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MALDITO BULO

¿Qué sabemos sobre los logros sociales que se le atribuyen a Franco en esta imagen titulada 'El gran dictador'?

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Nos habéis preguntado mucho por una imagen que lista las "grandes leyes" que dictó Franco. Os vamos a explicar qué sabemos sobre cada uno de esos supuestos logros atribuidos al dictador Franco, que fue jefe de Estado desde 1936 en la España sublevada y desde 1939 en toda España hasta su muerte en 1975.

Respecto a las logros que se atribuyen a Franco en la imagen, el catedrático Jean Monnet de Historia de la Integración Europea en la Universitat Pompeu Fabra y doctor en Historia y Civilización por el Instituto Universitario Europeo Fernando Guirao ha explicado a Maldita.es que "buena parte de las medidas listadas habían sido promovidas con anterioridad al régimen y laminadas durante la etapa inicial del franquismo. Nunca tuvieron la coherencia de los Estados del Bienestar europeos".

Antes de la segunda guerra mundial lo que había en los diversos países europeos son seguros sociales independientes, sin constituir un verdadero sistema. En el caso español, antes de la Guerra Civil había seguros sociales para todos los riesgos básicos (accidentes de trabajo, enfermedad, desempleo, vejez). Para los riesgos que tenían cobertura, no todos tuvieron el mismo nivel de cobertura: unos eran seguros eran voluntarios, otros obligatorios; unos cubrían sólo a los trabajadores de un sector, otros a todos. En cambio, Seguridad Social es un término que se aplica en Europa occidental después de la segunda guerra mundial, "en plena edad dorada del capitalismo", sin que todos los países adoptaran el mismo modelo, explica a Maldita.es Margarita Vilar Rodríguez, profesora titular de Economía de la Universidad da Coruña, especialista en la historia de los Seguros Sociales y las políticas del bienestar y coautora del libro El seguro de salud privado y público en España: Su análisis en perspectiva histórica.

Las claves:


  • La edad obligatoria de jubilación y la pensión de jubilación existían antes de la dictadura franquista.
  • Franco no creó las vacaciones remuneradas.
  • Franco tampoco creó el descanso dominical.
  • Franco dictó dos pagas extras en un período de devaluación de los salarios.
  • La red de "universidades públicas para formación profesional" es anterior a Franco.
  • Franco no dictó la construcción de 4,5 millones de viviendas sociales.
  • El resto de medidas sociales tenía antecedentes anteriores a Franco.

La edad obligatoria de jubilación y la pensión de jubilación existían antes de la dictadura franquista

Según la imagen que se difunde, Franco dictó el establecimiento de la edad obligatoria de jubilación y la creación de la pensión por jubilación. Pero es un bulo.

El Instituto Nacional de Previsión creado en 1908 tenía entre sus objetivos, "administrar la mutualidad de asociados" y "estimular y favorecer" la práctica de pensiones de retiro, el antecedente de las pensiones de jubilación. Estas pensiones eran contratadas de forma voluntaria por los trabajadores.

En 1919 se crean de forma obligatoria los retiros obreros pagados por la patronal y el Estado. Este "seguro obligatorio de vejez" obrero alcanzaba a "la población asalariada" entre 16 y 65 años con una retribución anual máxima de 4.000 pesetas. Los 65 años eran la edad de retiro y a partir de la cual se comenzaba a pagar el retiro obrero, equivalente a la pensión de jubilación. El reglamento general para el régimen obligatorio de los retiros obreros fue publicado en 1921.

Además, la Constitución republicana promulgada el 9 de diciembre de 1931 en su artículo 46 afirma que "la República asegurará a todos los trabajadores las condiciones necesarias para una existencia digna" y que sus leyes regularán "los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; [...] la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero".

Artículo 46 de la Constitución española de 1931

En el período de 1932 a 1935, el gobierno de la II República encargó al Instituto Nacional de Previsión la elaboración de un proyecto de unificación y coordinación de los seguros sociales preexistentes, que no se aplicó por el golpe de Estado dado por Franco y la posterior guerra civil. Dicho proyecto contemplaba un sistema de Seguridad Social laboral de carácter integrador y gestión participada, según la web de la Seguridad Social.

El 1 de septiembre de 1939 Franco dictó la Ley de Subsidio de Vejez que sustituía el retiro obrero por el de pensión fija, fijando en tres pesetas diarias el subsidio de vejez.

