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Qué es el caso Dina y cuáles son los tres delitos a los que se podría enfrentar el vicepresidente segundo Pablo Iglesias

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El 27 de enero el Tribunal Supremo ha decidido no abrir causa en el caso Dina contra el vicepresidente segundo del Gobierno Pablo Iglesias por tres supuestos delitos: descubrimiento y revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos y denuncia falsa, como pedía el juez istructor de la audiencia Nacional, Manuel García Castejón. Ahora será este juez quien tenga que decidir si estos indicios de delito cuentan con el perdón de la vícitma, Dina Bousselham. * 

El caso Dina tiene su origen en noviembre de 2015, cuando la por entonces asesora de Pablo Iglesias Dina Bousselham denunció el robo de su teléfono móvil en una tienda Ikea en Alcorcón, municipio al sur de Madrid.

Pablo Iglesias recibió la tarjeta de memoria del teléfono en enero de 2016 según los testigos, pero no se la dio a Bousselham hasta un año después

Según las declaraciones de los testigos Antonio Asensio, el máximo responsable del grupo Zeta, entregó a Pablo Iglesias la tarjeta de memoria del móvil , que había llegado a la redacción de Interviú (una de las cabeceras del grupo Zeta), en enero de 2016. Sin embargo, el ahora vicepresidente del Gobierno no se la devolvió a su dueña hasta un año después. La información de esta tarjeta también se encontraba en un ordenador del excomisario Villarejo desde abril de 2016, tres meses después de que Iglesias la recibiera.

En julio de ese año la web OKDiario publicó capturas de conversaciones privadas de Pablo Iglesias que se habían hecho con este teléfono, lo que hizo que Bousselham pidiera que se investigara su robo. Y fue unos meses después, en enero de 2017, cuando Iglesias le devolvió la tarjeta.

Distintas versiones sobre el estado de la tarjeta al ser devuelta

Dina Bousselham ha dado varias versiones al juez sobre el estado en el que Pablo Iglesias le devolvió la tarjeta de memoria: primero dijo que era inaccesible, pero más tarde declaró que pudo acceder a su contenido una vez y que al intentar volver a usarla fue cuando quedó inutilizable, tras lo que la envió a una empresa en Gales para que la intentaran arreglar. El juez quiere investigar si fue Iglesias quien dejó inutilizable la tarjeta, y por esto pide al Supremo que le investigue por daños informáticos.

En principio, el juez sospechaba que Iglesias le devolvió a Dina la tarjeta destrozada. La empresa, según un informe enviado desde Gales al juzgado, aseguró que cuando les llegó la tarjeta en septiembre de 2017 esta se encontraba intacta, aunque no pudieron acceder a los datos.

El juez cree que Iglesias puede haber revelado secretos y simulado un delito

Pablo Iglesias declaró en sede judicial que la filtración de los datos del móvil de Bousselham se debían al robo del móvil y se presentó como víctima de Villarejo. Esto choca con la declaración del exabogado del Podemos José Manuel Calvente, que ha asegurado que el partido sospechaba que esta filtración podía venir desde dentro de la propia formación, pero que se decidió culpar a las Cloacas del Estado para sacar rédito electoral. Y esta es la razón por la que el juez pidió que el vicepresidente fuera investigado por revelación de secretos y simulación de delito en el Supremo, lo que el Supremo ha rechazado *.

La revelación de secretos es un delito recogido en el artículo 197 del Código Penal español, e implica penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. Por su parte, la simulación de delito está penada con entre 3 y 6 meses de multa si es un delito leve, entre 12 y 24 meses de multa si es un delito menos grave o entre 6 meses y 2 años de prisión y entre 12 y 24 meses de multa si es un delito grave. Por último, el delito de daños informáticos puede acarrear desde 6 meses a 3 años de prisión. En total, Pablo Iglesias se podría enfrentar a una pena de hasta 9 años de prisión si se le imputara y condenara.

Pablo Iglesias aún no está imputado ni investigado: esta decisión la tomará el Tribunal Supremo

Pablo Iglesias sólo puede ser juzgado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, ya que tanto el artículo 71 de la Constitución Española como el artículo 11 del Reglamento del Congreso indican que los diputados están aforados, y el artículo 102 de la Constitución hace lo propio para los miembros del Gobierno. Además, para poder ser jugado por el Supremo haría falta que el Pleno del Congreso de los Diputados lo autorizara mediante una votación.

La persona clave para que ese hecho se convierta en una imputación es Bousselham, ya que tanto el Supremo como la Fiscalía han determinado que debe ser oída. Si vio violada su intimidad y el juez vuelve a pedirlo, el caso volvería al Supremo. *

El actual Código Ético de Podemos no exige que los cargos imputados dimitan, aunque el original sí lo hacía

La versión de 2015 del Código Ético de Podemos incluía en su punto XI.g “el compromiso de renuncia [...] en caso de ser imputado, procesado o condenado”.

Código ético antiguo de Podemos, en el que aparece estar imputado como motivo de renuncia
Fuente: Código ético de Podemos en 2015

Sin embargo, en la actualidad, la palabra “imputado” desaparece del Código Ético, y tampoco aparece la figura “investigado". Por lo tanto, de acuerdo al actual Código Ético del partido, ni Pablo Iglesias ni ningún otro cargo del partido tendría que dimitir si es imputado o investigado, aunque sí si se le procesa o condena.

Código ético de Podemos actual, en el que desaparece la palabra "imputado"
Fuente: Actual código ético de Podemos

*Artículo actualizado el 2/01/2021 para incluir que el Supremo ha decidido no abrir causa contra Pablo Iglesias hasta saber si los indicios de delito cuentan con el perdón de Dina Bousselham


Primera fecha de publicación de este artículo: 09/10/2020

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