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MALDITO BULO

¿Qué sabemos sobre que "el estado de alarma se prolongará hasta el 30 de junio" por lo que todo lo que se decida hasta esa fecha en relación con la crisis del coronavirus "tendríamos que tragarlo hasta octubre"? El Gobierno ha solicitado una prórroga de 15 días, que ya ha sido aprobada, y en julio y agosto se pueden hacer sesiones plenarias extraordinarias

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Nos habéis preguntado por un mensaje que circula en redes sociales y que dice que “el Gobierno está desesperado por prorrogar el estado de alarma hasta el 30 de junio” porque “ese mismo día se cierra el Parlamento y no se reabre hasta septiembre”. Un mensaje similar circula también como parte de una cadena de WhatsApp en la que se especifica que “que hasta octubre no se volverían a iniciar sesiones parlamentarias” y que “todo lo que se decidiera el martes 30 de junio”, ya sean reales decretos u otros textos legislativos en relación con la crisis del coronavirus, “tendríamos que tragarlo hasta octubre”. Además, este mismo contenido se mueve incluso en formato vídeo. Os explicamos lo que sabemos:

La prórroga del estado de alarma es de 15 días y no de 30, como dice la cadena

El mensaje que se puede leer en las diferentes cadenas e imágenes virales dice que “la prolongación del estado de alarma” será “hasta el día 30 de junio”, pero no es cierto. Pese a que en un primer momento se anunció que la prórroga solicitada sería de un mes, el Gobierno ya ha solicitado una quinta prórroga del estado de alarma por 15 días, y no 30, y durará hasta las 0:00 horas del 7 de junio, que ya ha sido aprobada en el Pleno del Congreso.

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya adelantó este martes, 19 de mayo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que solicitarían a las diferentes fuerzas parlamentarias su apoyo en el Pleno del Congreso, celebrado este miércoles, 20 de mayo, para aprobar dicha prórroga. 

El Gobierno ha llegado a un acuerdo con Ciudadanos para hacer hábil el mes de julio

Además, este 19 de mayo, desde la Secretaría de Estado de Comunicación han comunicado que, tras varias reuniones mantenidas entre el presidente Pedro Sánchez y la líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas, van a poner en marcha algunas “medidas necesarias para seguir protegiendo a la ciudadanía”. 

Una de las medidas recogidas en el acuerdo con la formación naranja está la de hacer hábil el mes de julio en el Congreso de los Diputados con el objetivo de “agilizar el trabajo parlamentario y recuperar parte del retraso provocado por el COVID-19”. Esta medida tendrá que discutirse en la Mesa del Congreso que es quien, según el artículo 31 del Reglamento, adopta las decisiones sobre la organización del trabajo de la Cámara. 

Si finalmente el mes de julio se convierte en un mes hábil, como han acordado el Gobierno junto a Ciudadanos, el Gobierno no acabaría el período de sesiones “el 30 de junio” y “hasta octubre no se volvería a iniciar”, como se indica en la cadena, ya que solamente estaría el mes de agosto fuera del plazo ordinario de sesiones. Sin embargo, durante este mes, también se podrían celebrar sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras”.

Enero, julio y agosto no forman parte del periodo ordinario de sesiones pero en estos meses se pueden celebrar sesiones extraordinarias, y septiembre es un mes hábil

Los periodos de sesiones del Congreso vienen regulados en el artículo 73 de la Constitución Española (CE). Según ese texto, existen “dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo de febrero a junio”. Estos periodos también están regulados en el artículo 61 del Reglamento del Congreso de los Diputados. Por lo tanto, según la Constitución y el Reglamento del Congreso, los meses que no forman parte del periodo ordinario de sesiones son enero, julio y agosto

Fuente: Artículo 61 del Reglamento del Congreso de los Diputados que regula cómo se convocan las sesiones fuera del periodo ordinario de sesiones

Durante estos meses, como se especifica en ambas órdenes, “las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras”. Es decir, enero, julio y agosto “simplemente están fuera del plazo de sesiones y, por lo tanto, no están calendarizadas las sesiones pero no significa que el Parlamento cierre o que no se puedan celebrar sesiones”, explican desde el Congreso. 

Por ejemplo, en 2019, los días 22, 23 y 25 de julio se celebraron las sesiones plenarias  sobre la investidura del candidato a la Presidencia del Gobierno. Además, tuvo lugar una sesión para la constitución de la Diputación Permanente, celebrada el 23 de julio, y otra sesión extraordinaria convocada por varios grupos parlamentarios de la Cámara, el día 30. También en agosto se celebraron dos sesiones extraordinarias, el 27 y 29, para que comparecieran el presidente del Gobierno y algunos de los ministros. Es decir, en 2019, hubo 5 sesiones plenarias en los meses de julio y agosto.

Fuente: Asuntos tramitados en sesión plenaria y Diputación Permanente durante los meses de julio y agosto de 2019

La Diputación Permanente, formada actualmente por la presidenta del Congreso y 68 miembros de los diferentes Grupos Parlamentarios en proporción a su importancia numérica [artículo 56], tal y como se acordó el 15 de enero, es la encargada de velar por los poderes de la Cámara en estos lapsos de tiempo entre los períodos de sesiones, en enero y en julio y agosto, como se especifica en el artículo 57 de Reglamento del Congreso de los Diputados. Por ello, en estos meses, es quien pasa a asumir todas las facultades en relación con los Decretos-leyes, tal y como se especifica en el artículo 86 de la CE

En Maldita.es ya os explicamos qué son los Decretos-leyes y cómo se aprueban. Estos  decretos deben ser sometidos a debate y votación en el Pleno de la Cámara del Congreso o  de la Diputación Permanente, en un máximo de 30 días desde su entrada en vigor. Si la cámara baja vota en contra, el Real Decreto-Ley no se aprobaría.

Entonces, no es cierto que “todo lo que decidiera este Gobierno a partir del martes 30 de junio tendríamos que tragarlo hasta octubre” ni que “sus Reales Decretos (...) no se podrían convalidar al estar cerrado el Congreso de los Diputados” ya que, en primer lugar, el Gobierno ha solicitado una prórroga de 15 días y no “hasta el 30 de junio”. Además, el Gobierno junto a Ciudadanos han impulsado que el mes de julio sea hábil

Por último, tampoco sería “hasta octubre” porque el Congreso de los Diputados volvería a las sesiones ordinarias un mes antes, en septiembre. Aunque, en los meses de julio y agosto, como añaden desde el Congreso, “el Pleno se puede seguir convocando a petición del Gobierno o a petición de los grupos parlamentarios, pero para ello tendría que reunirse primero la Diputación Permanente, y decidirlo por mayoría simple (...). Normalmente en estos meses suele haber bastante actividad: se han aprobado presupuestos, ha habido investiduras…”. 

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