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MALDITA CIENCIA

Preguntas y respuestas sobre los medicamentos para mascotas en 2025: qué se comparte y qué dicen los veterinarios

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Claves
  • En enero de 2025, ha empezado a aplicarse un real decreto sobre medicamentos veterinarios dirigido a los profesionales que tratan animales de compañía. A partir de entonces, han circulado varias afirmaciones desinformadoras o descontextualizadas
  • Existen dudas sobre cómo esta nueva norma afectará a las visitas al veterinario de las mascotas o cuáles son los nuevos pasos que tienen que hacer los veterinarios antes de dar un antibiótico
  • También se comparten desinformaciones y contenidos no relacionados con esta norma

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El 2 de enero de 2025, entró en vigor uno de los artículos del Real Decreto 666/2023 que regula el uso de medicamentos veterinarios. Este afecta al trabajo de los veterinarios que tratan a animales de compañía, como perros y gatos. 

Índice de preguntas:

  • ¿Se podrá tratar o dar antibióticos a animales que no tengan microchip, como perros abandonados o gatos de colonias?

  • ¿Será más caro y lento el proceso para dar antibióticos a las mascotas?

  • ¿Por qué no pueden darle el mismo antibiótico de siempre a mi perro que vuelve a tener una infección?

  • ¿Qué tiene que ver la resistencia a los antibióticos con las mascotas o animales de compañía?

  • ¿Qué es PRESVET y qué tiene que ver con las mascotas?

  • ¿Podrá el veterinario proporcionar directamente los medicamentos que necesita una mascota?

  • ¿En qué consiste el seguro de mascotas?

  • ¿Qué es ese impuesto por tener mascotas? ¿Costará 1.400 euros por perro? 

  • ¿Por qué se habla de multas por esta nueva norma? ¿Es cierto que ya han multado a veterinarios por no aplicar bien este reglamento?

  • ¿Qué es lo que opinan los colectivos de veterinarios?

¿Se podrá tratar o dar antibióticos a animales que no tengan microchip, como perros abandonados o gatos de colonias?

Contenidos en internet afirman que este reglamento impide a los veterinarios tratar a animales de compañía que no tengan microchip, como pueden ser perros perdidos o gatos comunitarios. Esto no es cierto: sí se puede tratar o proporcionar medicamentos a estos animales, aunque no tengan microchip.

La confusión surge porque este real decreto exige que desde 2025 los veterinarios cuenten con una serie de datos mínimos sobre el animal antes de dar una receta. Uno de ellos es la identificación individual del animal (o microchip), en caso de que se disponga de ella

Sin embargo, una nota aclaratoria de los Ministerios de Agricultura y de Derechos Sociales indica que también se puede tratar y recetar medicación a los animales sin identificar, rellenando los datos mínimos de la forma más completa posible. Esta misma nota indica que los veterinarios tienen el deber de proteger la salud y el bienestar animal y que no estarían actuando en contra de la ley en caso de no poder completar los datos.

Delia Saleno, veterinaria y maldita que nos ha prestado sus superpoderes, indica que esta nota aclaratoria puede ser una solución transitoria hasta que la Ley de bienestar animal se desarrolle al completo. Es importante recordar que la Ley de Bienestar Animal obliga a que se identifiquen los animales de compañía con microchips (perros, gatos y hurones) o anillas (aves). Por lo tanto, en caso de que una mascota llegue sin identificar a la consulta, los veterinarios deben recordar esta obligación a los responsables del animal. 

Álvaro Roselló, veterinario y maldito que nos ha prestado sus superpoderes, precisa que los trámites burocráticos que exige la normativa de 2025, de rellenar toda la información sobre las recetas, “y el temor de hacerlo mal a través de PRESVET [el sistema informático de control de prescripciones veterinarias de antibióticos, sobre el que hablamos más adelante] es mucho mayor”, lo que también ha podido aumentar la confusión.

¿Será más caro y lento el proceso para dar antibióticos a las mascotas?

El real decreto establece más requisitos para que el veterinario pueda prescribir medicamentos antimicrobianos (antibióticos y fármacos contra parásitos, virus y hongos). De ahí que estén circulando contenidos que dicen que la nueva regulación entorpece la labor de los veterinarios con más burocracia, procesos más caros o quitando prioridad al criterio de estos profesionales.