Franco no creó las vacaciones remuneradas

Como ya explicamos, la Constitución republicana de 1931 fijaba que las leyes regulasen las vacaciones anuales remuneradas pero ya en 1918 una ley otorgaba 15 días ininterrumpidos de vacaciones anuales a todos los funcionarios. En noviembre de 1931 la Ley de Contratos de Trabajo decretó 7 días ininterrumpidos de vacaciones remuneradas a todos los trabajadores.

Durante la guerra, el Fuero del Trabajo dictado por Franco el 8 de marzo de 1938 fijaba como derecho "unas vacaciones anuales retribuidas" sin fijar un mínimo de días. Ya en el franquismo, la Ley de Contratos de Trabajo de 1944 marcaba también un mínimo de 7 días de vacaciones pagadas "o de mayor duración si así lo estableciere su reglamentación de trabajo".

Franco tampoco creó el descanso dominical

Aunque Franco sí dictó una Ley de descanso dominical, ya existía otra con anterioridad. El 3 de marzo de 1904 se aprobó la Ley de descanso dominical que prohibía "en domingo el trabajo material por cuenta ajena y el que se efectúe con publicidad por cuenta propia" con tres excepciones: los trabajos que no se puedan interrumpir, los trabajos de reparación o limpieza indispensables para no interrumpir "las faenas de la semana en establecimientos industriales" y los trabajos "perentorios por inminencia de daño" u otras causas "mediante permiso de la Autoridad gubernativa local". Anteriormente, la Ley de 13 de Marzo de 1900 prohibió trabajar los domingos a mujeres y niños.

El franquista Fuero del Trabajo de 1938 marcaba el domingo como festivo. También consideraba fiesta nacional el 18 de julio y marcó que las leyes obligasen "a que sean respetadas las festividades religiosas". En 1940 se aprobó la Ley de descanso dominical que marcaba como festivos los domingos y las "fiestas oficiales y religiosas equiparadas al domingo".

Los antecedentes del seguro de desempleo

En 1931 el decreto de 25 de mayo creó un régimen de bonificación del subsidio del paro, aunque sin ser obligatorio ni integral, a través de la Caja Nacional contra el Paro forzoso. Este fondo voluntario fue creado en 1928 como parte del Instituto Nacional de Previsión. El decreto de 1931 fue reformado por la Ley de 7 de julio de 1934 y la Ley de 25 de junio de 1935. Esta caja marcó el germen de la prestación de desempleo.

Beneficios de la Caja Nacional contra el Paro durante la II República

En Cataluña, la Generalitat creó en 1933 un Instituto contra el Paro Forzoso.

Decreto del 7 de abril de 1933 del presidente de la Generalitat de Catalunya autorizando presentar un proyecto de ley para crea un Instituto contra el Paro Forzoso. Fuente: Boletín Oficial de la Generalitat de Catalunya.

En 1961 se promulgó la primera ley por la que se implantó el Seguro Nacional de Desempleo. La ley fijaba un máximo de seis meses cobrando el 75% del "salario medio base de cotización para Seguros Sociales". Los beneficiarios eran quienes "pudiendo y queriendo trabajar pierden su ocupación, por cuenta ajena", excluyendo a quienes "cesan voluntariamente o por despido imputable a ellos".

En 1980 se aprueba la Ley Básica de Empleo que fijó una prestación de desempleo para los trabajadores por cuenta ajena que "pierdan su ocupación por causas a ellos no imputables" hasta un máximo de 18 meses. La cuantía era del 80%, 70% y 60% de lo de cotizado de medio en los seis meses anteriores en tramos de seis meses sobre la media de bases, respectivamente.

En 1984 se promulgó la Ley de protección por desempleo. Esta legislación ampliaba la protección de desempleo y la cobertura del subsidio de desempleo a 24 meses.

Franco dictó dos pagas extras en un período de devaluación de los salarios

En España no existen tres pagas extras mínimas obligatorias como dice la imagen, sino que son sólo dos. Ambas se establecieron durante el franquismo, en 1945 y en 1947, aunque han ido variando con el tiempo.

El 6 de diciembre de 1945 el director general de Trabajo por aquel entonces, José Antonio Girón de Velasco, firmó la Orden por la que se estableció, con carácter general e indefinido, una gratificación equivalente a la retribución de una semana con motivo de las fiestas de Navidad.

Aquella orden establecía esta paga extra, que en aquellos tiempos sólo equivalía al sueldo de una semana, como una medida de “carácter general e indefinido”, después de que el Ministerio de Trabajo ya la hubiera impuesto para las Navidades de 1944.

