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Qué implica que el Mar Menor tenga personalidad jurídica

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El 3 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca tras recoger los promotores de esta iniciativa legislativa popular (ILP) 639.826 firmas para ser tramitada en el Congreso de los Diputados y el Senado. Os explicamos qué implica esta ley.

Con la nueva norma, según sus promotores, el Mar Menor en la Región de Murcia se convierte en un “sujeto de derecho para cumplir un objetivo social sin ánimo de lucro y en el que todos los ciudadanos podrán exigir ante los tribunales la reparación a los responsables de los daños producidos en la laguna”.

Qué significa dar personalidad jurídica al Mar Menor

Según el preámbulo, la ley busca dotar al Mar Menor de “una carta de derechos propios” para garantizar “su protección para las generaciones futuras”. También permite una “gobernanza autónoma” de esta laguna costera, entendida como “un ecosistema merecedor de protección en sí mismo”.

En concreto, la ley reconoce al Mar Menor como un “sujeto de derechos” incluyendo no sólo la zona donde está situada la laguna costera sino también a los acuíferos que se conectan con ella y que pueden afectar a su “estabilidad ecológica”. Los cuatro derechos que reconoce son el derecho a existir y a evolucionar naturalmente, a la protección, a la conservación y a la restauración.

Al dotar de personalidad jurídica al Mar Menor, cualquier persona física o jurídica “está legitimada” para defender su ecosistema y “puede hacer valer los derechos y las prohibiciones” de la ley ante la Justicia y la Administración Pública. La ley también obliga a la Administración Pública a desarrollar políticas públicas de prevención, alerta temprana, protección y precaución “para evitar que las actividades humanas conduzcan a la extinción de la biodiversidad del Mar Menor”, a promover campañas de concienciación social sobre los peligros ambientales de la laguna costera y a educar en los beneficios que su protección aporta a la sociedad.

También está obligada a realizar estudios periódicos sobre el estado del ecosistema del Mar Menor y hacer un mapa de los riesgos actuales y posibles, a restringir “de forma inmediata” las actividades que puedan conducir a la extinción de especies y la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales y prohibir o limitar la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio biológico del Mar Menor.

La laguna estará representada y vigilada por tres comités que incluyen a científicos, ciudadanos, miembros de la administración y sectores económicos y sociales

El Mar Menor estará representado por un Comité de Representantes, una Comisión de Seguimiento y un Comité Científico. El Comité de Representantes lo formarán 13 miembros: tres por la Administración General del Estado, tres por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y siete por la ciudadanía, que en una fase inicial serán los miembros del Grupo Promotor de la ILP. Sus funciones incluyen la propuesta de acciones de protección, conservación, mantenimiento y restauración de la laguna, así como vigilar y controlar el cumplimiento de los derechos de la laguna y su cuenca.

La Comisión de Seguimiento (los “guardianes y guardianas”, como los llama la ley) estará formada por una persona titular y una suplente en representación de cada uno de los ocho municipios ribereños (Cartagena, Los Alcázares, San Javier, San Pedro del Pinatar, Fuente Álamo, La Unión, Murcia y Torre Pacheco) y de cada uno de estos sectores económicos, sociales y de defensa medioambiental: asociaciones empresariales, sindicales, vecinales, de pesca, agrarias, ganaderas (incluyendo agricultura y ganadería ecológica y/o tradicional), de defensa medioambiental, de lucha por la igualdad de género y juveniles. Estas personas deberán tener una “trayectoria previa en la defensa del ecosistema del Mar Menor” y renovarán su mandato cada cuatro años. Las actividades de esta comisión serán la difusión de información sobre esta ley, el seguimiento y control del respeto a los derechos de la laguna y su cuenca y la información sobre el cumplimiento de esta ley.

Por último, el Comité Científico lo integrarán científicos y expertos “independientes especializados en el estudio del Mar Menor” propuestos por las Universidades de Murcia

y Alicante, por el Instituto Español de Oceanografía-Centro Oceanográfico de Murcia,

por la Sociedad Ibérica de Ecología y por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Lo harán por un periodo de cuatro años renovable y sin remuneración. Sus funciones son asesorar al Comité de Representantes y la Comisión de Seguimiento e identificar indicadores sobre el estado ecológico del ecosistema, sus riesgos y las medidas adecuadas de restauración, que comunicará a la Comisión de Seguimiento.

Según la ley, estos tres órganos formarán la Tutoría del Mar Menor, aunque el texto no da detalles sobre si esta tutoría es otro órgano específico o en qué consiste.

