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MALDITA EXPLICA

Me están suplantando la identidad en redes sociales o plataformas de citas: ¿qué puedo hacer y dónde debo denunciarlo?

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En Maldita.es estamos viendo continuamente cómo suplantan a usuarios en redes sociales para llevar a cabo infinidad de timos: se han hecho pasar por influencers como Maria Pombo, escritoras como Elvira Sastre o tiendas como Selva Monstera, intentando hacer creer al usuario que había ganado un sorteo para conseguir sus datos personales y bancarios. También hemos alertado de timos que se han llevado a cabo a través de Tinder y en los que la persona que comete el fraude utiliza fotos que coge de perfiles de Instagram de otras.

El primer paso: denúncialo a la red social en la que te suplantan y a las autoridades y no olvides recopilar pruebas

Si ves que alguien se está haciendo pasar por ti en alguna red social, es indispensable que recopiles tantas pruebas como puedas para poder demostrar que te están suplantando. Como explica la Oficina de Seguridad del Internauta (OSI), cada red social dispone de su propio apartado en el que puedes denunciar la existencia de perfiles falsos o casos de suplantación de identidad.

También las plataformas de citas como Tinder, Grindr o Happn cuentan con sus propias secciones de denuncia.

“Aunque pensemos que no es así, cada vez más las plataformas se preocupan de dar buena atención y mejorar estos espacios para dotarlas de mayor y mejor seguridad. Además, una plataforma poco segura no es reputacionalmente rentable”, explica a Maldita.es el abogado especializado en derecho y nuevas tecnologías y maldito que nos ha prestado sus superpoderes, Miguel Vieito Villar.

El abogado también recomienda contactar con la Brigada de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional, aunque en este caso no se estaría interponiendo una denuncia sino informando sobre la suplantación o las prácticas que se han llevado a cabo.

Por último, podemos “presentar una denuncia ante el juzgado o ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE)”, indica la abogada especializada en derecho digital, privacidad y protección de datos, Camino García.  En estos casos, aclara que es “muy importante la preservación de las pruebas y evidencias en las que se fundamente la denuncia”. Como veremos más adelante, también existe la posibilidad de interponer una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Hay que tener en cuenta que no es lo mismo que se hagan pasar por ti cogiéndote una foto para ponerla en el perfil de Tinder a que, además, están estafando a una persona en tu nombre o llevando a cabo cualquier otra infracción o acto delictivo. 

El delito que comete quien suplanta a otra persona puede variar en función de las acciones que lleve a cabo con esas imágenes o datos personales 

Como explica Camino García, “el uso de la imagen y/o datos personales de un tercero en redes sociales sin su consentimiento puede tener un impacto diferente en función de las acciones que acompañen al uso de los mismos”.

Aunque se puede denunciar a alguien porque use una foto nuestra en su perfil, si lleva a cabo prácticas ilegítimas desde ese perfil, como puede ser una estafa, “lo que se va a perseguir es la estafa, la foto no es relevante”, explica a Maldita.es Samuel Parra, abogado especializado en protección de datos en ePrivacidad.

Por otro lado, el artículo 401 del Código Penal contiene la figura de la usurpación civil y establece una pena de prisión de entre seis meses a tres años “para el que usurpare el estado civil del otro”. Pero como ya explicó a Maldita.es el catedrático de derecho penal de la Universidad de Oviedo, José Manuel Paredes, este artículo sólo contempla la usurpación de identidad cuando es completa, es decir, cuando una persona ocupa el lugar de otra “en la sociedad: en la familia, en el trabajo, etc”.

En estos casos en los que se suplanta la identidad en una red social o en una aplicación de citas, es decir, en los que una persona suplanta a otra “en determinados círculos de relación personal o profesional, ya sea de forma continuada en el tiempo o en una sola ocasión, quedan fuera del ámbito de aplicación del artículo 401 del Código Penal”, prosigue García. 

