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MALDITO BULO

Qué sabemos sobre el uso del programa informático de la empresa Indra por parte de la Junta Electoral Provincial de Málaga durante el escrutinio

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Claves
  • Circulan contenidos en los que se acusa a la Junta Electoral Provincial de Málaga de cometer fraude por “utilizar el programa de Indra para el escrutinio general”   
  • Dicha Junta dice que el escrutinio se hizo “a mano” y “mesa a mesa”, y que el programa informático se utilizó para cotejar el resultado del escrutinio general con los datos provisionales
  • Ni la LOREG ni la JEC contemplan el uso de programas similares durante el escrutinio general, pero tampoco lo prohíben. Lo que no está permitido es dar por buenos los datos del escrutinio provisional y no revisar las actas de todas las mesas electorales 

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“La Junta Electoral Provincial de Málaga reconoce en directo usar el programa de Indra para el escrutinio general de las elecciones generales 2023”. Este mensaje circula en canales desinformadores de Telegram para decir que ha habido “fraude de ley” en las elecciones generales del 23-J. El mensaje va acompañado de un vídeo presuntamente grabado durante el escrutinio general de la provincia de Málaga. La Junta Electoral Provincial de Málaga explica a Maldita.es que se ha utilizado un programa de Indra, pero no para realizar el escrutinio general, sino para cotejar los resultados. El escrutinio general, explica, se realizó a mano revisando una a una las actas de todas las mesas electorales, como marca la ley electoral.

Captura del vídeo difundido en canales desinformadores de Telegram.

Maldita.es ha consultado sobre este programa al Ministerio del Interior, que se remite a la ley electoral y a la junta electoral correspondiente y a la Junta Electoral Provincial de Málaga. Esto es lo que sabemos.

Qué dice el vídeo que acusa a la Junta Electoral Provincial de Málaga de “fraude de ley” en el escrutinio general

“¡Fraude de ley en las elecciones en España confirmado, grabado en cámara oculta!”. Así comienza el vídeo en el que un individuo cuestiona a un integrante de la Junta Electoral Provincial de Málaga. Le acusa de utilizar un software de la empresa Indra para el escrutinio general.

“La Junta Electoral Provincial de Málaga reconoce en directo usar el programa de Indra para el escrutinio general de las elecciones generales 2023, pese a la prohibición de la Junta Central de hacer justamente eso”, se puede leer en una frase escrita sobre el vídeo, en el que no se llega a ver la cara de ninguna persona y las voces que se escuchan están distorsionadas.

En el vídeo, la primera respuesta del miembro de la junta electoral que está siendo interpelado es: “Nosotros vamos a abrir los sobres, vamos a ver las actas y vamos a sumar”. Y luego añade: “El total de todas las actas es el resultado del escrutinio”.

Más adelante, la persona interpelada pasa a darle una explicación más larga al individuo, diciéndole que “sí es verdad que se usa el programa de Indra. ¿Por qué? Porque es el único que nos facilita el ministerio, y nosotros tenemos que estar a lo que nos facilita el ministerio”.

Qué dice la Junta Electoral Provincial de Málaga

Maldita.es se ha puesto en contacto con la Junta Electoral Provincial de Málaga, que ha afirmado que durante el escrutinio general de las elecciones del 23 de julio, celebrado cinco días después, se utilizó un programa de Indra facilitado por el Ministerio deI Interior.

La junta electoral asegura que el escrutinio se realizó de manera “manual” y que los sobres que contenían las actas de las mesas fueron “abiertos en el acto, mesa a mesa, verificándose que el número de votos que constan en las actas, sean acordes con los votos reflejados en el programa informático facilitado” (sic).

Captura de la respuesta por correo electrónico dada por la Junta Electoral Provincial de Málaga a Maldita.es

Qué dice la ley sobre cómo se debe realizar el escrutinio general

De acuerdo con la ley electoral [artículos 103-108], el escrutinio general se realiza a partir del quinto día posterior a las elecciones y puede alargarse hasta tres días. El escrutinio de las elecciones generales del 23 de julio se realizó el 28 de julio en las juntas electorales provinciales.

El artículo 105 de la ley electoral establece que “el personal al servicio de la Junta procede, bajo la supervisión de ésta, a la apertura sucesiva de los sobres referidos en el artículo 100, párrafo segundo, de esta Ley”. Las atribuciones de la junta “se limitan a verificar sin discusión alguna el recuento y la suma de los votos admitidos en las correspondientes Mesas según las actas o las copias de las actas de las Mesas”.

Artículo 105 de la LOREG.

Ha habido casos en los que las juntas electorales no han realizado el escrutinio como marca la ley, y en su lugar han dado por buenos los resultados provisionales sin revisar una a una todas las actas de las mesas.

Por eso, desde hace años la Junta Electoral Central (JEC) emite en cada proceso electoral un recordatorio a todas las juntas de zona o provinciales señalando cuál es la manera correcta de hacer el escrutinio general. El recordatorio de las elecciones generales del 23 de julio fue emitido el mismo día de las elecciones, como se puede comprobar en la web de la JEC.

En ese acuerdo, la JEC recuerda que aunque los datos provisionales puedan servir para cotejar el resultado del escrutinio general, en ningún caso pueden sustituir ese escrutinio manual de todas las actas.

Indra no realiza el escrutinio provisional ni el general

Como te hemos explicado, la labor de Indra en las elecciones es proporcionar la infraestructura que permite transmitir durante la noche electoral los resultados provisionales que se publican en la web de las elecciones creada por el Ministerio del Interior y que utilizan los medios de comunicación.

Indra ganó el concurso del Ministerio del Interior para proveer la infraestructura tecnológica durante los procesos electorales de 2023 y 2024. Eso no significa que haga el conteo de votos.

El contrato adjudicado a Indra contempla que pueda asistir a las juntas electorales más allá de la noche electoral. En los pliegos del contrato de dicho concurso, publicados en junio de 2022, se establece que “el adjudicatario deberá prestar el apoyo personal y material necesario a las Juntas Electorales encargadas de la gestión de candidaturas, de la realización del escrutinio del voto CERA y del escrutinio general”, además de que “el adjudicatario deberá contactar con cada una de las Juntas Electorales con la finalidad de recabar un inventario detallado de necesidades”.

Captura del pliego del contrato de adjudicación.

La Junta Electoral Provincial de Málaga asegura que, pese a tener el apoyo de ese software, el escrutinio general se hizo de manera “manual” y “mesa a mesa”, según lo contemplado en la ley electoral.

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