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Maldito Bulo

¿Qué sabemos sobre "la paga" de 664 euros a los MENAS hasta los 23 años en Cataluña?

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  • Circulan contenidos que afirman que Cataluña ha aprobado una “paga” de 664 euros para los “menas” hasta los 23 años y otros sostienen que esta cantidad se otorga a “todo menor que llegue a España”
  • Esta ayuda existe desde 2006 en Cataluña y está dirigida a todos los jóvenes mayores de 18 años extutelados por la Generalitat, tanto españoles como extranjeros
  • En 2019, primera vez que circularon estos contenidos, esta prestación era de 664 euros, como establecía el Indicador de Renta de Suficiencia. En 2025, la cuantía es de 778,49 euros
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9/30/19
Lo que circula

«Los menas tendrán una paguita de 664 euros mensuales hasta los 23 años en Cataluña»

Los menas tendrán una paguita de 664 euros mensuales hasta los 23 años en Cataluña
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Lo que sabemos: Estas ayudas económicas, en vigor desde el año 2006 en Cataluña, no están dirigidas exclusivamente a ex menores extranjeros no acompañados, sino que son para todos los jóvenes anteriormente tutelados por la administración catalana que ya hayan cumplido 18 años y que reúnan los requisitos exigidos. En 2019, empezaron a circular estos contenidos después de que el Parlamento de Cataluña aprobara mayor flexibilidad en las condiciones para acceder a la prestación y ampliase de 21 a 23 años la edad máxima para poder percibirla. La cuantía se rige por el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC), que en 2019 equivalía a 664 euros al mes. En 2025, esta cantidad ha ascendido hasta los 778,49 euros mensuales.

Las ayudas existen en Cataluña desde 2006 y no son exclusivas para “menas”, sino para jóvenes mayores de edad extutelados por la Generalitat

El Área de Apoyo a Jóvenes Tutelados y Ex Tutelados (ASJTET), correspondiente a la unidad de la Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia (DGAIA), es la encargada de la gestión de estas ayudas, en vigor desde 2006 y que forman parte de otras medidas dirigidas a estos jóvenes en materia de vivienda, inserción sociolaboral, acompañamiento jurídico o psicológico. Esta ayuda tiene el objetivo de “contribuir temporalmente a que puedan vivir de forma autónoma y se puedan integrar gradualmente en la vida laboral y social”, pero los jóvenes deben acreditar previamente no disponer de recursos económicos ni familiares y tener residencia legal y continuada en Cataluña, en caso de ser extranjeros, entre otros requisitos.

La cuantía se calcula en función del Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC), que en 2019 era de 569,12 euros mensuales (en 14 pagas) o 7.967,73 euros anuales que, en doce pagas, son los 664 euros que difunden algunos contenidos, tal y como contó a Maldita.es el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de Cataluña. En 2025, esta cantidad se ha actualizado a 778,49 euros mensuales, que equivalen a 9.341,92 euros anuales.

En 2019, el Parlamento de Cataluña aprobó modificar las condiciones mínimas para acceder a esta prestación y la prorrogó hasta los 23 años

En julio de 2019, el Parlamento de Cataluña aprobó la modificación de las condiciones mínimas para acceder a estas ayudas económicas y para poder prorrogarlas desde los 21 hasta los 23 años, lo que beneficia a todos los jóvenes extutelados, tanto españoles como extranjeros.

La votación obtuvo por unanimidad la aprobación del Parlamento, con 132 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra. Esta proposición de ley, promovida por el partido Catalunya en Comú Podem*, modificó la ley que lo regula. 

Antes de su entrada en vigor, los jóvenes extutelados solo podían percibir esta prestación económica si habían estado bajo la tutela de la administración catalana durante, al menos, tres años antes de cumplir 18 años. En caso de no cumplir con este requisito, la prestación podía percibirse durante un máximo de seis meses si el joven había estado bajo tutela un año o menos

Además de estos requisitos temporales, los jóvenes debían estar comprometidos con la ejecución de un Plan Individual de Trabajo (PTI), que se supervisa y evalúa, vivir fuera del núcleo familiar y no disponer de ingresos iguales o superiores a los fijados por el IRSC, que en 2019 era de 664 euros mensuales en doce pagas

La ayuda estaba prevista hasta los 21 años, con posibilidad de ampliarse a los 23 si el joven acreditaba seguir estudiando, como recogía el artículo 19 de la Ley 13/2006. 

Extracto de la Ley 13/2006 de prestaciones sociales de carácter económico.

Tras la aprobación de la propuesta de ley en el Parlamento catalán, ya no se exige a los jóvenes extutelados haber estado tres años bajo la tutela de la administración para acceder a las ayudas económicas, sino que basta con acreditar un año. En caso de haber estado menos de este tiempo bajo tutela, los jóvenes pueden percibir la prestación durante doce meses. 

Además, con esta modificación de la ley, la edad para beneficiarse de esta ayuda se amplió a los 23 años, siempre que el joven cumpliese con los requisitos de seguir el plan de inserción establecido, vivir de forma autónoma fuera del núcleo familiar y no disponer de ingresos iguales o superiores al IRSC.


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*El 27/06/2019 se actualizó el nombre del partido político En Comú a Catalunya en Comú Podem

*El 31/07/2025 se actualizó el artículo incluyendo las cuantías del IRSC de 2025

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