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MALDITA EXPLICA

La desinformación: uno de los motivos que nos puede hacer pagar más en la factura de la electricidad

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El pasado 6 de octubre, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó el Informe de Supervisión de los servicios telefónicos de atención al cliente de empresas comercializadoras de electricidad y gas en el que analizaba la calidad de los servicios telefónicos de atención al cliente de los principales grupos de electricidad y gas, esto es, altas o bajas, contrataciones, modificaciones en la contratación, reclamaciones, o resolución de incidencias de tipo técnico, comercial o administrativo. 

Los resultados del estudio mostraban que sólo en el 55% de los casos la comercializadora informó verbalmente al supuesto cliente sobre las penalizaciones en caso de cancelación anticipada del contrato, y en menos de la mitad de las llamadas que comprobaron si el cliente tenía derecho a recibir el bono social percibieron falta de información sobre la pérdida del derecho al mismo.

La CNMC ya lo advirtió el año pasado en otro informe que publicó sobre el Panel de hogares de electricidad y gas: “entre los hogares españoles hay un profundo desconocimiento sobre la existencia de un mercado libre y un mercado regulado con precios de luz y gas diferentes”. Este desconocimiento se traduce en que más de la mitad de los hogares españoles, es decir, 3 de cada 5 hogares, desconocen si su compañía de electricidad pertenece al mercado libre o al mercado regulado.

De acuerdo con la opinión de los expertos, esta desinformación por parte de los ciudadanos puede llevarlos a pagar más en la factura de la electricidad. 

¿Por qué estaríamos pagando más?

Según el ingeniero industrial Jorge Morales de Labra con quien ha hablado Maldita.es, esta desinformación por parte de los consumidores hace que “las comercializadoras no ofrezcan toda la información que debe recibir el consumidor y le inducen a pagar unas tarifas más caras que las oficiales”, es decir, las reguladas por el Estado.

Otro motivo para pagar más, apunta Patricia Torres, ingeniera eléctrica especialista en automatización industrial, es que “la factura de la energía en sí es muy confusa para el ciudadano promedio que no sabe cómo funciona el sistema de subasta de energía y las empresas comercializadoras se benefician de este hecho ofreciendo “paquetes” de energía contratada que no se ajustan a los consumos reales del usuario, por lo que es normal que estos paguen por una cantidad de energía que no usan”.

Para ello, la solución que ofrecen ambos es que el consumidor entienda el funcionamiento del mercado. Esto se puede impulsar, según Torres, mediante la creación de iniciativas de divulgación desde los ayuntamientos con el fin de educar a los consumidores en el uso racional de la energía que consumen los electrodomésticos que tenemos en casa. Es decir, darle al ciudadano las herramientas necesarias para que pueda elegir con libertad la comercializadora que quiere contratar.

¿Cómo funciona el mercado de la electricidad? Las tres figuras existentes en el proceso de la energía eléctrica

Como explicó Morales de Labra el pasado domingo 11 de octubre en la Cadena Ser, desde que se produce la energía eléctrica hasta que llega a casa o a cualquier otro punto, actúan tres figuras básicas que es importante que entendamos [55:33]. En primer lugar, se encuentran las empresas que generan la energía, cuyo mercado está liberalizado, es decir, no existe un monopolio. No obstante, como ciudadanos no tenemos capacidad de decisión sobre qué empresa produce la energía que consumimos. 

En segundo lugar intervienen el transporte y la distribución de la energía. Por un lado, Red Eléctrica de España (REE) es la empresa que tiene el monopolio del transporte de la energía eléctrica, mientras que de la distribución de la misma se encargan alrededor de 300 empresas que trabajan en régimen semi-público. Esto quiere decir que son compañías privadas que actúan en monopolio, en una zona determinada, es decir, cada distribuidora tiene un monopolio zonal. De esas 300 distribuidoras, 5 de ellas copan más del 80% del mercado, según la CNMC. Estas compañías tienen unas reglas y unos precios regulados, que se encuentran recogidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Por último, se encuentran las comercializadoras, es decir, la empresa eléctrica que compra la electricidad a un productor y mediante la utilización de los cables, nos hace llegar la electricidad a casa, es decir, te la vende y te hace llegar una factura. Esta es la única figura de las tres sobre la que los consumidores tenemos capacidad de decisión, esto es, podemos elegir qué suministradora queremos que nos haga llegar la luz a casa o a cualquier otro lugar y pagarle por el servicio.

