Nos estáis enviando muchas dudas sobre qué se puede y no se puede hacer durante este puente de diciembre (que dura desde el 4 hasta el 8 de diciembre en muchas comunidades autónomas a través de nuestro servicio de WhatsApp en el +34 644 229 319, en este formulario o a través de nuestras redes sociales.
Os respondemos a algunas de ellas.
¿Puedo salir de mi comunidad autónoma durante el puente?
Casi todas las comunidades autónomas están cerradas perimetralmente durante el puente excepto Extremadura (que lo estará a partir del 23 de diciembre), Islas Baleares e Islas Canarias.
Si tu origen o destino no es ninguna de estas comunidades autónomas, solo puedes desplazarte si la causa del desplazamiento se corresponde con alguna de las excepciones establecidas en el artículo 6 del estado de alarma: asistencia a centros o servicios sanitarios, por motivos laborales, retorno al domicilio habitual o familiar, asistencia y cuidado de mayores, realización de pruebas o exámenes o por causa de fuerza mayor o de necesidad, entre otras.
Y, por supuesto, no olvides llevar acreditación que justifique tu desplazamiento. Por ejemplo, si se debe a motivos laborales, deberás pedir un salvoconducto a tu empresa, si vas a hacer un examen, deberás pedir un justificante a la universidad o institución al que corresponda tal prueba.
¿Y puedo salir de mi localidad para ir a otra de la misma comunidad autónoma?
Depende. Andalucía, Murcia, Cantabria y País Vasco tienen todos sus municipios confinados, por los que sólo se podrá entrar y salir de ellos por motivos justificados. En Cataluña también existe esta medida, pero sólo se aplica durante el fin de semana.
Si vives en La Rioja, no podrás entrar o salir del municipio de Arnedo, y en Extremadura las localidades de Aliseda y Vegaviana se encuentran cerradas perimetralmente y sólo se podrá entrar o salir de ellas por motivos justificados. En Galicia sólo puedes desplazarte entre municipios que tengan el mismo nivel de alerta que el tuyo.
Por último, si estás en Madrid, permanecen las restricciones de movilidad en 18 zonas básicas de salud de la comunidad.
Vivo en Madrid. ¿Puedo ir a un restaurante que se encuentra en una zona básica de salud confinada?
No. Ir a un restaurante no es una de las excepciones por las que la Comunidad de Madrid permite entrar en zonas básicas de salud confinadas.
¿Puedo ir durante el puente a una comunidad autónoma que haya cerrado perimetralmente para cuidar de un familiar mayor que está enfermo?
Sí. La asistencia o cuidado de personas mayores o enfermas es una de las excepciones por las que se permiten desplazamientos según el decreto de estado de alarma aunque la comunidad de origen o la de destino estén confinadas.
¿Con cuántas personas puedo reunirme?
El decreto del estado de alarma restringe las reuniones a un máximo de 6 personas.
Estoy en una comunidad autónoma con cierre perimetral. Quiero volver a mi residencia habitual y la mejor forma es hacer trasbordo en otra comunidad (también cerrada). ¿Tendría algún problema en hacer ese trayecto?
No, siempre que viajes con tus dos billetes, ya que puedes pasar por zonas confinadas si tu destino final es otro. Además de los dos billetes, lleva algún documento que acredite tu lugar de residencia habitual.
¿Hasta qué hora puedo estar en la calle?
Depende de la comunidad autónoma. Por lo general, el toque de queda es de 11 de la noche a 6 de la mañana, pero cada territorio lo ha adaptado.
¿Puedo volver a la comunidad autónoma de mi residencia habitual durante el puente y volver a la comunidad en la que trabajo cuando acabe?
Sí podrás desplazarte alegando estos motivos: para demostrar que vas a tu residencia habitual necesitarás un documento que acredite que vives ahí (como un certificado de empadronamiento) y para volver un justificante emitido por la empresa para la que trabajas.