiene la solvencia necesaria para hacer frente a un supuesto pago. 

La ley establece unas condiciones determinadas para que alguien se persone como acusación popular

Para personarse como acusación popular tiene que cumplir con los requisitos que aparecen en la Ley de Enjuiciamiento Criminal [art. 101 y art. 102], que son: 

  • Gozar de todos los derechos civiles.

  • Tener la nacionalidad española

  • No haber sido condenado anteriormente dos veces por un delito de calumnia. 

  • Ninguno de los integrantes que se personen en la causa ha de ser un juez o magistrado

También hay otras o cuestiones que el partido político ha de tener en cuenta en este:

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