Desde que se aprobó la ley de bienestar animal en marzo de 2023, y tras su entrada en vigor el 29 de septiembre, han surgido muchas dudas y preguntas sobre lo que se puede hacer o no con las mascotas. Una de las más frecuentes es si los perros van a poder entrar en bares, restaurantes y tiendas, teniendo en cuenta que la nueva legislación prohíbe en gran medida que se queden atados en la calle, excepto en algunos casos.
En Maldita.es ya os hemos contado algunas de las novedades de esta ley y hemos resuelto otras preguntas sobre colonias felinas o qué se sabe del seguro obligatorio para los dueños de perros, entre otras.
La ley de bienestar animal dice que los establecimientos “podrán facilitar la entrada” de animales de compañía
El artículo 29.2 de la ley de bienestar animal explica que los establecimientos “podrán facilitar” el acceso de animales de compañía, lo que implica que la decisión es del dueño del lugar.
Según el texto, establecimientos como bares, tiendas, restaurantes y hoteles, entre otros, en los que se consuma comida y bebida podrán admitir a estos animales siempre que “no constituyan un riesgo” para las personas, animales y cosas que se encuentran en él. El texto indica que en caso de poder entrar, lo harán en zonas que no estén destinadas a la “elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos”.
El punto 5 del mismo artículo expresa que los responsables deberán llevar a sus animales de compañía “conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad”. El texto de la ley deja por tanto la decisión en manos de cada establecimiento, e indica que si no se admite la entrada, deberán mostrar una señal que lo indique que debe ser visible desde el exterior.
Sin embargo, el texto también dice que esta situación se dará “sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica”. Por lo tanto, los animales de compañía podrán acceder a los establecimientos públicos o privados siempre y cuando no entren en conflicto con las ordenanzas municipales, y el dueño así lo desee.
La situación es distinta si se quiere entrar con un animal de compañía a edificios o dependencias públicas. En esos casos, según la norma, su entrada estará permitida “salvo prohibición expresa debidamente señalizada y visible desde el exterior”.