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MALDITO DATO

Desde 2010 se ha solicitado inscribir en los consulados españoles a más de 3.000 bebés nacidos por gestación subrogada: el 62% por parejas heterosexuales

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  • Desde 2010 hasta el primer semestre de 2022 se ha solicitado inscribir a 3.389 menores nacidos por gestación subrogada en consulados españoles: el 62% eran casos de familias heterosexuales que querían traer al bebé desde el extranjero a España, el 25%, homosexuales y el 13%, monoparentales 
  • Maldita.es y Planta Baixa han obtenido estos datos del Ministerio de Asuntos Exteriores vía ley de transparencia y son la aproximación más cercana al fenómeno de los bebés nacidos por gestación subrogada, aunque estas cifras son sólo la punta del iceberg: los padres pueden traer al niño a España para registrarlo directamente en territorio nacional
  • En estos doce años los destinos que más escogen los españoles para un 'vientre de alquiler' han sido Estados Unidos y Ucrania, pero desde 2018 ha surgido como nuevo destino para esta práctica Georgia, cuyos casos se registran en el consulado español en Turquía

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Desde 2010 hasta junio de 2022, familias españolas han solicitado inscribir en los consulados de nuestro país en el extranjero a 3.389 menores nacidos por gestación subrogada, una técnica reproductiva en la que una mujer gesta un hijo para otras personas y que no es legal en España, pero sí en otros países. El objetivo de estas inscripciones es que se reconozca al menor como hijo de padres españoles.

La mayoría de las solicitudes para inscribir a los recién nacidos las han presentado parejas heterosexuales, siendo estas el 62,31% del total, seguidas de las parejas homosexuales, que corresponden al 24,60% de las solicitudes, y de las familias monoparentales, que son un 13,07%, según los datos del Ministerio de Asuntos Exteriores, obtenidos en una investigación de Maldita.es y Planta Baixa a través de solicitudes de acceso a la información pública vía ley de transparencia.

Estos datos muestran el tipo de familia, ya que quien solicita registrar al bebé por gestación subrogada debe indicar su sexo, pero también en qué países se han realizado y en qué años. Eso sí, corresponden únicamente a las solicitudes que las familias han presentado en los registros civiles de los consulados españoles en el extranjero.

Faltan el resto de peticiones presentadas ya directamente en España en el Registro Civil Central, que también se encarga de este tipo de casos. Sin embargo, en este organismo, cuando se inscribe a un bebé, "no se recoge ningún dato relativo al origen de la gestación", tal y como responden a una solicitud de acceso a la información hecha por Maldita.es y Planta Baixa.

Fuente: Respuesta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública a una solicitud de acceso a la información pública realizada por Maldita.es y Planta Baixa vía ley de transparencia.

Así, estos datos son sólo la punta del iceberg de todos los casos de bebés que han nacido por gestación subrogada en el extranjero y cuyas familias, españolas, los han traído a nuestro país. En España la gestación subrogada no es legal, según la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, pero el país sí permite la inscripción en el Registro Civil de los bebés que hayan nacido en el extranjero mediante esta técnica, también conocida como 'vientres de alquiler' o 'gestación por sustitución'.

Desde la plataforma Son Nuestros Hijos estiman que "en el Estado español los nacimientos anuales por gestación subrogada son alrededor de un millar", según recoge un informe de la Universidad de Barcelona del año 2018. Por lo tanto, la cifra de menores que figuran en las solicitudes y que han nacido por vientre de alquiler sería incluso superior a los datos que maneja la Administración.

Las solicitudes e inscripciones aprobadas en los consulados han caído desde 2019

Estos datos son los únicos oficiales disponibles a día de hoy y gracias a ellos se sabe que el promedio de solicitudes presentadas en los consulados ha sido de 261 casos anualmente.

Las inscripciones en el registro civil consular se permiten siempre y cuando haya una sentencia judicial homologada que avale dicha filiación; es decir, que un tribunal extranjero reconocido por el Estado español haya indicado que al menos uno de los progenitores, también llamados 'padres comitentes', sea el padre legal del niño. Así figura en la instrucción del año 2010 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre cómo registrar a estos menores, cuyas condiciones se mantienen en una instrucción posterior que fue publicada en el año 2019 y que es la vigente actualmente.

En ambas instrucciones consta que las autoridades del consulado pueden suspender la inscripción y no permitir que se lleve a cabo el registro si no hay sentencia judicial. Así, una solicitud presentada en el consulado no es automáticamente una inscripción, sino que el caso debe ser revisado por las autoridades consulares.

De las 3.389 solicitudes que fueron presentadas en los consulados, se ha permitido la inscripción en el 85,85% de los casos; es decir, 2.913 bebés de 3.389 fueron inscritos en el registro civil consular. Las otras 476 solicitudes no fueron aprobadas. Pero si una inscripción no es aprobada en el registro civil consular, se puede volver a intentar luego en España, en el Registro Civil Central.