Una abogada ambiental consultada por ‘Maldita.es’ considera que la ley puede tener problemas de aplicación

“Cuando se hace un daño ambiental, o hay una voluntad política de todas las administraciones implicadas y de forma coordinada o no hay forma de recuperarlo”, valora a Maldita.es la abogada ambientalista María Ángeles López Lax. Para la experta, la ley que dota de personalidad jurídica al Mar Menor implica una mejora. Pero destaca que una ley como esta que “nace sin presupuesto ni reglamento es muy difícil de cumplir”.

Según López Lax, uno de los problemas del Mar Menor es una descoordinación entre administraciones con diferentes competencias y la ley supone “un instrumento de coordinación interadministrativa”. No obstante, señala que “ya existen en el ordenamiento jurídico herramientas para coordinarse entre administraciones”. La abogada señala que el régimen de usos y aplicación de nitratos en agricultura es de competencia autonómica, la vigilancia de las aguas por contaminación de nitratos es estatal y los vertidos de las aguas residuales e industriales de los municipios son de competencia local. Aquí explicamos más competencias de las distintas Administraciones sobre el Mar Menor.

Que el Comité de Representantes tenga mayoría ciudadana es una buena noticia para la abogada, a quien esta figura le recuerda a la que gestiona los parques nacionales, pero donde son minoría. También considera positivo que cualquiera pueda iniciar un procedimiento para que se adopten medidas y que el dinero que se gaste lo puedan recuperar en caso de victoria judicial, aunque “no se aclara quién lo va a resarcir”. En resumen, la ley “tiene problemas de aplicación porque es una ley muy escueta”, concluye la abogada

Ejemplos de otros países y el proceso legislativo

En septiembre de 2020, la Mesa del Congreso de los Diputados acordó admitir a trámite la ILP presentada por Teresa Vicente Giménez, catedrática de Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza y profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Murcia, y por siete personas más en julio de 2020.

La idea surgió en 2019, cuando Vicente Giménez conoció en la Universidad de Reading (Reino Unido) algunos casos en los que ya se había otorgado personalidad jurídica y derechos propios “a ecosistemas con gran valor ecológico y en peligro”, como el río Whanganui en Nueva Zelanda, el río Atrato en Colombia y el lago Erie entre Estados Unidos y Canadá (aunque un juez federal de Estados Unidos lo declaró inconstitucional en 2020), explicó en una entrevista a El País.

El 5 de abril de 2022 el Congreso de los Diputados aprobó la toma en consideración de la ILP con 274 votos a favor, 53 en contra y seis abstenciones. En contra votó Vox, el diputado del PP por Teruel José Alberto Herrero Bono (el resto de su partido votó a favor) y el diputado independiente Pablo Cambronero, anteriormente en el grupo parlamentario de Ciudadanos. Entre las seis abstenciones están los cuatro diputados de Junts per Catalunya, el diputado de Foro Asturias y uno de Vox. El diputado de Vox por Murcia, Luis Gestoso, calificó esta ILP de “disparate jurídico” y “aberración legislativa” que funcionará “al margen de las leyes y del sufragio de los españoles” [págs. 6 y 9].

El Senado aprobó la ILP el 20 de septiembre con 230 votos a favor, tres en contra (Vox) y 30 abstenciones (Esquerra Republicana de Catalunya, Partido Nacionalista Vasco y Euskal Herria Bildu, que votaron a favor en el Congreso, y Junts per Catalunya). Este fue el último trámite para su aprobación definitiva. Puedes consultar los documentos del proceso de aprobación de la ILP en la web de la Junta Electoral Central.

Una personalidad jurídica aplaudida por ecologistas y criticada por organizaciones de agricultores murcianos

Para la organización ecologista Greenpeace esta ley es “una auténtica victoria de la sociedad civil sin apenas precedentes” al convertir el Mar Menor en el “primer ecosistema de Europa con personalidad jurídica propia”. La consideran un “avance” en la defensa del medioambiente. Ecologistas en Acción también lo ha celebrado.

Por su parte, la Fundación Ingenio, una organización de empresas agroalimentarias y regantes del Campo de Cartagena que según indica en su web trabaja “por una agricultura competitiva y familiar” hace suyas las palabras del catedrático de Derecho Administrativo por la Universidad de Alicante Santiago González-Vargas, quien considera la ley una “extravagancia jurídica”, según Onda Cero. González-Varas ha afirmado que "si se pretende defender el Mar Menor, lo suyo no es otorgar personalidad jurídica al Mar Menor, sino profundizar en el cumplimiento del derecho vigente”. “Una nueva ley no puede ser incompatible con la ya existente y con una intención final de criminalizar a una de las partes implicadas”, añade.

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