Con la abogada coincide Parra, quien considera que esta usurpación tal y como está expuesta en el artículo 401 del Código Penal “es muy complicada que se dé en redes sociales”. Un ejemplo: en 2010 la Audiencia Provincial de Segovia se pronunció sobre una persona que se hacía pasar por otra en la ya desaparecida red social Tuenti. El auto determinó que no podía “considerarse la conducta denunciada como constitutiva del delito imputado, pues aún admitiendo que el uso del perfil propio en una red social sea un derecho exclusivo de la persona que va más allá del derecho al uso del propio nombre, se trata de una actividad aislada dentro de la actividad usurpadora”. Alegaban que “no existió la completa asunción de la personalidad de la víctima, aunque esa asunción pudiera ser total en el marco limitado” de la red social.

También la Fiscalía General del Estado en su Memoria de 2020 expone que “en la generalidad de los supuestos, estas conductas de suplantación suelen quedar impunes, excepto que, en función del contenido o efecto de la acción, se den los requisitos típicos que permitan su sanción”.

La otra opción es la vía civil

No podemos olvidar, comenta Vieito Villar, que “los delitos, es decir, la vía penal no es la única para actuar contra un derecho contrario a la Ley”. Si una suplantación nos causa daño “podríamos vehiculizarla a una reclamación por la vía civil por daños al honor o a la propia imagen”, por ejemplo. Una vía que se puede utilizar si conocemos la identidad de la persona que nos está suplantando según explica el abogado.

Coincide con Villar el abogado especializado en protección de datos, Samuel Parra: “aunque penalmente no sea relevante, se puede llevar por lo civil”.

En resumen, la persona afectada “podrá exigir responsabilidades legales en caso de vulneración de su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen”, según lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, aclara García. 

Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

Otra opción es la de dirigirnos a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para poner en comunicación la utilización de nuestras fotos en redes sociales por parte de un tercero, como recomienda García. En este artículo te contamos cómo hacer la reclamación y en este otro lo que puedes hacer ante la difusión de imágenes íntimas o de carácter sexual en Internet.

De hecho, el año pasado la AEPD sancionó con 1.600 euros a un usuario de Tinder el cual puso en su perfil de esta plataforma fotos de otra persona y se hizo pasar por ella, tanto en Tinder como a través de WhatsApp. La víctima, tras ser advertido de la suplantación, decidió investigar y localizar a la persona que la llevó a cabo para, posteriormente, denunciarlo ante la Policía Nacional y poner una reclamación ante la AEPD.

En Maldita.es ya hemos visto casos similares: dos personas en Tinder que decían llamarse Arold y David utilizaron imágenes de un influencer para conquistar a chicas y pedirles dinero.

¿Qué podemos hacer para evitar que nos suplanten la identidad?

Aunque debido a las múltiples redes sociales que existen cualquier persona que esté en ellas puede ser víctima de una suplantación de identidad, podemos tomar precauciones para no ser un blanco fácil. Desde la OSI recomiendan:

  • Configurar los perfiles y hacerlos lo más privados posibles. De esta manera, explican, “se evita que usuarios desconocidos accedan a nuestra información personal”. Además, es importante que “antes de añadir a cualquier usuario como amigo” nos aseguremos de que esa persona es alguien conocido o quien dice ser, ya que “no es recomendable agregar a todo el mundo que nos envíe una petición de amistad”.
  •  Revisar la política de privacidad y las condiciones del servicio al que se está accediendo. Así podremos conocer qué uso hace la red social de nuestros datos, como los tratarán, almacenarán, si son compartidos con terceros, etc.
  • Usar contraseñas robustas para acceder al perfil de la red social. Para ellos puedes ayudarte de gestores de contraseña.
  • No compartir fotos o vídeos comprometedores. Los ciberdelincuentes pueden buscar este tipo de contenidos, para después extorsionar a las víctimas bajo la excusa de que si no hacen lo que se les pide, harán público el video. La sextorsión, como ya hemos explicado en Maldita.es, se puede dar de múltiples formas. 

Por otro lado, también es conveniente practicar el egosurfing de forma periódica. Esto es, buscarnos a nosotros mismos en Internet para ver qué se publica sobre nosotros y poder denunciarlo, en caso de que estén llevando a cabo prácticas ilícitas como la suplantación de identidad.

Si has sido víctima de una suplantación de identidad o se han hecho pasar por otra persona para timarte, puedes contarnos tu caso escribiéndonos a [email protected]

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito y experto en ciberseguridad, Miguel Vieito Villar.

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