La clave está en que esta norma obliga a que, en caso de que sea necesario recetar un antibiótico, se haga un examen clínico (una exploración, como la consulta de un médico) y un examen de laboratorio reciente, como son los cultivos y los antibiogramas, para recetar el medicamento adecuado. Hacer ambas pruebas (examen clínico y examen de laboratorio) cuesta más tiempo y dinero que hacer solo una exploración. 

Juan Toscano, médico veterinario y maldito que nos ha prestado sus superpoderes, detalla que este decreto establece una clasificación de cuatro grupos de antimicrobianos, siguiendo las indicaciones de la Agencia Europea del Medicamento

  • A, el más restrictivo, a evitar

  • B, uso restringido, para los que sí o sí hace falta cultivo y antibiograma

  • C, usar con cautela, solo cuando los del grupo D no son efectivos 

  • D, uso con prudencia, antibióticos de primera línea de tratamiento.

Toscano y Saleno explican que se empiezan usando antibióticos del grupo D. Si estos no funcionan (o si existe otra justificación), se recurre a los del grupo C. Para poder recetar los del grupo B, hace falta realizar un cultivo y un antibiograma que demuestren que este sea el fármaco de elección. Es en este proceso de búsqueda del antibiótico donde puede venir el incremento de costes, y las dificultades al rellenar los datos necesarios para el sistema PRESVET.

Todo esto se hace, según la norma y como reconocen organizaciones como colegios de veterinaria o la patronal, para combatir la resistencia a los antibióticos. De esta manera, se hacen controles extra de los medicamentos recetados contra infecciones y se establece una prioridad sobre los fármacos que se pueden dar a los animales, siguiendo un orden de menor a mayor riesgo de generar resistencia.

¿Por qué no pueden darle el mismo antibiótico de siempre a mi perro que vuelve a tener una infección?

Vinculado a ese mayor control sobre los antibióticos para animales, hay situaciones en las que mascotas que tienen infecciones recurrentes no van a recibir ‘el medicamento de toda la vida’, o al menos no con la rapidez habitual, ya que se necesitarán las pruebas de laboratorio que confirmen qué infección es y qué medicamento es el adecuado.

La Organización Colegial Veterinaria, que aglutina a colegios de veterinaria y consejos autonómicos, explica a Maldita.es que al limitar el uso de ciertos antibióticos y exigir cultivos previos para usar el fármaco adecuado, la norma “limita sus opciones”.

Toscano agrega a estas restricciones que según el animal, la composición del antibiótico o la forma de administrarlo puede que no existan fármacos del grupo C o D (los que tienen menos restricciones y no requieren, en principio, cultivos y antibiogramas) y hagan falta pruebas adicionales: “Aquí es donde el criterio del veterinario es clave, somos nosotros los que sabemos si se puede usar un tratamiento o si conviene hacer un test”, opina.

Como ejemplo de esta limitación, Roselló explica que en los casos de otitis (infección de oído) se daban gotas de surolan, un medicamento que contiene un antibiótico “que no es de primera elección” (grupo D), pero que, hasta la fecha “es el único que ha demostrado su eficacia antes de usar otros más potentes”. Ahora, la norma exige que, antes de recetarlo, se realice una “citología, cultivo y antibiograma”.

Sin embargo, Manuel San Andrés, del departamento de Farmacia Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, considera que si estamos ante un paciente que tiene infecciones recurrentes del mismo tipo “posiblemente el antimicrobiano no será eficaz”. El tratamiento “puede producir una cura clínica [terminan los síntomas] pero no bacteriológica [el patógeno sigue en el animal], por tanto, se está favoreciendo el aumento de resistencias”.

¿Qué tiene que ver la resistencia a los antibióticos con los animales de compañía?

Los microbios que causan enfermedades en los animales (incluyendo a humanos) pueden desarrollar resistencias a los antibióticos. Cuando esto ocurre, los patógenos (bacterias, virus, hongos, etc.) se adaptan a los fármacos que los atacan, complicando la cura de sus enfermedades. Esta situación se agrava si los antimicrobianos se usan en exceso o cuando no hacen falta. Precisamente, este real decreto está orientado a combatir este problema.