La orden indicaba que la paga extra era para “todo el personal de las actividades no reglamentadas o cuyas reglamentaciones no establezcan gratificación de Navidad” y que ésta “les será abonada antes del 24 de diciembre, para solemnizar dichas fiestas, una gratificación equivalente a la retribución de una semana, cuando el tiempo de servicios llegase al año, siendo en otro caso proporcional al tiempo trabajado”.

Así, se creaba, por lo tanto, la primera paga extra en España, que fue la de Navidad. Dos años después se creó la paga extra de verano con la Orden de 15 de julio de 1947 por la que se establece con carácter general la gratificación de 18 de julio para las "actividades no reglamentadas" equivalente a una semana de trabajo.

El Ministerio de Trabajo indicó que “se hace preciso dictar una disposición análoga respecto a la gratificación de 18 de julio a fin de que todos, los trabajadores puedan celebrar adecuadamente la Fiesta de Exaltación del Trabajo”. Por lo tanto, lo que hoy en día se conoce como paga extra de verano, en realidad, en su creación no se debía al verano en sí, sino a la Fiesta del Trabajo del 18 de julio que se celebraba durante el franquismo y que coincidía con el aniversario del golpe de Estado contra la Segunda República.

Las pagas extras establecidas por el franquismo se produjeron en un contexto de devaluación de los salarios, según explica Margarita Vilar Rodríguez, doctora en Economía y profesora de la Universidad da Coruña, en La ruptura posbélica a través del comportamiento de los salarios industriales: nueva evidencia cuantitativa.

"La evidencia cuantitativa apunta que el desplome del salario real en la posguerra española fue muy superior al que experimentaron los países que participaron en la Segunda Guerra Mundial –con la excepción de Italia en los años finales de este conflicto–. Además, su tendencia en el largo plazo revela que lo ocurrido en la inmediata posguerra solo fue un punto de partida de un proceso de alejamiento de las pautas salariales europeas que se iría consolidando en las siguientes décadas”, explica Vilar.

En la actualidad, las empresas han adaptado y adoptado las pagas extras de distintas formas. Incluso hay empresas en que estas pagas se prorratean entre las 12 mensualidades y, por lo tanto, los trabajadores no disponen de pagas extra como tal. Del mismo modo, hay trabajos en los que directamente se divide el salario anual ofrecido a los trabajadores en 14 pagas distintas por lo que se desvirtúa en parte el significado original de ‘pagas extraordinarias’.

Los antecedentes del Subsidio Familiar

Ya en 1926, durante la dictadura de Miguel Primo de Rivera, a través de un Real Decreto-Ley, se establece un “subsidio a las familias obreras numerosas”.

Para acceder a aquel subsidio había que ser el “cabeza de familia” y no se podía disfrutar de “un ingreso anual superior a 6.000 pesetas”. La ley, además, entendía por familias numerosas “las que cuenten con ocho o más hijos legítimos, o legitimados, a cargo del cabeza de familia, ya sean, menores de edad, y mayores de edad o emancipados a quienes esté prestando legalmente alimentos”.

Los subsidios en aquella época eran anuales y se regían según el número de hijos que tuvieran las familias. Así, las familias con ocho hijos cobraban 100 pesetas al año, mientras que las que tenían 18 o más cobraban, 1.000.

Estos subsidios, creados en 1926 y previos a la dictadura de Franco, también establecían que los hijos de estas familias numerosas “disfrutarán del beneficio de matrícula gratuita en todos los establecimientos de enseñanza oficial” y que “los cabezas de familia numerosa de la clase obrera serán preferidos en la opción al disfrute de cualesquiera beneficios de índole social, económica o jurídica que el Estado otorgue gratuitamente”.

Por su parte, Franco creó un Subsidio Familiar a través del Fuero del Trabajo de 1938, que definía el trabajo como “la participación del hombre en la producción”, apartaba a las mujeres de la vida laboral asalariada y establecía “el subsidio familiar por medio de organismos adecuados”.

Esta ley creaba, por lo tanto, los subsidios familiares que existieron durante el franquismo. Una medida que la Universidad de Barcelona (UB) define en un trabajo como “un intento por mantener a la mujer en el espacio doméstico, favorecer el crecimiento demográfico y aumentar los bajos salarios de la posguerra”.

