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MALDITA EXPLICA

Dentro de un sorteo de mesas electorales: un programa informático asigna todas las secciones al mismo tiempo

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➝ Los ayuntamientos son los encargados de realizar el sorteo para escoger a los miembros de las mesas electorales 
➝ Este proceso no es manual: se utiliza un programa informático que reordena aleatoriamente los datos de todos los electores adscritos a cada mesa electoral que pueden ser elegidos
➝ En el listado no aparece el nombre y apellido de las persona seleccionadas, sino el número de elector que se le atribuye dentro de su sección censal
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Más de 178.000 personas conformaron las mesas electorales de las últimas elecciones generales, celebradas el 10 de noviembre de 2019: 59.555 mesas repartidas por todos los municipios de España, con un presidente y dos vocales en cada una. Estos puestos se adjudican de forma aleatoria, en sorteos públicos celebrados en los ayuntamientos. Para las elecciones generales del 23-J, el plazo para realizar estos sorteos es entre el 22 al 28 de junio. Maldita.es ha acudido a uno de ellos, el de Madrid, para comprobar de primera mano cómo es este proceso.

¿Quién realiza los sorteos?

Los ayuntamientos, como explica el artículo 26 de la Ley Electoral (LOREG), son los competentes para la formación de las mesas electorales. Deben celebrar un sorteo público para designar a los miembros entre los electores de cada mesa que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años. Este sorteo se debe realizar, según la legislación vigente, entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria de elecciones. Las elecciones generales del 23-J se convocaron el 29 de mayo [minuto 16:08] y se debería haber realizado el sorteo entre el 24 y el 28 de junio, pero la Junta Electoral Central (JEC) decidió ampliar ese plazo hasta el 22 de junio.

En este sorteo se escoge a los tres miembros que conforman cada una de las mesas (un presidente y dos vocales) y sus respectivos suplentes (dos suplentes para cada uno de los miembros titulares). Para las elecciones generales del 23-J, en Madrid se habilitarán 416 colegios electorales que acogerán 3.478 mesas. En total han sido 31.302 vecinos los seleccionados entre titulares y suplentes [minuto 10:05].

Se utiliza un programa informático para desarrollar el sorteo

El sorteo para seleccionar las personas que formarán las mesas electorales no se realiza manualmente. En Madrid, se emplea un programa informático llamado ePOB: una plataforma para gestionar los expedientes del Padrón Municipal de Habitantes que facilita los intercambios de información entre los ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística (INE).

“Lo que hace el programa es reordenar aleatoriamente los datos de todos los electores adscritos a cada mesa electoral del mismo modo que lo haríamos manualmente, extrayendo una a una las bolas de una bolsa en la que se hubieran introducido todos los números”, explicó el secretario general del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, Federico Andrés López de la Riva, antes de comenzar con el sorteo de las últimas elecciones autonómicas y municipales del 28-M [minuto 4:14].

Con este programa, según explica el Ayuntamiento de Madrid a Maldita.es, se filtran los datos de edad (menores de 70 años) y por nivel de estudios, “tal y como dispone la normativa electoral en la referencia a los miembros de mesa”.

Programa informático empleado por el Ayuntamiento de Madrid para realizar el sorteo de los miembros de la mesa electoral.

Antes de desarrollar el sorteo definitivo se realiza una prueba, para comprobar que el programa funciona correctamente. Tras obtener el listado definitivo la segunda vez que se ejecuta el programa, se firman las actas con el resultado. Tanto el presidente del pleno, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita, como el secretario general firman las copias impresas del listado (12 copias en el caso del sorteo celebrado para las elecciones generales del 23-J). Los portavoces del pleno pueden acceder a estas copias si lo desean.

En el listado no aparecen los nombres de las personas escogidas para formar parte de las mesas electorales

En el listado, las personas que han sido seleccionadas para formar parte de la mesa electoral están identificadas por el número de elector y no con su nombre y apellido u otros datos identificativos personales (como podría ser el DNI). Los electores de una misma sección censal están ordenados en las listas por orden alfabético, según recoge el artículo 23.4 de la Ley Electoral. El programa que se emplea para el sorteo no hace otra cosa que “desordenar el censo”, según ha explicado el secretario general del Pleno antes de comenzar el sorteo [minuto 12:05].

Pantalla el resultado del sorteo electoral celebrado el 22 de junio de 2023 en el Palacio de Cibeles de Madrid.

No se realiza un sorteo para cada mesa electoral, sino uno para todas las mesas. Los electores de cada sección censal están ordenados alfabéticamente y a cada uno les corresponde una posición (número de elector). El sorteo genera, aleatoriamente, un listado de números que se corresponden con esas posiciones. Y ese listado se aplica a todas las mesas. Es decir, si el sorteo resuelve que la persona que ocupa el puesto 235 será miembro de la mesa electoral, todas las personas que ocupen esa posición en el censo de todas las secciones tendrán esa obligación.

Para abarcar todos los números de elector existentes se escoge la sección censal con más votantes. En el caso de Madrid, como explicó el secretario general del pleno el 22 de junio, está en Vallecas: concretamente es la mesa B de la sección censal 58. Tendrá, si nada cambia, 1.017 electores el 23-J.

Estos datos tampoco son públicos porque podrían no ser definitivos. La Junta Electoral Central, en su acuerdo 663/2011, explica que el sorteo para la designación de los miembros de la mesa es de carácter público (como recoge la LOREG) pero no la publicidad de los datos.

¿Cómo sé si soy miembro de una mesa electoral?

Los titulares y suplentes de la mesa electoral tendrán que esperar unos días para saberlo. La composición de las mesas es notificada a los interesados en un plazo de tres días tras el sorteo. Hay ayuntamientos que disponen de portales propios donde se puede conocer con antelación si has sido elegido o no.

En los siete días posteriores a la notificación, los interesados pueden presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona. Ésta tendrá otros cinco días para resolver y comunicar al primer suplente. En Maldita.es ya contamos cuáles son los pasos para solicitar que te excluyan de una mesa electoral en España si no puedes acudir el día de las elecciones.

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