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Consulta las medidas del estado de alarma y las restricciones de las comunidades autónomas: toques de queda, con cuántas personas puedes reunirte, cierres perimetrales...

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El estado de alarma aprobado en España el pasado 25 de octubre permite que las comunidades autónomas tomen, dentro del marco que permite el Estado, las medidas que crean necesarias para frenar la expansión del coronavirus. Pero cada comunidad autónoma está aplicando sus propias restricciones.

Toques de queda

El real decreto del estado de alarma, en su artículo 5, establece un toque de queda nocturno, que las comunidades autónomas pueden ajustar para que empiece entre las 22:00 horas y las 00:00 horas y para que termine entre las 05:00 horas y las 07:00 horas.*

Reuniones en exteriores, en bares y en casas

El estado de alarma también incorpora restricciones al número de personas que pueden juntarse en bares, en casa y por la calle. Fija un máximo de 6 personas, pero deja vía libre a las comunidades autónomas para ser más restrictivas. Así, algunas como Castilla y León,** han establecido un límite de 4 personas. Otras, como Madrid, permiten quedar a 6 personas en exteriores y en las terrazas de los bares (en el interior sólo a 4) pero prohíben reunirse en domicilios con no convivientes (aunque con excepciones, como ir a ver a tu pareja)*.

Cierres perimetrales

Otra de las medidas que permite el estado de alarma a una comunidad autónoma es cerrar todo su territorio. Todas las comunidades menos Madrid, Baleares y Canarias* están cerradas perimetralmente y, por lo tanto, sus ciudadanos no pueden salir de ellas menos por algunas excepciones, como pueden ser cuestiones laborales o el cuidado de personas dependientes.

Además, el estado de alarma también permite hacer cierres a niveles más pequeños que el autonómico. Así, País Vasco ha cerrado sus provincias* y, hasta hace unas semanas, Aragón también mantenía las provincias cerradas perimetralmente. Madrid sólo confina determinadas zonas de salud, que se renuevan cada semana.

Las comunidades autónomas pueden aplicar medidas adicionales a las que se enumeran en el estado de alarma. Por ejemplo, Andalucía ha restringido los horarios en los que los comercios están abiertos. ***

Consulta todas las medidas de las comunidades autónomas en la siguiente tabla:

*Actualizado el 20/02/2021 debido a los cambios en las restricciones de Castilla y León y Extremadura

**Actualizado el 22/02/2021 debido a los cambios en las restricciones de Castilla-La Mancha, Canarias y La Rioja

***Actualizado el 25/02/2021 debido a los cambios en las restricciones de Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Murcia, Navarra y Melilla

****Actualizado el 1/03/2021 debido a los cambios en las restricciones de la Comunidad Valenciana

***** Entrada actualizada a 5 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas en distintas comunidades autónomas.

****** Entrada actualizada a 12 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas en distintas comunidades autónomas.

******* Entrada actualizada a 16 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas en las comunidades de Cataluña y Comunidad Valenciana.

******** Entrada actualizada a 18 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas en algunas comunidades autónomas con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021.

********* Entrada actualizada a 22 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas entre el puente de San José y la Semana Santa

********* Entrada actualizada a 26 de marzo de 2021 para añadir las nuevas medidas vigentes en Semana Santa

********* Entrada actualizada a 9 de abril de 2021 para añadir las nuevas medidas vigentes tras Semana Santa

*********Entrada actualizada a 16 de abril para añadir las nuevas medidas vigentes.

(******) (*) Entrada actualizada a 22 de abril de 2021 para añadir las nuevas medidas vigentes en Andalucía, País Vasco, Galicia y Melilla.

(******) (**) Entrada actualizada a 26 de abril de 2021 para añadir las nuevas medidas vigentes en Asturias, Islas Baleares, Islas Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana y Galicia.

(******) (***) Entrada actualizada a 6 de mayo de 2021 para añadir las nuevas medidas vigentes en Aragón, Canarias, Extremadura, Galicia, País Vasco y La Rioja.


Primera fecha de publicación de este artículo: 05/02/2021

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