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Qué sabemos sobre la orden de embargo del Instituto Cervantes en Utrecht (Países Bajos)

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El Instituto Cervantes en Utrecht (Países Bajos) fue objeto de una orden de embargo dictada el 19 de marzo de 2026 tras una decisión judicial que autorizó cobrar la deuda que España tenía con Eurus Energy (vinculada a Toyota) por recortes en las ayudas que ofrecía a inversores en renovables. Eurus Energy niega tener ninguna participación en el caso del Instituto Cervantes. Quien reclama cobrar la deuda es el fondo Blasket Renewable Investments. El 1 de junio, el Instituto Cervantes publicó un tuit negando que el fondo hubiera “tomado posesión del edificio”. El 3 de junio, el Gobierno neerlandés ordenó levantar la orden de embargo por ser “incompatible con las obligaciones internacionales del Estado”. Este Gobierno indica que el edificio es propiedad de un Estado extranjero destinado a “fines públicos”, lo que le da inmunidad de ejecución. El 21 de julio de 2026, el Tribunal de Distrito de Róterdam confirmó judicialmente esa postura y ordenó el levantamiento del embargo por errores en el proceso de notificación del embargo, aunque la sentencia puede recurrirse.

Además, el levantamiento de la orden de embargo fue recurrida por el agente judicial que la ordenó en un primer momento. El Tribunal de Distrito de los Países Bajos Centrales en Utrecht, pendiente de este asunto, ha indicado a Maldita.es que la vista está prevista para el 7 de septiembre de 2026.
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4/28/26
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«Países Bajos embarga a España el Instituto Cervantes de Utrecht por impagos del Gobierno a Toyota»

La Justicia de Países Bajos ha embargado a España el edificio del Instituto Cervantes en Utrecht por los impagos a las renovables del Gobierno de Sánchez, en este caso a una filial de Toyota. En concreto, la decisión está vinculada al impago de la deuda que arrastra el Ejecutivo por el caso Eurus, filial de energía de la compañía japonesa. Ahora, los impagos de las indemnizaciones reconocidas a las empresas afectadas por el recorte de las primas renovables han motivado el embargo de este inmueble. https://okdiario.com/economia/energia/paises-bajos-embarga-espana-instituto-cervantes-utrecht-impagos-del-gobierno-toyota-16685746
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El origen de la orden de embargo está en Eurus Energy, que ganó una demanda contra España ante un tribunal internacional por los recortes retroactivos que hizo el Gobierno español a los incentivos económicos que ofrecía a los inversores en renovables en el país. El tribunal obligó a España a pagar 106,2 millones de euros más intereses a Eurus Energy. El 19 de marzo de 2026, el Tribunal de Distrito de La Haya autorizó que se pudiera cobrar esa deuda, lo que permitió a un agente judicial holandés aprobar la orden de embargo (medida de ejecución) sobre el edificio de la sede del Instituto Cervantes en Utrecht, por ser una propiedad del Estado español en Países Bajos. Eurus Energy explica a Maldita.es que la empresa no tiene ninguna implicación en las actuaciones relativas al edificio y que la sentencia del caso Eurus Energy contra España “fue asignada” a Blasket Renewable Investments, un fondo de inversión, el mismo que reclamó al Tribunal de Distrito de La Haya cobrar la deuda que tenía España con Eurus Energy. La sentencia del 21 de julio de 2026 del Tribunal de Róterdam confirma que la cesión de los derechos sobre el laudo a Blasket Renewable Investments se formalizó el 28 de agosto de 2025. El Ministerio para la Transición Ecológica explica que fondos como Blasket Renewable Investments “han comprado los laudos (sentencias de tribunales arbitrales) contra España y tratan de ejecutarlos”. 

