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Novedades de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU): preguntas y respuestas

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Claves
  • Las tasas universitarias estarán topadas por ley: únicamente se podrán mantener igual o establecer bajadas progresivas en sus precios 
  • La presencia de profesorado temporal en plantilla pasa de un máximo del 40% al 8%
  • También se prohíben los colegios mayores que segregan por sexo en los campus universitarios públicos, se introducen nuevos requisitos para poder ser rector y se crean títulos universitarios de corta duración sin límite de edad en su acceso

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El Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) que introduce, entre otros, la limitación del precio de las tasas universitarias, una cuota máxima de profesorado temporal en las plantillas o la prohibición de los colegios mayores que segreguen por sexo dentro de los campus universitarios públicos. La LOSU es la tercera ley universitaria de España desde la aprobación de la actual Constitución, tras la Ley Orgánica de Universidades (LOU) de 2001 y la Ley de Reforma Universitaria (LRU) de 1983. La nueva norma está pendiente de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días.

¿Cómo se va a limitar el precio de las tasas universitarias?

La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) topa los precios de las tasas universitarias. Las comunidades autónomas serán las encargadas de fijar su precio con una contención o bajada progresiva. Según indica el artículo 57.4.b, "en el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial, los precios públicos y derechos serán fijados por la Comunidad Autónoma o Administración correspondiente, dentro de un marco general de contención o reducción progresiva de los precios públicos". De esta manera, los precios de los títulos de las universidades públicas únicamente podrán reducirse o mantenerse, pero nunca subir.

¿Cuál será el límite de profesores temporales en las universidades? ¿Qué figuras temporales de profesores se introducen?

Los profesores temporales estarán limitados a un 8% del total de la plantilla en cada universidad. La anterior norma topaba en un 40% la presencia de profesores temporales [art. 48.5, 6/2001]. El artículo 64.3 de la nueva norma (LOSU) establece que el "profesorado funcionario" será "mayoritario". Para ello, las figuras de "profesor asociado" y "profesor sustituto" estarán sujetas por ley con las siguientes características.

Según indica la nota de prensa del Ministerio de Universidades, "se recupera el sentido original de la figura de profesor asociado".

  • El artículo 79 de la LOSU detalla que los profesores asociados únicamente podrán desempeñar su función por un máximo de 120 horas por curso académico y no podrán realizar tareas de gestión y coordinación.
  • En el caso de los profesores sustitutos, el artículo 80 de la nueva ley detalla que su contratación dependerá exclusivamente de la sustitución del profesorado y su actividad docente "no podrá superar la asignada a la profesora o profesor sustituidos, ni podrá extenderse a actividades universitarias de otra naturaleza".

¿Cómo será la prohibición de los colegios mayores segregados?

Todos los colegios mayores públicos o privados adscritos a una universidad pública tendrán que ser de régimen mixto. La disposición adicional séptima de la LOSU indica que "los colegios mayores privados que tengan un régimen no mixto o segregado no podrán adscribirse a una universidad pública".

De esta manera, los centros como Colegio Mayor Elías Ahuja, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid y protagonista de un vídeo viral con gritos machistas, tendrán que convertirse en mixtos o salir del paraguas de un campus universitario público. La prohibición de estos centros no será inmediata, ya que la norma indica que los "convenios que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de esta Ley, podrán mantenerse hasta su vencimiento, pero no renovarse".

¿Qué requisitos se introducen para ser rector?

Para que una persona pueda ejercer como rector o rectora dentro de una universidad se deberán de reunir unos mínimos de experiencia profesional, docente o en el campo de la investigación.

El artículo 51.1 de la LOSU indica que se deberán de reunir una serie de méritos de "investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria". Los criterios mínimos, a falta de que los determinen en cada una de las universidades a través de sus estatutos, serán contar con "tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal" [art. 3, disposición transitoria tercera].

¿Qué nuevos títulos universitarios se establecen en la LOSU?

Las universidades públicas incluirán "microcredenciales, micromódulos y títulos de corta duración" que, según indica el Gobierno a través de una nota de prensa, están dirigidos a "todas las edades".

El artículo 7.5 de la LOSU detalla que la "formación a lo largo de la vida podrá desarrollarse mediante distintas modalidades de enseñanza, incluídas microcredenciales, micromódulos u otros programas de corta duración".

¿Qué es el "paro académico" que introduce la LOSU?

El paro académico es la paralización "total o parcial" de las actividades docentes. La nueva ley universitaria reconoce el derecho del estudiantado a realizarlos siempre que se respete "el derecho a la educación del resto de estudiantes. La declaración de estos paros competerá a los órganos de representación de los estudiantes” [art. 33.p].

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