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MALDITO BULO

¿Qué sabemos sobre que se estén quemando los montes de España para construir parques eólicos?

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En los últimos días circulan varios contenidos que aseguran que la ola de incendios que está sufriendo España a lo largo del verano de 2022 son “provocados”, con la finalidad de construir parques eólicos e instalar placas solares. Una revalorización del terreno, que argumentan, posibilitaría la nueva normativa de montes. La última modificación de esta ley no permite recalificar automáticamente áreas quemadas y deben pasar 30 años desde el incendio o justificar en una ley "razones imperiosas de interés público" para ello. Además, los expertos consultados por Maldita.es aseguran que esta acción no tendría “sentido” porque la construcción de parques eólicos “no requiere la recalificación del suelo”. En Maldita.es os contamos lo que sabemos.

Contenidos que aseguran que los incendios son provocados para construir parques eólicos

Los contenidos que difunden aseguran que la ola de incendios forestales a la que se enfrenta España no tendría relación con la crisis climática o con el aumento de las temperaturas, sino que en realidad habrían sido provocados para permitir la construcción de parques eólicos sobre el terreno quemado, algo que, aseguran, permitiría la nueva ley de montes.

Otros contenidos muestran supuestas imágenes de parques eólicos que habrían sido construidos después de un incendio, y también otros intentan relacionar estos fuegos con los proyectos de construcción de energías renovables .

La Ley de Montes no permite recalificar automáticamente áreas quemadas

Varios de estos contenidos aseguran que la "nueva" normativa de Montes permite “construir inmediatamente en territorio quemado”. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, es la que legisla y establece, en su artículo 50, el mantenimiento y restauración del carácter forestal de los terrenos incendiados. En su primer apartado, el texto asegura que son las comunidades autónomas quienes tienen que garantizar la restauración de los terrenos forestales incendiados, quedando prohibido “el cambio de uso forestal al menos durante 30 años”.

Fuente: Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

La ley también recoge excepciones a esta prohibición, siempre y cuando los cambios del uso forestal estuvieran previstos antes del incendio, y no después. 

Fuente: Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Sin embargo, a través de la Ley 21/2015, de 20 de julio, que modifica la ley de montes, se introdujo un cambio en este artículo, por el que “con carácter excepcional” se podrá acordar un cambio de uso forestal cuando “concurran razones imperiosas de interés público de primer orden que deberán ser apreciadas mediante ley”, siempre y cuando se adopten medidas compensatorias para recuperar la superficie forestal quemada. 

Fuente: Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Los expertos aseguran que no tendría “sentido” quemar el suelo para construir un parque eólico

Desde Maldita.es nos hemos puesto en contacto con Pepe Almodóvar, Ingeniero de Montes, Director de Extinción en el dispositivo de incendios forestales de Castilla La-Mancha y miembro de la Fundación Pau Costa, que asegura que “la construcción de un parque eólico no requiere la recalificación del suelo”, ya que este “mantiene su uso forestal”.

“Con la ley en la mano, se podría construir un parque eólico en un monte quemado, como se puede construir un tendido eléctrico, porque no requiere un cambio de uso del suelo. Pero no tiene sentido quemarlo, porque el trámite ambiental es siempre necesario y eso no te va a eximir de él”, argumenta el experto, que detalla que “si el Monte es de Utilidad Pública o Red Natura no sería posible construir un parque eólico en ningún caso”.

Almodóvar incide en que “no tiene sentido quemar para construir, porque la construcción requiere en cualquier caso de exactamente el mismo procedimiento administrativo se queme o no se queme”, y apunta que la construcción de estos parques conlleva una infraestructura que no requiere de cambio de uso del suelo, "por lo que no tiene sentido quemarlo para cambiar el uso”. “No consta en nuestra base de datos de Castilla-La Mancha ni un solo incendio intencionado con tal motivación”, dijo, antes de indicar que tampoco han tenido "ninguna aplicación de la excepción que marca la normativa de la Ley de Montes".

Imágenes y bulos que vuelven

Entre las imágenes que se difunden para hacer esta información se encuentra una supuesta comparativa de dos fotografías, que mostraría cómo se han construido turbinas eólicas en una zona previamente afectada por un fuego.

Pero esta imagen es un bulo, y no es la primera vez que se difunde en España. Como os contamos en Maldita.es, esta foto no es de Galicia ni los aerogeneradores son de Iberdrola, si no que se trata del puente de Río Antirio, en el Golfo de Corinto, Grecia.

Como pudo comprobar Ellinika Hoaxes, miembro, como Maldita.es, de la International Fact-Checking Network (IFCN), el parque eólico tampoco fue construido posteriormente al incendio. Su autorización fue aprobada años antes, y su localización, aunque cerca del fuego, no se ubica en el terreno quemado.

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