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Legislación
Desastres medioambientales
1. La ley especifica que tienen que pasar 30 años para que se pueda recalificar terreno quemado.
2. Hay una excepción: se pude cambiar la calificación por "razones imperiosas de interés público de primer orden".
3. Esta excepcionalidad no se ha aplicado nunca desde que se aprobó la ley.
4. Si se quisiera aplicar la comunidad autónoma tendría que plasmar sus razones imperiosas en una ley. Nos enteraríamos.