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MALDITO BULO

La campaña desinformadora del PSOE-A que usa las sentencias del Tribunal Constitucional para negar la existencia del caso de los ERE en Andalucía

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Claves
  • El PSOE de Andalucía ha anunciado una querella contra 11 dirigentes del PP y Vox por calumnias del caso de los ERE
  • Los socialistas dicen que las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) han demostrado que el caso de los ERE es “una mentira de la derecha”
  • El Constitucional ha reducido parcialmente las penas de los exdirigentes condenados; no ha negado los hechos ni ha exonerado o declarado inocentes a los responsables

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Tras las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) reduciendo de forma parcial las penas de la mayoría de los exdirigentes socialistas por el caso de los ERE, el PSOE de Andalucía ha calificado el caso de los ERE como una “mentira de la derecha  y como “la gran cacería del PP” (el PP ejerció como acusación popular en el juicio). También han afirmado que el objetivo era “meter en la cárcel a personas inocentes” y que “nunca hubo un robo de 680 millones de euros”, algo que han defendido tanto en redes sociales como en comparecencias parlamentarias. Además, han anunciado haberse querellado contra 11 personas del PP y Vox tras conocerse el fallo del Constitucional en los recursos de amparo de los condenados.

Sin embargo, las sentencias del TC no niegan ni el desvío de dinero ni ha exonerado completamente a los condenados. El PSOE omite, en la campaña lanzada tras las sentencias del TC, que las sentencias del Constitucional no han desarmado completamente las sentencias. El TC no se pronunció sobre el resto de los cargos y aceptó los hechos probados por la Justicia hasta la fecha: 

  • Se creó una estructura contable que desvió 679.432.179 euros de los presupuestos andaluces entre 2000 y 2009.

  • El reparto de fondos públicos se realizó a través de un mecanismo de transferencias sin control legal.

  • Las transferencias beneficiaron a las empresas y acciones que los miembros de la trama creyeron conveniente y no a criterios objetivos o legales.

  • Los miembros de la trama que aprobaron las transferencias sucesivas eran conscientes de las irregularidades que estaban cometiendo. 

El Tribunal Constitucional redujo parcialmente (por siete votos a favor y cuatro en contra)  algunas penas porque consideró que no se podía culpar a los exdirigentes andaluces por el método utilizado para diseñar la trama: aprobar proyectos de ley de los presupuestos andaluces que permitieron desviar los fondos de la causa en forma de transferencias sin control legal. El TC cree que juzgarlos por esa acción rompería el principio de independencia de los tres poderes del Estado. El núcleo de las condenas que se impusieron y posteriormente fueron llevadas por los condenados al Constitucional era la aprobación del sistema de transferencias a través de las leyes presupuestarias, las sentencias del Constitucional no desarmaron completamente las sentencias.

El Tribunal Constitucional redujo las condenas porque considera que no puede ser penada la aprobación de leyes presupuestarias 

Las declaraciones de los socialistas y los anuncios de querellas contra los partidos de derecha surgen después de la publicación de las sentencias del Tribunal Constitucional. El Constitucional ha reducido las penas de la mayoría de los exdirigentes socialistas condenados en el caso de los ERE, pero no los ha exonerado ni ha negado los hechos demostrados por los tribunales. Sin embargo, el PSOE-A está lanzando mensajes que califican el caso como una “cacería” para “meter en la cárcel a personas inocentes” y que el caso de los ERE fue una “mentira”.

 

Enlace archivado a la publicación original.

A lo largo de las sentencias que han rebajado las penas, el Tribunal Constitucional utiliza el mismo argumento jurídico: los tribunales ordinarios no pueden imponer penas a los exdirigentes socialistas por aprobar los proyectos legislativos de los presupuestos andaluces (sí, por el resto de acciones que cometieron). El Constitucional cree que si los tribunales penaran por la aprobación de proyectos legislativos se estarían inmiscuyendo en el principio de separación de poderes. 

Las sentencias del Constitucional no son unánimes: han sido aprobadas por siete votos a favor y cuatro en contra. Mientras que la mayoría del Tribunal es la que sostiene el argumento jurídico citado, la minoría de magistrados sostiene que con esta sentencia del TC se ha creado un “espacio de impunidad en la que determinados gobernantes gozan de un escudo protector que repele cualquier control o fiscalización” y que la posición de la mayoría implica que “la ley [de presupuestos] curaría [...] todo vicio y haría inatacable la actuación de los gestores públicos”. 

Tanto la Audiencia Provincial de Sevilla, que juzgó el caso, como el Tribunal Supremo, que avaló la mayor parte de la sentencia, creen que la recopilación de documentos y otras acciones para preparar los proyectos legislativos son actos administrativos (por lo que pueden ser penados) y no acciones políticas (como diseñar o aprobar leyes, que no son castigables). Además, ambos tribunales refuerzan este argumento en que los exgobernantes andaluces recibieron desde 2005 informes anuales de diferentes organismos (incluidas entidades externas), en los que alertaban de las irregularidades del sistema de transferencias. Los dos tribunales consideraron que los exdirigentes ignoraron los avisos a propósito.