La salud de los animales tiene un impacto en la salud humana. Las infecciones mal atendidas en animales de compañía, que están en contacto directo y permanente con las personas, son un caldo de cultivo para futuras infecciones humanas, por ejemplo, enfermedades que transmiten las garrapatas o la tiña. En el caso de animales de granja, también puede suponer menos producción de alimentos.

¿Qué es PRESVET y qué tiene que ver con las mascotas?

Es el sistema informático de control de prescripciones veterinarias de antibióticos, donde todos los veterinarios deben notificar las recetas de este tipo de medicamentos para sus pacientes, y que forma parte del Plan Nacional de Resistencia a Antibióticos 2022-2024. Esta herramienta está operativa desde el año 2023, cuando entró en vigor el decreto. La novedad es que desde 2025 los veterinarios de animales de compañía también tienen que usarlo.

Este sistema exige que cada 15 días se comunique los antibióticos que se administran. Colvet explica que el sistema centraliza la información de las recetas de estos medicamentos, “lo que es fundamental para vigilar y controlar el uso de los antibióticos en los animales”. Además, considera que el trámite burocrático (envío de estos datos) es importante, especialmente en una situación de urgencia a la que se le deben añadir los exámenes clínicos y las pruebas de laboratorio.

Los veterinarios consultados por Maldita.es coinciden en que, aunque el sistema puede ser una buena idea, es muy “engorroso” y supone un tiempo de trabajo considerable. Por ejemplo, Saleno ha calculado que agregar cada receta le costará, al menos, “15 minutos por cada tratamiento con antibiótico” (siempre que no se cometa ningún error al rellenar los campos).

¿Podrá el veterinario darme los medicamentos que necesita mi mascota directamente?

En el contexto de la entrada en vigor de este real decreto, han surgido y circulado contenidos que dicen que la norma impide que el veterinario dé al dueño de la mascota los medicamentos que esta necesita. Esto es impreciso.

En España, según la Ley de garantías y uso racional de medicamentos, los profesionales sanitarios, como los veterinarios, no pueden hacer labores de farmacia. Es decir, es incompatible ser veterinario y al mismo tiempo vender medicamentos. De hecho, el real decreto prohíbe expresamente que en el mismo local del veterinario se vendan medicamentos.

Cosa distinta es la cesión de medicamentos, que es cuando el veterinario da (sin ánimo de lucro) un medicamento al responsable del animal para asegurar que se continúa el tratamiento. Esto se sigue permitiendo con este real decreto. Sin embargo, existen medicamentos veterinarios para los que hace falta receta, lo que implica que el responsable del animal debe ir a una farmacia a comprar este producto en lugar de adquirirlo directamente en la consulta.

Algo en lo que inciden varios de los veterinarios consultados por Maldita.es es que este modelo supone que los propietarios compren cajas de medicamentos con más dosis de las que se necesitan durante el tratamiento. Si son antibióticos y el animal vuelve a tener síntomas de infección, puede ocurrir que el dueño decida, sin necesidad de acudir de nuevo a la consulta, utilizar las dosis sobrantes del tratamiento anterior (al ser menos engorroso y más barato), lo que podría generar aún más resistencia antimicrobiana.

Puede ocurrir que en la consulta veterinaria exista un botiquín de urgencia con algunos medicamentos. En esos casos, el veterinario puede ceder algunos de estos fármacos al dueño si hace falta para garantizar la continuidad del tratamiento.

Esta legislación es motivo de crítica habitual entre algunos veterinarios, especialmente a la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE, la patronal del sector), quienes consideran que  “no supone ninguna garantía ni uso racional” y defienden que sean los veterinarios quienes vendan estos fármacos en los centros sanitarios. La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), por su parte, defiende esta distinción entre sanitario y farmacéutico que está en la ley.

¿En qué consiste el seguro de mascotas?

Algunos contenidos vinculan este real decreto con un seguro de responsabilidad civil para mascotas y dicen que a los “mayores gastos” que supondrán las visitas al veterinario se les suma una nueva póliza. Pero este reglamento no tiene nada que ver con estos seguros.

La Ley de bienestar animal establece que todos los responsables de perros deben contratar un seguro por daños a terceros. Esto está vigente desde septiembre de 2023, cuando entró en vigor esta ley. Antes de esto, este seguro de responsabilidad civil solo era obligatorio en animales potencialmente peligrosos. El real decreto 666/2023 no indica nada de estos seguros.

