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MALDITA TECNOLOGÍA

¿Puede un banco cobrarnos o negarnos el servicio por no saber usar sus cajeros automáticos o su banca online?

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Muchas oficinas bancarias han optado por cerrar su servicio de caja y han delegado gestiones que antes se hacían cara a cara a los cajeros automáticos o a la banca online. También a raíz de la pandemia de COVID-19, que ha hecho que la presencia en un espacio cerrado se trate de evitar a toda costa. Todo esto implica que muchas personas que no han interactuado nunca con estas herramientas o que se llevan regular con la tecnología tengan problemas para realizar algunos trámites. Si bien esto puede afectar a personas de cualquier edad, la gente más mayor puede verse en aprietos en más ocasiones.

En lo primero que nos fijamos es en el contrato suscrito con el banco

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el banco puede cobrarnos por servicios siempre y cuando así lo recoja el contrato que hayamos firmado con ellos. Ya sea tras abrir una cuenta bancaria o por pedir un préstamo, por citar dos ejemplos frecuentes.

Nuestro maldito José Ignacio Macías, abogado especializado en derecho bancario, nos cede sus superpoderes para abordar el asunto y aclara que el otro punto necesario para que este cobro sea legal es que “el servicio prestado al cliente sea real y aporte valor”.

“A esto habría que añadir que no implique abuso de posición dominante. Es decir, que no te veas obligado a contratar algo que no quieres por miedo a perder el objeto principal del contrato”, subraya.

Si estas tres premisas se cumplen (el cobro figura en el contrato, el servicio es real y no hay abuso de posición dominante), este cobro sería totalmente válido. Una vez repasado esto, la situación tiene matices. En el caso del cierre de sucursales y la imposibilidad de hacer trámites con el banco si no es a través de internet, Macías considera que se podrían pedir responsabilidades al banco “si el contrato lo prevé".

Supuestos para personas mayores: depende del tiempo que lleven con la cuenta bancaria

“Si hablamos de personas mayores que tienen relación con su banco desde hace mucho tiempo, y para los que la exigencia de herramientas tecnológicas no existía en sus contratos originales, sino que es consecuencia de una modificación posterior no debidamente aceptada o incluso tratarse de una demanda arbitraria, podríamos estar ante un incumplimiento por parte del banco del contrato original y sería posible exigir responsabilidades”, añade. Todo depende de si hay un cambio en las condiciones pactadas con la entidad en el momento de firmar con ellos.

Aunque resulte dramático para los trabajadores y aparatoso para el cliente, el cierre de sucursales es una práctica (además de habitual) perfectamente legal. Nuestro maldito Miguel Vieito Villar, abogado especializado en derecho antidiscriminatorio, explica que en caso de que cierren la oficina a la que llevamos yendo toda la vida, “las personas afectadas son, en general, asignadas a otra oficina física a donde pueden dirigirse a realizar sus trámites”.

Esto es un problema para muchas personas mayores que viven en el ámbito rural ya que, aunque les asignen otra sucursal, esta suele estar a kilómetros de sus domicilios, generando una situación de “exclusión bancaria y para el acceso a dinero en efectivo, que es el método de pago mayoritario en nuestro país”, según subraya el letrado.

Al igual que nuestro otro maldito, Vieito hace especial hincapié en estar atentos a las condiciones y ofertas del servicio que queramos contratar. Sobre todo teniendo en cuenta que muchas cláusulas específicas “bonifican las operaciones online” al poner trabas y con comisiones específicas sobre las operaciones en ventanilla.

Un ejemplo de ello es la comisión que ya cobran bancos como el BBVA o CaixaBank por retirar dinero en efectivo en ventanilla. En el caso de la entidad vasca, se realiza un cobro de dos euros por una retirada de efectivo inferior a 2.000 euros. La decisión, que apunta en la dirección de la automatización y digitalización de la banca, ha derivado en críticas de la OCU, que tachan la medida como “injusta” al ahondar en la “exclusión financiera de muchas entidades hacia las personas mayores y consumidores vulnerables”.

En este artículo han colaborado con sus superpoderes los malditos José Ignacio Macías y Miguel Vieito.

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