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MALDITA EXPLICA

Entierros e incineraciones en el estado de alarma: se limitan a tres personas y se prohíben los velatorios*

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Durante el estado de alarma decretado por el coronavirus, lamentablemente están falleciendo personas en diferentes puntos del país. Hay muchas dudas sobre si se pueden seguir realizando entierros, incineraciones… Te lo explicamos.

Los cambios legales: se enterrarán o incinerarán sin tener que esperar 24 horas, y sólo podrán asistir tres personas*

El pasado 22 de marzo se publicó un real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que dice que durante el estado de alarma provocado por el coronavirus “el enterramiento, incineración o donación a la ciencia del cadáver, podrán realizarse sin tener que esperar a que se cumplan veinticuatro horas desde el fallecimiento, siempre y cuando este hecho no sea contrario a la voluntad del difunto o a la de sus herederos”.

Por lo tanto, se pueden seguir practicando los enterramientos, incineraciones y donaciones de cuerpos a la ciencia, aunque sin esperar las 24 horas que marca normalmente la ley para este tipo de situaciones. Eso sí, el mismo real decreto marca como excepción los casos en los que haya indicios de muerte violenta, en cuyo caso se procederá de acuerdo con lo que solicite el juez.

Además, una orden ministerial del Ministerio de Sanidad del 29 de marzo establece que a los entierros y cremaciones sólo podrán asistir tres personas, además de un sacerdote o equivalente del culto que corresponda.

Velatorios: prohibidos a partir del 30 de marzo*

La orden ministerial del día 29 de marzo, publicada en el BOE el 30 de marzo,estableció que "se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares". Esta prohibición estará vigente hasta el final del estado de alarma.

Algunas comunidades autónomas ya los habían prohibido antes que el Gobierno. Es el ejemplo de Castilla La-Mancha, que los limitó a 10 personas el día 16 de marzo, o de Andalucía, que los ha prohibido el día 20 de marzo. En la Comunidad de Madrid se habían suspendido los de personas fallecidas con coronavirus.

Con respecto a este tema, Fernando Simón, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, dijo en una rueda de prensa que no se trataba de “una cuestión de verlas [a las personas fallecidas], es una cuestión de evitar los aglomeramientos” en una situación en la que “la cercanía personal es importante e implica un contacto físico muy cercano” Además, añadió que “si se hace correctamente el manejo de los de los fallecidos puede reducir en mucho algunos de los riesgos”. [min 31.20].

En caso de que el fallecido tuviera coronavirus se permite a los familiares más cercanos despedirse de su ser querido antes de trasladar el cuerpo 

La psicóloga y maldita que nos ha prestado sus superpoderes Nieves Gracia nos ha ayudado a conocer el protocolo que se sigue en caso de que una persona con coronavirus fallezca. El documento técnico del Ministerio de Sanidad para el manejo de cadáveres en casos de COVID-19 explica que tras el fallecimiento, sus familiares y amigos más cercanos pueden despedirse sin establecer contacto físico y provistos de equipos de protección individual.

Después de realizar la autopsia puede ser enterrado o incinerado, y las cenizas pueden manipularse sin ningún riesgo.

*Este artículo se ha actualizado el 30 de marzo para actualizar la información con la prohibición de los velatorios y con la limitación a tres personas en los entierros y cremaciones publicadas en el BOE el día 30 de marzo.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita Nieves Gracia, que ha realizado las consultas para conocer el protocolo que se lleva a cabo cuando una persona con coronavirus fallece. Gracias a vuestros superpoderes, conocimientos y experiencia podemos luchar más y mejor contra la mentira.

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