La figura de este subsidio familiar se desarrolló después en la Ley de Bases creando el Régimen Obligatorio de Subsidios Familiares del 18 de julio de 1938. Esta legislación estableció tres tipos distintos de subsidio: mensual, semanal y diario. Los trabajadores accedían a uno o a otro dependiendo de los días que trabajaran al mes o a la semana. A pesar de ello, para homogeneizar los cobros de las familias, el Ministerio de Trabajo acabó eliminando el subsidio semanal [pág. 34] y dejó el mensual “para los que trabajen más de veintitrés días al mes” y el diario para el resto de “cabezas de familia” con derecho al subsidio.

Eso sí, quien cobraba el subsidio era “el jefe de la familia”. “Sin embargo, en circunstancias especiales determinadas en el Reglamento, podrá abonarse a la madre o a quien haga sus veces”, establecía la ley.

El reglamento de estas ayudas familiares también establecía que padres e hijos debían vivir juntos y que la mujer y los hijos debían ocuparse del hombre de la casa.

Ley de Bases creando el Régimen Obligatorio de Subsidios Familiares del 18 de julio de 1938

Para poder acceder al subsidio había que tener hijos menores de 14 años. Además, la ley regulaba los subsidios “según el número de hijos o asimilados a ellos que [los trabajadores] tengan a su cargo y vivan en su hogar”.

Los trabajadores necesitaban tener al menos dos hijos para poder tener derecho al subsidio familiar. La legislación establecía, además, unos baremos de cobro entre los 2 y 12 niños a cargo del trabajador. Se indicaba también que partir de los 12, por cada hijo “se adicionará en 25,00 pesetas el Subsidio mensual, y en la proporción correspondiente, el semanal y el diario”.

El preámbulo de la ley, además, indicaba que los subsidios se daban según el número de hijos “en relación con su volumen, con lo que resultan más amparadas las familias más numerosas”, pero estas no fueron las primeras ayudas a familias numerosas que existieron en España ni los primeros subsidios familiares.

Los antecedentes de la baja laboral por enfermedad

En septiembre de 1932, la Segunda República ratificó los Convenios sobre las enfermedades profesionales, sobre el seguro de enfermedad (industria) y el seguro de enfermedad (agricultura), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Durante el período republicano también se elaboró un anteproyecto de Seguro de Enfermedad pero el golpe de Estado militar impidió su tramitación. En julio de 1935 el Gobierno de la República creó una comisión oficial para la implantación del seguro de enfermedad en España, como explica en su tesis doctoral El seguro obligatorio de enfermedad en España: responsables técnicos y políticos de su implantación durante el franquismo la hasta enero de 2020 directora general del Instituto Nacional de la Seguridad Social, María Dolores Redondo Rincón.

Igual ocurrió con la Ley de Bases de Enfermedades Profesionales, aprobada el 13 de julio de 1936, cinco días antes del golpe de Estado, que no llegó a entrar en vigor por la guerra, según la web de la Seguridad Social. Esta legislación fijaba 22 grupos de enfermedades profesionales y obligaba a los patrones de las empresas a "asegurar a sus obreros contra riesgos de incapacidad permanente o muerte de enfermedad profesional".

El 14 de diciembre de 1942 Franco dictó la ley que creó el seguro obligatorio de enfermedad y de forma universal. La ley obligaba al patrono a "facilitar la asistencia médica y farmacéutica al obrero hasta que se halle en condiciones de volver al trabajo" o no la necesite. En caso de muerte, también forzaba al patrono a pagar los gastos del entierro y "a indemnizar a la viuda, descendientes legítimos menores de diez y seis años y ascendientes".

Los antecedentes de la Seguridad Social

La imagen también atribuye a Franco la creación de la Seguridad Social pero primero hay que explicar qué prestaciones incluye hoy en día la Seguridad Social. Son, entre otras, las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad, auxilio por defunción, incapacidad temporal, prestaciones por nacimiento y cuidado de menor e indemnizaciones por lesiones.

Aunque a nivel popular el acceso a la sanidad pública se asocia a la Seguridad Social, a partir de la Ley General de Sanidad de 1986 se empezó a desligar la financiación de la sanidad de las cotizaciones a la seguridad social. Posteriormente en la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud de 2003 fijaba como principio general "el aseguramiento universal y público por parte del Estado" de los servicios del Sistema Nacional de Salud.

La propia institución de la Seguridad Social tiene su antecedente en el Instituto Nacional de Previsión creado en 1908, entre otros fines, "administrar la mutualidad de asociados" y "estimular y favorecer" la práctica de pensiones de retiro, el antecedente de las pensiones de jubilación, como ya explicamos antes.

