Aos Fatos añade que una teoría similar circuló en redes sociales en 2020 y el Tribunal Electoral Superior (TSE) lo negó. Además de explicar la variable de la no modificación del domicilio electoral de los que se trasladan de lugar de residencia, en aquel momento indicaron que la diferencia también podría deberse a estadísticas desactualizadas de los censos de población del IBGE.
En relación a las teorías difundidas sobre si estos electores “extra” son votos emitidos en nombre de personas fallecidas o niños, Aos Fatos explica que, según la ley, solo las personas mayores de 16 años pueden tener una tarjeta de registro de votante, lo que impide que los menores se registren para votar, y que, en cuanto a los votantes fallecidos, las oficinas del registro civil informan mensualmente a las oficinas electorales sobre el número de fallecimientos ocurridos el mes anterior. Por lo tanto, el registro de votantes de las personas fallecidas se cancela automáticamente.