¿Qué son las comercializadoras de referencia y las comercializadoras libres?

El mercado de las comercializadoras de electricidad en España se divide en dos: comercializadoras de referencia y de mercado libre, ¿sabrías decir a qué tipo pertenece la tuya?

Fue en 1997 cuando se inició el proceso de liberalización progresiva del mercado de la energía mediante la apertura de las redes a terceros, el establecimiento de un mercado organizado de negociación de la energía y la reducción de la intervención pública en la gestión del sistema, que culminó en 2009. Este cambio se traduce en que podemos elegir la comercializadora que más nos guste, y pagar un precio u otro. Pero para ello, es necesario que conozcamos las distintas opciones.

Las comercializadoras de referencia son aquellas que operan en el mercado regulado en España, esto es, venden la energía con una tarifa regulada y fijada por el Gobierno, denominada PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor). Estas comercializadoras no exigen un mínimo de permanencia y sólo se puede contratar hasta 10kW como máxima potencia. Actualmente, en España existen ocho suministradores o comercializadoras de referencia.

El precio de las comercializadoras de referencia es variable, es decir, se regula cada hora según la metodología de cálculo establecida en el Real Decreto 216/2014 y está sujeta a la ley de la oferta y la demanda del mercado mayorista de la electricidad. Esto es, en verano, al haber menos demanda, baja el precio y en invierno sube, por la subida de la demanda energética de los consumidores.

De igual forma, al variar el precio de la luz cada hora, pagaremos lo que consumamos en un momento determinado, al precio en el que esté la luz a esa determinada hora. Este precio puede verse en la web de Red Eléctrica Española. Además, si estamos acogidos al PVPC, podemos utilizar el simulador de la factura de electricidad que la CNMC pone a disposición de los usuarios, si quieren comprobar el gasto estimado que pagarán en la próxima factura.

No obstante, estas comercializadoras también están obligadas a ofrecer tarifas de precios fijos, como alternativa al precio variable del PVPC, y este precio fijo será establecido libremente por cada empresa comercializadora. Sin embargo, deberán indicar en las facturas los precios de los peajes, los kW por hora y otros costes de suministros que informen al cliente del precio que paga por cada cosa.

Otro elemento a tener en cuenta es que las comercializadoras de referencia son compatibles con las tarifas de discriminación horaria, esto es, una tarifa de luz por horas, en el que el precio de la misma es más bajo por la noche que por el día, que pasa a ser más cara de lo habitual. 

Por último, aquellas personas que quieran acogerse al bono social eléctrico, es decir, a un descuento en la factura eléctrica, fijado por el Gobierno, con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables, tendrán que tener en cuenta que sólo podrán hacerlo si tienen un contrato con una comercializadora de referencia o que, en el caso de que esté en una comercializadora libre, acepte cambiarse.

Las comercializadoras libres, por su parte, poseen total libertad para ofrecer diferentes precios, ofertas y planes promocionales, tiempo de permanencia o servicios adicionales,de forma que el consumidor opte por la que más le convenga. Estas también ofrecen tarifas de discriminación horaria.

El precio en este caso es fijo, según lo que disponga el contrato, a diferencia de la variabilidad de precios que ofrecen las comercializadoras de referencia. No obstante, según indica Morales de Labra, esto no quiere decir que vayamos a pagar menos, sino que conocemos el precio con antelación.   

El precio variable no tiene por qué ser más caro que el precio fijo

De hecho, si nos fijamos en el último informe de la CNMC, relativo a ofertas de suministro de gas y electricidad para consumidores domésticos y pymes, publicado a finales de 2018, de 98 ofertas analizadas, 81 estaban por encima del precio oficial fijado por el Gobierno y sólo 17 por debajo.

De igual forma ocurre en el gráfico de abajo, correspondiente al mismo informe, donde la línea negra representa la oferta oficial y la naranja las ofertas de comercializadoras libres, mayoritariamente por encima del precio oficial. Por lo tanto, es conveniente tener en cuenta que el precio variable no tiene por qué ser más caro que el precio fijo.