Durante la Segunda República, en junio de 1931 la ley fijó como obligatorio el seguro de accidentes de trabajo para los trabajadores agrícolas y en 1932 se convirtió en obligatorio en la mayor parte de sectores de la actividad económica, según el artículo El seguro de accidentes de trabajo en España: de la obligación al negocio (1900-1940) de la profesora de Historia Económica de la Universidad de Sevilla Jerònia Pons Pons.

La ley de 1932 fijaba una remuneración de tres cuartas partes del salario diario del trabajador accidentado desde el mismo día que tuvo el accidente para las incapacidades temporales y de la mitad de su salario si la incapacidad era permanente y absoluta.

Como ya os explicamos sobre la edad de jubilación, en el período de 1932 a 1935, el gobierno de la II República encargó al Instituto Nacional de Previsión la elaboración de un proyecto de unificación y coordinación de los seguros sociales preexistentes, que no se aplicó por el golpe de Estado dado por Franco y la posterior guerra civil. Dicho proyecto contemplaba un sistema de Seguridad Social laboral de carácter integrador y gestión participada, según la web de la Seguridad Social.

En la zona golpista se decretó el Fuero del Trabajo en marzo de 1938 que fijaba el "descanso dominical como condición sagrada en la prestación del trabajo" y una retribución del trabajo "como mínimo, suficiente para proporcionar al trabajador y su familia una vida moral y digna", entre otros derechos y deberes.

Durante el franquismo, en 1947 se creó el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, que transformaba el antiguo retiro obrero, y se aprobó la Ley de Accidentes de Trabajo de 1956. Esta legislación laboral marcaba un pago de tres cuartas parte del salario diario al trabajador con incapacidad temporal desde el día siguiente al accidente y del 100% de su salario si la incapacidad era permanente y absoluta como renta vitalicia.

La Ley de Bases de la Seguridad Social se publicó el 28 de diciembre de 1963. Según la web de la Seguridad Social, esta ley junto con otra de 1966 y la Ley General de la Seguridad Social de 1974, "se unifican e integran los distintos seguros sociales y emerge un nuevo sistema de Seguridad Social que reordena la acción protectora desde parámetros eminentemente contributivos hacia el colectivo de los trabajadores por cuenta ajena y sus familias, y sólo parcialmente compartida por otros sectores profesionales de menor capacidad contributiva". El 1 de enero de 1967 comienza el nuevo sistema de Seguridad Social.

Bajo este sistema, quienes tenían acceso a los beneficios de la Seguridad Social eran principalmente los trabajadores por cuenta ajena o propia, funcionarios y estudiantes, por lo que sólo se beneficiaban los trabajadores que cotizaban y sus familiares.

Campo de aplicación de la Seguridad Social franquista según la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963.

Tras la muerte de Franco, en noviembre de 1978, se publicó el Real Decreto-ley sobre gestión institucional de la Seguridad Social, la salud y el empleo y que establecía la creación del Instituto Nacional de Empleo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de Salud y el Instituto Social de la Marina.

Además, la Constitución española de 1978 establece que "los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo" que según la web de la Seguridad Social "diseña el actual modelo de Seguridad Social".

Por consiguiente, aunque la concepción de la Seguridad Social que tenemos hoy en día no se corresponde con la del franquismo, se ha ido conformado con la evolución de seguros, leyes y prestaciones desde 1900 pasando por la dictadura de Primo de Rivera, la Segunda República, el franquismo, la transición y la aprobación de la Constitución democrática de 1978.

El Auxilio Social fue creado por Mercedes Sanz-Bachiller, viuda de Onésimo Redondo

El Auxilio Social fue fundado en octubre de 1936 para ayudar a las víctimas de la guerra en la zona sublevada por Mercedes Sanz-Bachiller, viuda del cofundador de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (JONS) Onésimo Redondo, según la propia Fundación Nacional Francisco Franco.

El 11 de octubre de 1937 se publicó un decreto firmado por Franco que obligaba a todas las "mujeres españolas" de 17 a 35 años a prestar un "servicio social" mínimo de seis meses en Auxilio Social, organización perteneciente a Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS), el partido único en la zona golpista desde abril de 1937.

Según el decreto, a las mujeres que no hiciesen este servicio obligatorio no se le expediría "los títulos que habiliten para el ejercicio de cualquier carrera o profesión", ni se les incluiría en oposiciones y concursos para trabajar en la administración, ni se les permitiría "el desempeño de empleos retribuidos en las empresas concesionarias de servicios públicos ni "el ejercicio de todo cargo de función pública o responsabilidad política". Acabada la guerra, un decreto del 17 de mayo de 1940, dictó "nuevas normas a Auxilio Social".

