"Se acabó el chollo para los fachas. Todos los inmigrantes que están en Madrid, todos los inmigrantes que tienen nacionalidad, quiero que el día 4 de mayo salgamos y echemos a la ultraderecha, echad a los nazis, los fascistas fuera de Madrid", se afirma en un vídeo viral por el que nos habéis consultado a nuestro chatbot.
El vídeo pertenece a la campaña #VotoMigrante4M, creada por Poder Migrante, "una red de activistas y colectivos que trabajamos por los derechos de las personas migrantes" que quiere "crear conciencia y movilización contra el racismo estructural, discursos xenófobos y políticas que nos criminalizan".
La campaña está dirigida a los migrantes con nacionalidad española para que usen su derecho al voto "para parar los ataques y campañas de odio racistas".
¿Pero realmente pueden votar las personas inmigrantes en las elecciones madrileñas? La ley electoral de la Comunidad de Madrid dice en su artículo 2 que el derecho al voto corresponde "los españoles mayores de edad" y que además "ostenten la condición política de ciudadanos de la Comunidad de Madrid". Para ello, deben estar inscritos en el censo electoral vigente, que en este caso se trata del censo del 1 de enero de 2021, ya que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en su artículo 39 dice que “para cada elección el Censo Electoral vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria”.
La LOREG excluye del derecho al voto en su artículo 3 a "los condenados por sentencia judicial firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento".
Por lo tanto, las personas migrantes con nacionalidad española censadas en la Comunidad de Madrid a 1 de enero de 2021 y que no estén cumpliendo una condena judicial firme que les prive del derecho al sufragio podrán votar en las elecciones madrileñas del 4 de mayo de 2021.