La orden del levantamiento del embargo por parte del Gobierno neerlandés se explica por un mecanismo legal que no existe en España, donde solo un juez puede revocar un embargo. En Países Bajos, el agente judicial (o bailiff) es quien ejecuta materialmente los embargos tras la autorización de un tribunal, pero no forma parte del juzgado. La ley que regula su actividad permite al Ministerio de Justicia declarar que una actuación de un agente judicial es contraria a las obligaciones internacionales del Estado (por ejemplo, si afecta a bienes de un Estado extranjero protegidos por la inmunidad soberana, como ocurre con sedes diplomáticas o culturales). Esto impide que la actuación se lleve a cabo o, si esta ya se ha realizado, revocarla [Artículo 3a]. 

España ha emprendido acciones legales en Países Bajos para impedir que se ejecute la orden, argumentando que pagarla es contrario al derecho de la Unión Europea y que el edificio del Instituto Cervantes en Utrecht, al ser propiedad del Estado, tiene “inmunidad” y no puede ser embargado, según explicó el Ministerio de la Presidencia: “Se defiende la inmunidad de ejecución del inmueble, mediante un procedimiento sumario ante el Tribunal de Distrito de Róterdam en el que la Comisión Europea intervenía apoyando la posición española”.

El 21 de julio de 2026, el Tribunal de Distrito de Róterdam dictó sentencia y ordenó levantar el embargo, con dos fundamentos principales:

  • Nulidad de la ejecución por defecto de notificación. El tribunal considera que Blasket no entregó a España una copia oficial certificada de la resolución del Tribunal de Distrito de La Haya que autorizaba la ejecución del embargo, algo que señala que exige el Código Procesal Civil neerlandés. El documento que se entregó a España era una traducción al inglés sin sello ni firma de traductor jurado, sobre la que se había pegado una copia del sello certificado y de las firmas del juez y de la secretaria judicial de La Haya. El Tribunal de Rotterdam considera que, con el hecho de que el embargo se dictara sin oír a España, la falta de notificación correcta le causó indefensión al Estado, y concluye que la ejecución fue nula

  • Inmunidad de ejecución del inmueble. El tribunal recuerda que los bienes de un Estado extranjero solo pueden embargarse si se demuestra que no se usan ni se destinan a fines públicos. El Instituto Cervantes es una entidad pública sin ánimo de lucro adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores español, con la misión legal de promover la enseñanza, el estudio y el uso del español y difundir la cultura española en el exterior. El tribunal concluye que el hecho de que el edificio se alquile en ocasiones a terceros para conciertos, catas de vino, proyecciones de cine o clases de español a precio de mercado no cambia su naturaleza, porque los ingresos de esas actividades revierten en el Instituto Cervantes y sirven a su función pública

El tribunal rechazó, en cambio, la petición de España de que se prohibiera con carácter general a Blasket seguir ejecutando los laudos en Países Bajos, por considerarla insuficientemente justificada y porque la situación podría cambiar tras la decisión de la CE sobre la ayuda de Estado. Tampoco accedió a suspender “toda forma de ejecución” de los laudos, al no constar que Blasket hubiera adoptado otras medidas de ejecución que pudieran suspenderse. 

Se trata de una resolución de un procedimiento de urgencia (kort geding): tiene efectos inmediatos y el embargo está levantado, pero es una decisión provisional. Un tribunal neerlandés podría todavía pronunciarse de forma definitiva sobre el fondo del asunto en un procedimiento ordinario, y la propia sentencia puede recurrirse en apelación.

El Ministerio de la Presidencia explica que la resolución del Gobierno neerlandés que ordenó levantar la orden de embargo y que reconoce la inmunidad del edificio del Instituto Cervantes en Utrecht fue recurrida por el propio agente judicial que la ordenó. Según explica el mismo Ministerio, el asunto sigue pendiente ante el Tribunal de Distrito de los Países Bajos Centrales en Utrecht, que ha indicado a Maldita.es que la vista está prevista para el 7 de septiembre de 2026. El Ministerio señala que ningún tribunal ha dictado ninguna resolución judicial que cambie la titularidad, posesión o uso del edificio, y el Instituto Cervantes afirma que la actividad del centro continúa con “total normalidad”

Hemos preguntado al Tribunal de Distrito de La Haya sobre los procesos abiertos en relación con el caso del Instituto Cervantes, pero a 31 de julio de 2026 no hemos recibido respuesta.