En la zona republicana operaba una organización similar llamada Socorro Rojo Internacional, fundada en 1923 como parte del Komintern o Internacional Comunista. Socorro Rojo fue "el artífice principal del sistema sanitario militar republicano y de las tareas de abastecimiento y socorro de la población civil", según la profesora de Historia Contemporánea en la Universidad Carlos III de Madrid Laura Branciforte.

La organización Socorro Rojo Internacional fue prohibida por Franco por un decreto publicado el 16 de septiembre de 1936 por estar integrada en el Frente Popular, una prohibición ratificada de forma explícita por la Ley de Responsabilidades Política del 9 de febrero de 1939.

La historia de las escuelas públicas y gratuitas en España

La educación pública, obligatoria y gratuita de forma relativa se puede remontar al menos hasta la Ley Moyano de 1857: "La enseñanza pública primera será gratuita para los que no puedan pagarla y obligatoria para todos, en la forma que se determine". Esta obligatoriedad era de los 6 a 9 años. En 1869 un decreto-ley dictaminó disposiciones para la construcción de escuelas públicas de Instrucción Primaria. En 1901 un real decreto amplió la enseñanza obligatoria de los 6 a 12 años.

En junio de 1910 un real decreto sobre reorganización de las Escuelas de primera enseñanza establece que "la enseñanza en todas las escuelas será completamente gratuita a medida que se implanten los nuevos sueldos, sin que los maestros puedan reclamar cantidad alguna por retribuciones ni por ningún concepto a los alumnos".

La subida de sueldos en los años posteriores "hizo que a comienzos de los años 1920 se pudiera decir que se había llegado a la supresión de todas las retribuciones por parte de las familias", explica a Maldita.es Antonio Viñao, catedrático de Teoría e Historia de la Educación de la Universidad de Murcia. "La gratuidad en la enseñanza primaria se implantó en la década de los años 10 del siglo XX cuando el Estado se hizo cargo del pago de los haberes del Magisterio primario", aclara Viñao.

En mayo de 1923, antes del golpe de Estado de Primo de Rivera, se fijó la obligatoriedad y gratuidad de la "asistencia del niño a la Escuela" hasta los 14 años.

Según el fundador y director del Museo del Niño de Castilla-La Mancha, Juan Peralta, la Administración central llevó a cabo grandes programas de construcción de edificios escolares en varios períodos. El primero fue durante la dictadura de Primo de Rivera, el segundo en la Segunda República, el tercero durante la dictadura de Franco con el Plan Quinquenal de Construcciones Escolares 1956-1961 y el cuarto con la UCD de Adolfo Suárez en el gobierno.

El libro Historia de las construcciones escolares en España, publicado en 1975 y escrito por Emilio Lázaro Flores, cifra en 3.824 las escuelas construidas durante la dictadura de Primo de Rivera. Lázaro ubica en la Segunda República el primer plan de construcciones escolares "con el definitivo objetivo de construir todas las escuelas que faltan y que se cifran exactamente en 27.151". De estas, se llegaron a construir 16.500. Lázaro Flores calificó "de buen balance" de la época republicana aunque no pudo construir todas las escuelas que tenía como objetivo.

Una orden del 4 de septiembre de 1936 del bando franquista suprimió la coeducación (clases con niños y niñas) y obligaba a alumnos y alumnas a estudiar en centros u horarios distintos. También dictaba que los rectores de universidades "informarán a la Autoridad Militar sobre la conveniencia de remover a aquellos Jefes dé Centros de Segunda Enseñanza que por su conducta anterior no merezcan la plena confianza de la Superioridad en estos momentos de depuración de la conciencia nacional". También fijó la depuración de las bibliotecas escolares: "el uso en las Escuelas únicamente de obras cuyo contenido responda a los sanos principios de la Religión y de la Moral cristiana, y que exalten con sus ejemplos el patriotismo de la niñez.

Diversas disposiciones del bando franquista en el período de la guerra civil fijaron la depuración de profesores y maestros "que convenga remover" por "su conducta amoral o antipatriótica".

La enseñanza de religión se vuelve a considerar obligatoria por la orden del 21 de septiembre de 1936. El gobierno provisional de la Segunda República decretó en mayo de 1931 la no obligatoriedad de la "instrucción religiosa".

Orden del 21 de septiembre de 1936. Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional de España.

El período tras la guerra civil, según Lázaro Flores, fue de "signo claramente negativo en el campo de la construcción de escuelas" durante 12 años. "Entre 1939 y 1951 apenas se acometieron construcciones de edificios escolares", según Juan Peralta.