En este sentido, el ingeniero industrial Jorge Morales de Labra, explica que esto se debe, mayoritariamente, “a un problema de información y de formación del consumidor” que no entiende el recibo de la luz ni el funcionamiento del sector, por lo que “aceptan ofertas de precio fijo en las que te hacen un 25% de descuento sobre un precio de 200, cuando el precio oficial es de 100, es decir, una oferta por ser fija no es más barata”.

Requisitos a tener en cuenta si deseamos cambiar de comercializadora

Si no estamos contentos con el servicio que nos ofrece nuestra suministradora o pensamos que podemos pagar menos de lo que ya pagamos por nuestra factura de la luz, podemos optar por cambiarnos a otra compañía, sin necesidad de cambiar ningún aparato, como sí ocurre cuando nos cambiamos de compañía de internet, por ejemplo. Además, el cambio es gratuito, siempre y cuando no tengas vigente ningún contrato con la compañía que deseas abandonar.

Para ello, es importante que tengas en cuenta las recomendaciones de la CNMC:

  • Compare los precios y los servicios que ofrecen las distintas compañías, al menos en dos de ellas.
  • Infórmese si tiene derecho al bono social eléctrico, que ofrece la tarifa eléctrica más económica para los consumidores vulnerables.
  • Antes de decidirse por una oferta, lea atentamente las condiciones del contrato. En particular, busque si el contrato incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales. Examine también cuáles son las condiciones de revisión de los precios e infórmese sobre cuál es el procedimiento para efectuar una reclamación.
  • Examine si el contrato tiene compromisos de permanencia. Evite los contratos que incluyan penalizaciones económicas por su cancelación.
  • Si recibe una llamada telefónica, no debe sentirse presionado. No facilite al vendedor sus datos bancarios ni sus datos personales si no está realmente seguro de realizar un cambio de contrato. 
  • Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor.
  • Si realiza la contratación por internet, guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.
  • En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial (ventas por teléfono o por internet), tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación. El vendedor está obligado a informarle del procedimiento a seguir.
  • Compare periódicamente su oferta con otras disponibles en el mercado, en particular, cuando su suministrador le revise los precios del contrato. Asesórese sobre la potencia a contratar y sobre la tarifa eléctrica con discriminación horaria.

El CNMC tiene a disposición de los usuarios el Comparador de Ofertas de Energía, para comparar ofertas de distintas suministradoras, en función de las necesidades de cada persona y de los kW que quiera contratar. No obstante, este comparador solo ofrece ofertas de precios fijos, por lo que las comercializadoras de referencia, al tener precios variables, no aparecen. Sólo aparecerán aquellas ofertas de comercializadoras de referencia que ofrezcan la alternativa a los precios PVPC, es decir, que ofrezcan precios fijos.

Otros consejos para ahorrar en tu factura de la electricidad

Carlos Manuel Gago, ingeniero consultor en energía y medio ambiente, considera que a esas recomendaciones de la CNMC también habría que añadir otras como: observar la potencia que tenemos contratada, que no sea mayor a la que realmente consumimos. En un hogar medio de unas cuatro personas, asegura que la potencia suele oscilar entre los 3,45 kW y los 4,5 kW. 

También sugiere tener en cuenta el horario en el utilizamos determinados electrodomésticos, sobre todo, si utilizamos equipos de resistencia eléctrica como una estufa, una lavadora, un termo eléctrico o la vitrocerámica.

En este sentido, aconseja acogerse a las tarifas de discriminación horarias. Estas pueden contratarse en dos o tres períodos: punta (de 13:00 a 23:00), valle (de 23:00 a 01:00 y de 07:00 a 13:00) y supervalle (de 01:00 a 07:00). La tarifa supervalle es la más barata, seguida de la valle y de la punta, siendo esta última la más cara de las tres. Para ello, Gago recomienda poner en marcha determinados electrodomésticos, como puede ser calentar el agua del termo eléctrico o poner lavadoras, en horas valle, una vez contratada la tarifa de discriminación horaria.


En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita, Patricia Torres, ingeniera eléctrica.

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Primera fecha de publicación de este artículo:16/10/2020

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