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MALDITA EXPLICA

Cuándo se aprueba una ley y por qué la Ley de Garantía de la Libertad Sexual no se ha aprobado aún

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El día 3 de marzo el Ministerio de Igualdad anunció en su cuenta de Twitter que el Gobierno estaba “orgulloso de aprobar la Ley de Garantía de la Libertad Sexual”: algo que, en realidad, no ha sucedido. Esta ley aún no está aprobada: de momento, sólo es un anteproyecto de ley. Para poder aprobarse, aún tiene que recibir, primero, el visto bueno del Consejo de Ministros, lo que la convertiría en proyecto de ley, y, después, ser aprobada por el Congreso de los Diputados. Te lo explicamos.

Según el artículo 26 de la Ley de Gobierno, para la elaboración de una ley que sea iniciativa del Ejecutivo, el ministerio competente debe elaborar un anteproyecto de ley y presentarlo ante el Consejo de Ministros. Una vez hecho esto, el anteproyecto quedaría aprobado para su tramitación. Este es el estado en el que está la Ley de Garantía de la Libertad Sexual según la referencia del Consejo de Ministros del 3 de marzo de 2020. Una vez hecho esto, el anteproyecto se debe presentar a órganos consultivos, como pueden ser el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal o el Consejo de Estado, por ejemplo. Después  el anteproyecto vuelve al Consejo de Ministros, que tras analizar lo dicho por los órganos consultivos y hacer modificaciones si así lo considera, puede aprobarlo ya como proyecto de ley.

Los proyectos de ley debe aprobarlos el Congreso de los Diputados

Pero recibir el visto bueno del Consejo de Ministros no es suficiente para aprobar una ley. Una vez se aprueba el proyecto de ley, tiene que pasar por el Congreso de los Diputados, que tiene un mes para debatirlo. Cuando el Gobierno aprueba un proyecto de ley se presenta a la Mesa del Congreso, como indica el Reglamento del Congreso de los Diputados [sección primera del Capítulo Segundo]. Después la Mesa lo publica y da 15 días a los diputados y grupos parlamentarios para presentar enmiendas.

Una vez presentadas las enmiendas se debate en el Pleno del Congreso en el caso de que haya enmiendas a la totalidad de la ley. Si sólo las hay a algunos artículos, se debate en la Comisión correspondiente (en este caso, la de Igualdad). Tras pasar la Comisión se vuelve a debatir en el Pleno, donde se votan las enmiendas y por último la ley en su totalidad. Después el proyecto de ley pasa al Senado, que puede proponer nuevas enmiendas. 

El Senado tiene derecho a veto, pero este no tiene una aplicación real

Cuando un proyecto de ley llega al Senado esta cámara tiene un plazo de dos meses en el que puede, además de proponer enmiendas, vetar una ley, para lo que se necesita el voto favorable de la mayoría absoluta de senadores [art. 121 Reglamento del Senado]. Para las enmiendas sólo hace falta obtener mayoría simple (es decir, más votos a favor que en contra) [art. 116].

Sin embargo, estos vetos y enmiendas no tienen por qué tener un efecto real. Cuando acaba el debate en el Senado, el Congreso vota las enmiendas (por lo que puede rechazarlas).

En caso de veto tiene dos opciones para saltárselo: Votar de nuevo el proyecto de ley y conseguir una mayoría absoluta a favor o esperar dos meses para volver a debatirla y obtener mayoría simple a favor de la norma [art. 122 Reglamento del Congreso]. Así que los senadores pueden proponer sus enmiendas, pero en la práctica no tienen la posibilidad de decidir si una ley se aprueba o no. Una vez aprobado por el Congreso, el proyecto de ley pasa a ser ley, y entra en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, como recoge el artículo 2 del Código Civil, a no ser que la propia ley indique lo contrario. Es decir, las leyes pueden especificar que su entrada en vigor se producirá antes o después de ese plazo predeterminado en 20 días.

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