En todo este periodo, el año en el que hubo más inscripciones de bebés nacidos por gestación subrogada en otros países fue 2018, con 520 casos. Sin embargo, a partir de 2019 tanto las solicitudes presentadas como las finalmente aceptadas han ido cayendo año tras año.

El año en el que más solicitudes de inscripciones se presentaron en los consulados fue en 2018

Pero desde entonces tanto las solicitudes como las inscripciones han bajado año tras año

Según apuntan los expertos consultados por Maldita.es y Planta Baixa que la cifra de solicitudes presentadas y aprobadas haya bajado a partir de 2019 se debe a los posibles casos de mala praxis médica y de tráfico de bebés en Ucrania, que se dieron a conocer en 2018,  y también a la instrucción de 2019 sobre la inscripción de bebés nacidos por subrogación.

Con respecto a la instrucción, esta mantiene los mismos criterios que la aprobada en 2010, pero además incluye un nuevo párrafo especificando que, para los casos en los que no hay sentencia judicial, "el solicitante podrá obtener, si procede, de las autoridades locales el pasaporte y permisos del menor para viajar a España" y así regularizar el caso directamente ante el Registro Civil Central.

En estos casos "serán las autoridades de aquel país las que tienen que dar la documentación provisional para poder viajar y aquí [en España] se iniciarán los trámites para su regularización", aclara a Maldita.es y Planta Baixa la experta María Dolores López- Muelas, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y especialista en derecho internacional. De hecho, en el caso de Ucrania, España ha dejado claro que sin sentencia judicial no se puede inscribir al bebé en el registro civil del consulado y recalcan que debe proveerse al menor de un pasaporte ucraniano para viajar a España y así registrarlo en el Registro Civil Central.

Fuente: Recomendaciones de viaje a Ucrania del Ministerio de Asuntos Exteriores

Así es como, gracias a que los solicitantes pueden viajar con el niño directamente a España para resolver su caso en territorio nacional, los casos aparentemente han descendido. "Algunos sí lo solicitan en el registro civil consular, pero hay otros que como ya saben esto [de la instrucción] cogen el menor y se van directamente a España para regularizar sin pasar por el consulado", explican desde la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares a Maldita.es y Planta Baixa.

El Registro Civil Central "no recoge ningún dato relativo al origen de la gestación"

Para aquellos casos que se presentan directamente en España, los solicitantes deben pedir la inscripción del menor al Registro Civil Central. Sin embargo, este organismo no recoge "ningún dato relativo al origen de la gestación", según responden desde la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de la que depende el Registro Civil, a una solicitud de acceso a la información realizada vía ley de transparencia por Maldita.es y Planta Baixa.

Por lo tanto, se pierde el rastro del número total de bebés de familias españolas nacidos mediante gestación subrogada. La cifra real sería superior a los únicos datos oficiales existentes, que son los del Ministerio de Asuntos Exteriores a través de los registros civiles de los consulados.

Entre los motivos de quienes acuden a la práctica de la gestación subrogada, se encuentran factores de tipo médico, como mujeres o parejas que no son fértiles o con problemas de salud graves que contraindican el embarazo, y factores de tipo social, como personas sin pareja o parejas de dos hombres. Sin embargo, en España no está permitida y el Tribunal Supremo recalcó en una reciente sentencia de marzo de 2022, a raíz de un caso en México, que "tanto la madre gestante como el niño a gestar son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos" [pág. 9].

Estados Unidos y Ucrania, los destinos que más escogen los españoles que optan por la gestación subrogada

En los últimos 12 años, los dos destinos más elegidos por los españoles para optar por un 'vientre de alquiler' han sido Estados Unidos, con el 44,61% de las solicitudes, seguido de Ucrania, con el 38,30%. Ambos países concentran prácticamente el 83% de los casos de inscripciones por gestación subrogada. Pero en Ucrania sólo se permitía acudir a los vientres de alquiler a las parejas heterosexuales mientras que en Estados Unidos a todo tipo de familia.

En el caso de Ucrania, España ha desaconsejado en reiteradas ocasiones acudir al país para conseguir un niño vía gestación subrogada. No obstante, nada de esto ha frenado a 415 familias que han intentado inscribir en Kiev a recién nacidos obtenidos por gestación subrogada entre 2019 y junio de 2022, según los datos conseguidos vía ley de transparencia.

En 2022 cuatro familias españolas pidieron registrar a bebés nacidos por gestación subrogada en el consulado español en Kiev, pero España no aprobó las inscripciones. Desde Maldita.es y Planta Baixa se ha preguntado al Ministerio de Exteriores sobre si esto se produjo antes o después de la guerra en Ucrania, que comenzó con la invasión rusa de este país en febrero de 2022, pero el ministerio no ha aclarado qué sucedió en esos casos ni la fecha de estos.