Tras la guerra civil se suprimieron la casi totalidad de los Institutos de bachillerato creados durante la II República y su número se mantuvo estable hasta mediados de la década de 1950. Además, apenas se crearon escuelas públicas entre 1939 y 1951, explica Antonio Viñao, en su artículo La educación en el franquismo (1936-1975). En 1933-1934 el alumnado de bachillerato que asistía a colegios privados era el 8,3%, en el curso 1940-1941 fue de 61,5%, según la publicación de Viñao.

En 1945 la Ley sobre Educación Primaria dictaba que "el Estado estimulará la creación de Escuelas, y las creará por si mismo si fuese necesario, hasta alcanzar en cada localidad un número no menor de una por cada doscientos cincuenta habitantes". En el período 1951-1955 se crearon 5.573 escuelas oficiales, según Lázaro Flores.

En 1953 se aprobó una Ley sobre Construcciones Escolares por la que debían de construir escuelas los Ayuntamientos, las Juntas Provinciales y el Estado con convenio. También se dictó el Plan Quinquenal de Construcciones Escolares 1956-1961 con el objetivo marcado de construir en cinco años 25.000 escuelas. En 1957 había en España 720.00 niños sin escuela, según el propio director general de Enseñanza Primaria Joaquín Tena Artigas.

Para Ramón Navarro Saladrinas, la Segunda República "fue reduciendo a fuerte ritmo" el déficit escolar, que volvió a aumentar en la posguerra y no se tomaron medidas hasta el plan de construcciones escolares de 1956. Según los datos oficiales, en siete años se construyeron 22.788 escuelas y 18.053 viviendas de maestro, apunta Juan Peralta. Este déficit de plazas escolares no se resuelve hasta 1975, según Navarro Saladrinas.

Déficit de plazas escolares entre 1931 y 1975. Fuente: El franquismo, la escuela y el maestro (1936-1975), de Ramón Navarro Saladrinas.

La red de "universidades públicas para formación profesional" es anterior a Franco

En 1824 se crea en Madrid el Real Conservatorio de Artes para "la mejora y adelantamiento de las operaciones industriales, tanto en las artes y oficios, como en la agricultura".

El antecedente de la Formación Profesional son las Escuelas de Artes y Oficios, creadas en 1871. En 1886 se impulsó la creación de estas escuelas de enseñanza profesional.

Se dicta en 1901 la creación de Escuelas de Industrias, separadas de las Escuelas de Artes y las enseñanzas elementales de Agricultura, Industrias y Comercio en los institutos de segunda enseñanza.

El Estatuto de Enseñanza Industrial de 1924 y el Estatuto de Formación Profesional de 1928 sirvieron de base para asentar toda la legislación posterior en esta materia, que la Segunda República no modificó y que el propio franquismo aplicó hasta la Ley de 20 de julio de 1955 sobre Formación Profesional Industrial según el artículo escrito por la académica María Luisa Rico sobre la formación profesional durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930).

En 1974 se dictó la Ordenación de la Formación Profesional.

Las universidades en España

El texto también hace referencia a la creación de universidades públicas durante el régimen de Franco. La historia de las universidades en España es larga: la primera universidad que sigue existiendo en la actualidad es la de Salamanca, fundada en 1218. En los siglos XV y XVI se crean más universidades como la de Barcelona. Ya en el siglo XX se crea la Universidad en Murcia en 1915 y la Universidad de la Laguna en 1927. Durante la II República se inaugura la Universidad Internacional Menéndez Pelayo con el nombre de Universidad Internacional de Verano de Santander en 1932 como "organismo de cultura internacional e interregional" que "no expedirá títulos ni realizará función alguna que habilite profesionalmente".

En 1968 se crean las primeras universidades públicas del franquismo tras aprobar el Decreto-ley sobre medidas urgentes de reestructuración universitaria: la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad del País Vasco. En 1971 se fundan las Universidades Politécnicas de Valencia, de Madrid y de Barcelona. En 1972 se crean la Universidad de Cantabria con el nombre de Universidad de Santander, la de Córdoba, la de Málaga y la Universidad Nacional a Distancia (UNED). Un año después se funda la Universidad de Extremadura.

Franco no dictó la construcción de 4,5 millones de viviendas sociales

La imagen también afirma que Franco dictó la creación de 4,5 millones de viviendas sociales. Es un bulo.