¿Qué es ese impuesto por tener mascotas? ¿Costará 1.400 euros por perro? 

Junto a los seguros y facturas del veterinario más caras, contenidos en internet aseguran que se empezará a cobrar un impuesto para mascotas que costará unos 1.400 euros por perro. Según sostienen, “ha surgido un debate” sobre si se debe implantar un impuesto para pagar los costes que las mascotas provocan en los servicios públicos, principalmente limpieza de calles. También que este tributo ya se paga en otros países “como Alemania o Suiza” y que cuesta unos 1.400 euros. A febrero de 2025, esto no es cierto.

Si bien este debate existe en la ciudadanía, actualmente no hay ninguna iniciativa legal conocida a nivel nacional que estudie tal impuesto, que requeriría una ley antes de su puesta en práctica. Los planes anuales normativos son los documentos donde se recoge qué iniciativas legales se prevé llevar al Consejo de Ministros cada año, y no hay rastro de un impuesto para mascotas en los planes de 2024, 2023 y 2022.

Cosa distinta es el trámite para inscribir a animales domésticos en los censos municipales, que en algunos casos es gratuito y en otros hay que pagar una tasa.

¿Por qué se habla de multas por esta nueva norma? ¿Es cierto que ya han multado a veterinarios por no aplicar bien este reglamento?

Los contenidos que circulan sobre este real decreto también mencionan que las multas por incumplirlo suponen una cantidad de dinero importante, “de hasta 1,2 millones de euros” como cifran en algunos casos. Como primer caso de sanción, citan uno en el que supuestamente se multó con 90.000 euros a un veterinario simplemente por “curar a una mascota”. Esto necesita contexto.

Este real decreto indica que se aplicarán las sanciones que ya existen en la Ley de garantías y uso racional de medicamentos, en la Ley de sanidad animal y en la Ley general de salud pública. Cada norma establece multas distintas ante casos de infracciones leves, graves y muy graves. Las más altas son las infracciones consideradas muy graves en la Ley de sanidad animal, que van de los 60.001 a 1.200.000 euros. La más baja también la incluye la Ley sanidad animal, con multas de 600 euros o apercibimiento.

En este contexto, sobre la multa de 90.000 euros citada en estos contenidos, que también ha compartido la patronal de veterinaria, solo se conoce que es a un veterinario de Mallorca, que es firme (es decir, han terminado los plazos para presentar recursos administrativos) y que está relacionada con la prescripción de medicamentos. En cualquier caso, el director general de Farmacia de Baleares, Joan Simonet, ha desvinculado esta sanción de este reglamento e indica en medios que el expediente “se abrió hace más de un año”.

¿Qué es lo que opinan los colectivos de veterinarios?

Son 14 las organizaciones relacionadas con la veterinaria las que han convocado una manifestación el 5 de marzo de 2025 para protestar por el real decreto 666/2023. Cada una de ellas tiene prioridades y opiniones diferentes. Resumimos algunas de las críticas comunes:

  • Consideran que el sistema PRESVET trae una burocracia importante que les quita tiempo para atender a animales.

  • Valoran que la norma puede ser muy rígida a la hora de dar antibióticos, lo que puede retrasar los diagnósticos y complicar la salud de los animales

  • Aunque la cuestión del microchip parece aclararse, otras entidades consideran que puede haber problemas de atención en animales que no los tienen

  • Opinan que las sanciones por incumplir este real decreto son desproporcionadas. En algún caso ya están trabajando con grupos parlamentarios para rebajar las multas

  • Entidades de familias animales concretas (como los équidos) consideran que el real decreto no tiene en cuenta las necesidades de sus pacientes

  • Algunas entidades critican que la veterinaria tenga un IVA del 21% y piden reducirlo o quitarlo

  • La patronal veterinaria, además de las críticas comunes, se opone a la prohibición de que solo puedan venderse medicamentos veterinarios en farmacias

En este artículo han colaborado con sus superpoderes los malditos Juan Toscano, Álvaro Roselló y Delia Saleno, veterinarios. María Arias, directora de Divulgación Científica de Veterinaria UCM, ha facilitado el contacto de Manuel San Andrés.

Saleno y Arias forman parte de Superpoderosas, un proyecto de Maldita.es que busca aumentar la presencia de científicas y expertas en el discurso público a través de la colaboración en la lucha contra la desinformación.

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