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MALDITA TECNOLOGÍA

Qué hacer ante la difusión de imágenes íntimas o de carácter sexual en Internet

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En otras ocasiones os hemos contado qué hacer si alguien ha distribuido por redes sociales un contenido subido por mí y se ha hecho viral y también cuándo están obligadas a retirar algo si lo pide su autor, pero este caso concreto entra en un saco diferente, al menos en España. Si ves o te enteras de que alguien ha subido una foto o un vídeo íntimo de ti o con carácter sexual, no tienes que lidiar con la red social en cuestión si no quieres, sino que puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

En 2019, la AEPD abrió lo que llamó un “Canal prioritario” para solicitar la retirada exprés y urgente de material “sensible”. Es decir, fotos y vídeos de carácter sexual difundidos sin la autorización de la persona que aparecía en las imágenes o que muestran agresiones.

Menú del "Canal Prioritario", dentro de la web de la AEPD.

La idea es que la Agencia actúa de intermediaria pidiéndole directamente a las operadoras y proveedores de servicios en Internet (Facebook, Google o Twitter, por ejemplo) la retirada urgente del contenido, de modo que el proceso no se alargue eternamente.

¿Cómo funciona y qué tengo que aportar?

Se puede acceder al canal a través de este enlace, donde te dan la opción de hacer el proceso de forma electrónica o con soporte en papel. En el primer caso, necesitaremos tener firma electrónica (Cl@ve pin). Se deben describir con el mayor grado de detalle las circunstancias en las que se han difundido sin consentimiento las imágenes: ¿es víctima de violencia de género? ¿Se la ha discriminado por su orientación sexual, su procedencia o porque tiene alguna discapacidad? ¿Es menor?

Portal del menú Cl@ve para registrarse en el "Canal Prioritario".

En el caso de ser menor de 14 años, es el padre o madre quien tiene que hacer la solicitud, pero antes, la AEPD tiene un apartado específico para que los menores se pongan en contacto con ella: se accede en este enlace.

También se deben adjuntar direcciones web por las que se está difundiendo (copiar y pegar el enlace de la página web) o identificar a las personas que lo están compartiendo en sus redes sociales. Además, hay que especificar si ya se ha tratado de denunciar por otras vías, por ejemplo ante la policía, o si has tratado de ponerte en contacto antes con la red social o plataforma en cuestión.

Si tienes documentación que crees que podría ser relevante, por ejemplo capturas del servicio por el que se están difundiendo las imágenes o incluso del dispositivo en cuestión, también se pueden adjuntar.

Imágenes de la campaña sobre el "Canal prioritario" lanzado por la AEPD.

¿Cómo sigue el procedimiento?

Una vez hecho todo esto, la Agencia atenderá la petición con prioridad y después determinará si ordena a las plataformas involucradas que retiren el contenido. Además, si tienen indicios de que se haya producido un delito, lo comunican a la Fiscalía. Llegados a este punto, se comunicarían contigo, pero para ir siguiendo la denuncia a través del “Canal prioritario” hay que darse de alta en la “carpeta ciudadana (también con Cl@ve).

Una cosa importante de este mecanismo es que no tiene que ser necesariamente la víctima la que haga la denuncia, sino que puede hacerlo cualquier persona a la que le llegue una foto o vídeo de estas características y tenga constancia de que se ha difundido sin permiso.

El primer paso a la hora de completar el formulario de la AEPD.

La AEPD también enumera una lista de enlaces a los cuáles podemos acceder para hacer una petición similar a las principales plataformas y redes sociales, en caso de que queramos probar por esa vía: Bing, Blogger, Dailymotion, Facebook, Flickr, Google, Instagram, Snapchat, Tumblr, Twitter, WordPress, Youtube.

Primera fecha de publicación de este artículo: 24/07/2020.


Primera fecha de publicación de este artículo: 03/10/2020

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