La cifra de la que habla la cadena, 4 millones y medio de viviendas protegidas construidas, también es falsa. El estudio Estadísticas Históricas de España: Siglos XIX -XX de la Fundación BBVA, que utiliza datos oficiales de la Comisaría del Plan de Desarrollo Económico y Social, el Instituto Nacional de la Vivienda, el Instituto Nacional de Estadística y la Dirección General de la Vivienda y el Urbanismo, estima que entre 1946 (primera fechas para la que hay datos disponibles) y 1975 (año de la muerte de Franco) se construyeron un total de 3.398.796 viviendas protegidas, más de un millón menos de los que se dice en la imagen. No obstante, este mismo trabajo advierte que "los datos referentes a las décadas de 1940 y 1950 merecen muy poca confianza".

Estadísticas oficiales de viviendas protegidas durante el franquismo. Fuente: Estadísticas Históricas de España: Siglos XIX -XX de la Fundación BBVA

Además, Franco tampoco creó las viviendas protegidas. El primer antecedente es la Ley de Las Juntas Para el Fomento y Mejora de las Casas Baratas de 1911. Posteriormente, se crearon nuevas leyes de Casas Baratas en 1921, 1924 y 1925, que intentaron mejorar las condiciones para adquirir estas viviendas.

Durante la Segunda República se creó el Patronato de Política Social Inmobiliaria, que buscaba construir casas baratas y económicas.

Durante la dictadura de Franco, se promulgó la Ley de Protección a la Vivienda de 1939 y posteriormente la Ley de Viviendas de Renta Limitada de 1954 vuelve a definir las características de este tipo de vivienda. Por último, la denominación de viviendas de protección oficial (VPO) tiene su origen en la Ley de Viviendas de Protección Oficial de 1968, también dictada durante el régimen franquista.

El franquismo continuó y amplió planes hidráulicos de principios de siglo

En España existen políticas hidráulicas desde el siglo XVIII, pero no fue hasta 1879 que se hizo una Ley de Aguas estatal para regular el abastecimiento de agua para consumo humano o agrario.

El primer plan estatal de planificación hidrográfica llegó en 1902, con el llamado Plan Gasset, que proyectaba las construcción de pantanos y redes de canales para impulsar la agricultura de regadío en el interior de España. En este documento del posterior plan de 1933 se puede comprobar algunas de las obras proyectadas y finalizadas del Plan Gasset.

Obras proyectadas en 1902 y construidas a 1933. Fuente: Plan Nacional de Obras Hidráulicas de 1933.

La continuación del Plan Gasset se retomó en 1933 con el Plan Nacional de Obras Hidráulicas aprobado bajo el mando de Indalecio Prieto como ministro de Obras Públicas en la II República. En el momento de aprobación de este plan, ya se habían construido 108 canales y pantanos del plan anterior de 1902 y al menos otras 58 obras estaban en ejecución.

Situación de las obras hidráulicas en 1933. Fuente: Plan Nacional de Obras Hidráulicas de 1933.

El golpe de Estado y la guerra interrumpen el plan, que es retomado por el franquismo en 1940 como Plan Nacional de Obras Públicas, pero que en materia hidrográfica continúa y amplía el de 1933. Como ejemplo, la primera piedra del embalse González-Lacasa, conocido como pantano de Ortigosa en La Rioja, la pusieron en septiembre de 1932 el presidente de la República Niceto Alcalá-Zamora y el ministro de Obras Públicas Indalecio Prieto pero fue inaugurado en 1962.

"Hubo continuidades, y no solamente entre el franquismo y la Segunda República, sino con períodos previos. Las cuencas hidrográficas no son proyectos de de Primo de Rivera, la Segunda República o Franco sino del ingeniero Lorenzo Pardo, cuyos proyectos sobrevivieron a diferentes regímenes políticos al margen de las ideologías", ha explicado a Maldita.es Lino Camprubí, doctor en Historia, investigador Ramón y Cajal en la Universidad de Sevilla y autor del libro Los ingenieros de Franco: Ciencia, catolicismo y Guerra Fría galardonado con el premio Turriano-ICOHTEC al mejor libro de historia de la tecnología escrito por un autor joven a nivel internacional.

Según los datos disponibles en el Inventario de Presas y Embalses antes de la llegada de Franco en 1939 al menos se construyeron 205 presas en España y en el período de 1940 a 1979, que abarca casi entero el régimen franquista, se construyeron 620.

Evolución del número de presas. Fuente: Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Primera fecha de publicación de este artículo: 20/11/2020.


Primera fecha de publicación de este artículo: 20/11/2020

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