La DGT explica que, según la Convención de Viena de 1968, los vehículos en circulación internacional deben cumplir las disposiciones del país en el que estén matriculados. Por lo tanto, “cualquier vehículo matriculado en España que circule por otro país firmante del convenio puede utilizar legalmente la V16 conectada, sin necesidad de llevar triángulos de emergencia”. De igual manera, “podrán utilizar los triángulos aquellos vehículos matriculados en otros países que circulen por nuestro país en calidad de circulación internacional”.
No, la DGT no establece que se puedan seguir usando los triángulos de emergencia a pesar de las balizas V16
«La DGT establece que los triángulos de emergencia seguirán siendo legales en diferentes casos»
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