El reglamento europeo fijó para el 12 de agosto de 2026 la fecha máxima para que los Estados miembros “establezcan una etiqueta armonizada y unas especificaciones para los requisitos de etiquetado” de los envases y determinen el “método para determinar la composición de materiales” de determinados envases” [artículos 12.6 y 12.7].
La activación del SDDR se debe a que en 2023 España incumplió el objetivo de recogida separada de botellas de plástico que marcaba la ley de residuos estatal: solo se recogió de forma separada el 41,3% de las botellas de plástico introducidas en el mercado, cuando el objetivo marcado por la normativa estatal era alcanzar el 70%.
Estos resultados de reciclaje se presentaron en noviembre de 2024 y, entonces, se inició el contador de dos años para el despliegue total del SDDR que marca la ley; y esto lleva a noviembre de 2026. Hemos preguntado al Ministerio para la Transición Ecológica sobre el calendario del despliegue de este sistema, pero a 14 de agosto de 2026 no hemos recibido respuesta.
Aunque el Reglamento europeo solo obliga a incluir botellas de plástico y latas de hasta tres litros en el sistema de depósito, el diseño español del SDDR sí que contempla incorporar también los envases de cartón (bricks) para bebidas, según recoge el Real Decreto 1055/2022.