Fuente: Respuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores obtenida por Maldita.es y Planta Baixa vía ley de transparencia.

"India antes era el primer gran destino", según explican a Maldita.es y Planta Baixa desde la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, del Ministerio de Asuntos Exteriores. "Pero hubo presión internacional de los países y se consiguió que se prohibiera la gestación subrogada a extranjeros no residentes". En la India, entre 2010 y 2015, año en el que se prohibió la gestación subrogada para extranjeros, se presentaron en total 194 solicitudes en el país.

Sin embargo, según explican desde este mismo organismo, aunque se cierra una frontera, ésta se desplaza a otros países. Por ejemplo, en Turquía desde 2018 hasta 2022 se han presentado 73 solicitudes en el consulado de Ankara para inscribir a los menores en el registro civil. "Los de Ankara probablemente sean de Georgia, que es donde está permitida la gestación subrogada", señalan desde la dirección general del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Según esta página web que informa sobre los procesos de gestación subrogada, Babygest, alquilar un vientre de alquiler en Georgia oscila entre 50.000 y 60.000 euros, el país con la cifra más baja. En Estados Unidos la cifra se eleva de 110.000 a 160.000 euros.

Metodología

Maldita.es y Planta Baixa han utilizado para esta investigación los datos del Ministerio de Asuntos Exteriores obtenidos en respuesta a una petición de información pública realizada vía ley de transparencia.

Esta sería la primera vez que se obtienen las solicitudes en base al tipo de familia de quienes acuden a los registros civiles de los consulados y que tratan de inscribir a los menores obtenidos mediante gestación subrogada.

Los datos comprenden desde el año 2010 hasta junio de 2022 y están desglosados por el consulado en el que se efectuó dicha petición así como el tipo de familias de quienes solicitaron la inscripción. En los últimos 12 años y medio se han presentado en total 3.389 solicitudes. Según las cifras, las "familias de distinto sexo" (heterosexuales) son las que más peticiones han realizado, el 62%, seguidas de las "familias del mismo sexo", el 25%, y "monoparentales", el 13%. En el caso de solicitantes monoparentales los datos no diferencian si se trata de hombres o mujeres solteras en cada caso.

La gestación subrogada en España no es legal, pero el país sí permite inscribir como hijos de españoles a menores nacidos en el extranjero mediante esta técnica en base a una instrucción del año 2010. Aquí se indica que sólo con una sentencia judicial avalando que los padres comitentes (los que desean ser padres) son los padres genéticos del niño se puede inscribir en el consulado al menor en el Registro Civil. En el año 2019 surgió una instrucción en la que se indicaba que para los casos que no tenían sentencia judicial, los padres deben proveer al menor de un pasaporte del país local para poder resolver el caso directamente en España.

Según indican los expertos consultados por Maldita.es y Planta Baixa, en la sentencia judicial, emitida por un tribunal extranjero competente en la materia, debe constar que los padres comitentes y el recién nacido están filiados genéticamente; es decir, que al menos uno de los padres tiene relación biológica con el menor. En ella también debe constar que la mujer gestante ha actuado sin ningún tipo de engaño ni coacción. A día de hoy, sólo con una sentencia judicial es como se permite inscribir al menor en el registro civil consular como español. Esta sólo la emiten países como Estados Unidos o Canadá. España no aprueba ninguna inscripción que no tenga sentencia judicial, aunque haya partes médicos de por medio, por ejemplo.

En el caso de que no exista sentencia judicial que avale esa filiación, según explican las fuentes, la instrucción del año 2019 permite a las familias viajar con el menor a España con pasaporte del país en el que se encuentre y resolver su caso ante las autoridades españolas en territorio nacional. Por lo tanto, los datos del Ministerio de Asuntos Exteriores son los más completos a día de hoy y los únicos oficiales de la Administración, pero muestran sólo la punta del iceberg de este fenómeno.

En el caso de la India, los datos del ministerio no especifican en qué año exacto se presentaron 90 solicitudes en el consulado español en Nueva Delhi entre 2010 y 2013. Por ello, para ese periodo se ha realizado una media, 22,5 solicitudes al año, y se han contabilizado en la visualización de las solicitudes por países. Estos 90 casos, en cambio, no aparecen representados en los gráficos del total de solicitudes e inscripciones anuales desde 2010 hasta junio de 2022.

Esta información ha sido una investigación conjunta de Maldita.es con Planta Baixa, un programa de la televisión pública de Cataluña (TV3) producido por La Manchester.

Si tienes alguna duda sobre esta información, puedes contactarnos en [email protected].

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