Extracto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el caso ERE (pág. 29).

El TC está en contra de esta interpretación y piensa que todos esos documentos y actos forman parte del proceso para redactar una ley, por lo que, al ser una acción política, no puede ser penado. Estos proyectos legislativos fueron aprobados por el Parlamento de Andalucía (lo que los convirtió en ley) y, como en ningún caso fueron declarados inconstitucionales, en principio eran válidos.

El caso ERE fue una trama política para desviar fondos públicos disfrazados de ayudas para empresas en crisis

El caso de los ERE fue una trama que desvió fondos públicos de los presupuestos andaluces entre 2000 y 2009, según sentenció la Audiencia Provincial de Sevilla. Este dinero, que en principio estaba destinado para ayudar a empresas en crisis y pagar indemnizaciones de expedientes de regulación de empleo (ERE), se adjudicó, como demostró sin control legal a las empresas que los miembros de la trama creyeron oportuno e incluso se desvió dinero a acciones que no tenían que ver con el objetivo de las transferencias.

Extracto de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso ERE (pág. 44).

Los hechos que los tribunales consideraron probados fueron los siguientes:

  • Entre el año 2000 y el año 2009, el Gobierno de la Junta de Andalucía, con Manuel Chaves al frente, diseñó un sistema de transferencias en los proyectos legislativos de los presupuestos andaluces que les permitía desviar fondos sin control legal.

  • Esas transferencias se enviaban al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA, después Agencia IDEA) como “ayudas sociolaborales” para empresas en crisis.

  • El IFA, luego, repartía el dinero según los intereses de los miembros de la trama: no necesariamente iba a las empresas con problemas, sino a aquellas que interesaba a los miembros de la trama. 

  • En ocasiones, el dinero se utilizaba para otras cuestiones que no tenían que ver con el objetivo de las transferencias como el pago de cursos o la mejora de salarios de algunas entidades.

  • Los proyectos presupuestarios que diseñaba el Gobierno de la Junta de Andalucía eran posteriormente aprobados por el Parlamento de Andalucía, lo que los convertía en ley y daba la cobertura a los implicados de la trama para realizar dichos movimientos de dinero.

  • En 2010, ante las consecuencias de la crisis económica, se deja de utilizar este sistema y se cambia la norma.

Extracto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el caso ERE (pág. 33).

La investigación judicial del caso de los ERE duró casi una década: cronología de su paso por los tribunales

La cronología del caso judicial del caso de los ERE se alargó durante toda la década pasada e implicó a diferentes órganos judiciales. En Maldita.es resumimos los principales eventos.

En enero de 2011, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla abre una investigación judicial (conocida como fase de instrucción o sumario) a raíz de irregularidades que se han detectado en el entorno de Mercasevilla (mercado de abastos de la ciudad andaluza).

En 2017, la instrucción judicial termina tras años de investigación y se abre juicio oral ante la Audiencia Provincial de Sevilla. Ejercen la acusación popular la organización Manos Limpias y el Partido Popular de Andalucía.

En 2019, la Audiencia Provincial dicta sentencia

  • Condena a 19 personas (entre ellas, a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán) por el delito de prevaricación, cuya pena es no poder ejercer cargo público (la inhabilitación).

  • Además, 10 de los 19 miembros de la trama (incluido Griñán) son condenados también por el delito de malversación. Las penas de malversación implican, además de no poder ejercer cargo público, ir a la cárcel.

En 2022, el Tribunal Supremo, máximo órgano del poder judicial, ratifica el grueso de la sentencia

  • Sin embargo, el Supremo absuelve a los tres secretarios generales técnicos condenados inicialmente y reduce la pena de Juan Márquez Contreras. 

  • Dos magistradas del Supremo emiten un voto particular (mecanismo para que los jueces voten en contra de la decisión mayoritaria de un tribunal y argumenten por qué), ya que piensan que el delito de malversación de los cinco condenados que no formaban parte de la Consejería de Empleo (entre ellos, Griñán, que era consejero de Economía entonces) no se demostró apropiadamente. 

En 2024, el Tribunal Constitucional reduce parcialmente las penas de 10 de los condenados por el caso de los ERE (incluidos Chaves y Griñán). 

  • En ningún caso, el Constitucional perdona completamente las penas de los implicados o dicta que los hechos no ocurrieron

  • Cuatro magistrados del Constitucional emitieron votos particulares en contra de esta decisión, ya que piensan que sí hubo prevaricación en el diseño del esquema contable durante la preparación de los proyectos legislativos.

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