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MALDITA EXPLICA

El Gobierno designa al Fiscal General, pero... ¿de quién depende la Fiscalía?

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Meses más tarde del polémico "¿De quién depende la Fiscalía?" de Pedro Sánchez, la elección de la exministra Dolores Delgado como Fiscal General del Estado ha planteado el debate sobre la independencia política de este cargo. Las asociaciones de fiscales han defendido la independencia de la Fiscalía a raíz de unas palabras del Ministro de Consumo, Alberto Garzón, quien dijo que la Fiscalía "depende jerárquicamente" del Gobierno y que no es Poder Judicial, algo que es falso como ya os hemos contado en Maldito Dato.

En primer lugar, ¿qué es la Fiscalía?

La Fiscalía General del Estado (FGE) es el órgano que preside el Ministerio Fiscal. Y el Ministerio Fiscal, pese a que en su denominación aparezca la palabra "ministerio", no forma parte del Poder Ejecutivo. Se trata de una institución integrada dentro del Poder Judicial y su misión es la de defender los derechos de los ciudadanos, el interés público y velar por la independencia de los tribunales, según recoge el artículo 124 de la Constitución Española. Estas son las misiones de los fiscales, que pueden actuar de oficio (por iniciativa propia) o a petición de las víctimas, y que representan al "interés público" en los procesos judiciales.

El cargo de Fiscal General del Estado es propuesto por el Gobierno y nombrado por el Rey, aunque antes tiene que ser valorado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Después de la evaluación del CGPJ, la Comisión de Justicia del Congreso puede pedir la comparecencia del Fiscal General para valorar su idoneidad y, por último, debe tomar posesión del cargo ante el Tribunal Supremo. Hasta el nombramiento de Dolores Delgado ante el Supremo, la Fiscalía está dirigida por María José Segarra.

Este es el proceso de nombramiento, pero no puede ser elegido cualquiera. El candidato debe ser seleccionado "entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión" según dicta el Estatuto del Ministerio Fiscal en su artículo 29. Aunque también existen una serie de limitaciones.

Ni el Fiscal General ni ningún fiscal puede:

  • Pertenecer o trabajar en partidos políticos o sindicatos
  • Intervenir en elecciones (aparte del voto personal)
  • Dirigir felicitaciones o censuras a la administración pública
  • Ir a actos oficiales fuera del ejercicio de sus funciones

No es la primera vez que ocurre un nombramiento de un excargo del Gobierno. Ya ocurrió algo similar con Javier Moscoso, ministro de Presidencia con Felipe González, que fue nombrado Fiscal General del Estado en 1986 apenas dos meses después de dejar el cargo de ministro.

Puedes leer más aquí y aquí sobre las funciones del Ministerio Fiscal y aquí sobre cuestiones generales del organismo.

Existe un amplio debate sobre la independencia de la Fiscalía

¿De quién depende la Fiscalía? ¿Son los fiscales realmente independientes y autónomos? Por un lado, la figura del FGE es elegida por el Gobierno aunque deba pasar unos filtros posteriores en la elección: la valoración del CGPJ y la valoración por parte de la Comisión de Justicia del Congreso. Sin embargo, estos filtros no son vinculantes y su opinión no modifica el nombramiento. 

Las asociaciones de fiscales coinciden en que antes era incluso menos independiente, ya que el Fiscal General podía ser cesado por el Gobierno de turno. Pero esto cambió en 2007, cuando, bajo el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE), se reformó el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. En la reforma se establecieron varias causas de cese del Fiscal General del Estado [art. 31 del EOMF]: por voluntad propia, por incompatibilidades, por enfermedad o incapacidad, por incumplimiento reiterado de sus funciones o cuando cese el Gobierno que lo ha propuesto. Es decir, cuando acaba el mandato del Gobierno el FGE es cesado obligatoriamente.

Otros de los conflictos que plantea el Ministerio Fiscal es la dependencia jerárquica, que quiere decir que el FGE está en lo más alto de la jerarquía y puede dar órdenes internas al resto del Ministerio Fiscal con el fin de actuar uniformemente en todo el territorio español. Esta "estructura piramidal", en palabras de la presidenta de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), Teresa Peramato a Maldita.es, puede poner en cuestión la independencia política del organismo.

Para la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), este principio de dependencia jerárquica "se agota en el Fiscal General del Estado". Esto es, el Gobierno nombra al FGE, pero una vez que ha sido elegido no lo puede cesar ni ordenarle nada. 

¿Qué puede exigir el Gobierno?

Cuando una persona es nombrada Fiscal General del Estado no puede "recibir órdenes" del Gobierno. El trámite es el siguiente: el Gobierno puede solicitar a la Fiscalía que actúe en un tema determinado y la Fiscalía lo debe evaluar en la Junta de Fiscales de Sala, que es el órgano consultivo de mayor importancia. En la Junta de Fiscales, formada por 32 personas de la Carrera Fiscal (pues junta a gente de todos los niveles del Ministerio Fiscal), se emiten resoluciones que reflejan la opinión del Ministerio Fiscal y que han de ser "oídas" por el Fiscal General del Estado aunque no está obligado a cumplirlas.

La Junta de Fiscales de Sala es uno de los órganos que "sirven de contrapeso cuando no se está de acuerdo con las órdenes recibidas", según la presidenta de la UPF, pero carece de competencias ejecutivas, ya que el Fiscal General puede desoír a la Junta. 

El Gobierno tampoco puede pedir cualquier cosa a la Fiscalía. El capítulo IV del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que puede solicitar informes de actuación sobre cuestiones generales de la Administración de Justicia, pero no puede pedir información sobre procedimientos concretos en los que trabaje la Fiscalía ni promover acciones. Otra de las funciones que tiene la Junta de Fiscales es la de mejorar la transparencia, haciendo que consten por escrito todas las relaciones con el Poder Ejecutivo.

Propuestas y reflexiones

Teresa Peramato (UPF) opina que no hay una solución consensuada sobre cómo dotar de más autonomía a la Fiscalía para que no tenga vinculación con el Gobierno. De hecho, según ella, que Dolores Delgado sea nombrada por el Gobierno no es "una extravagancia" y explica que también ocurre en otros países como Francia, Portugal o Alemania.

La APIF, otra de las asociaciones de fiscales, propone reforzar la intervención parlamentaria en la elección del FGE estableciendo un filtro de una "importante mayoría parlamentaria" con el fin de "aumentar las posibilidades de oponer un criterio profesional a decisiones de perfiles jurídico-políticos que provengan de la jerarquía de la Fiscalía".

En cuanto a los contrapesos internos, la Asociación de Fiscales (AF) estima que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal no dota a los fiscales de mecanismos internos para resolver discrepancias con las órdenes recibidas por considerarlas improcedentes o ilegales. Para Peramato (UPF) una posible solución para dar más autonomía al Ministerio Fiscal sería dar más capacidades a la Junta de Fiscales de Sala

La AF también considera que la reforma de 2007 impidió la posibilidad de que el Gobierno pueda cesar al FGE en cualquier momento, pero creen que se debería dar un paso más. Por ello, desde esta asociación proponen derogar una de las causas de cese: que el FGE cese obligatoriamente cuando acabe el mandato del Gobierno que lo propuso ya que consideran que esta medida "merma mucho" la imagen de la independencia y abogan porque sea independiente del periodo legislativo.

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