En el anuncio de la regularización extraordinaria para personas migrantes, el Gobierno ha afirmado que tanto los solicitantes de protección internacional como las personas migrantes en situación irregular que estuvieran en España desde antes del 31 de diciembre de 2025 deben “carecer de antecedentes penales”. Por “antecedentes penales” se entienden “condenas, impuestas por sentencia firme, por la comisión de algún delito”. Esto ya se exige tanto para obtener un permiso de residencia como para optar a la nacionalidad española, y así lo refleja también el texto provisional sobre la regularización extraordinaria.
Este documento, todavía en fase de audiencia pública y con carácter provisional, incorpora la posibilidad de sustituir el certificado de antecedentes penales por una declaración responsable, una medida que Loueila Mint El Mamy, abogada en materia de migraciones y derechos humanos, califica de “excepcional y específica” y que solo se aplicaría en caso de que no se obtuviese el certificado de antecedentes por ninguna de las otras vías: “La regla general sigue siguiendo la aportación del certificado oficial”. Así, en el caso de haber solicitado el certificado de antecedentes penales al país de origen o de residencia previa y no haber llegado en el plazo de un mes, el Gobierno de España podría “recabar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondiente”. Del mismo modo, si tampoco se obtuviese respuesta en un mes, se permitiría la presentación de la mencionada declaración responsable.
En el caso de que, tras la presentación de la declaración y la obtención de la regularización se descubriese que sí existen antecedentes penales, el permiso de residencia concedido “podría ser extinguido o revocado”, según explica Loueila Mint El Mamy a Maldita.es, ya que la presentación de información falsa o la ocultación de datos relevantes “atenta directamente contra el principio de buena fe y los requisitos esenciales para la concesión de la autorización”. Esto aparece recogido en el artículo 85 de la Ley de Extranjería.
El Gobierno espera que las solicitudes de regularización puedan empezar a presentarse a principios de abril, “una vez cumplidos los trámites preceptivos de la tramitación del Real Decreto”, y que el proceso esté abierto hasta el 30 de junio de 2026*.
Te contamos todos los detalles sobre la regularización extraordinaria de personas migrantes aquí.
*El 04/02/26 se ha añadido la fecha estimada para que comience la entrega de solicitudes de regularización